MADRID.- El Gobierno, a través del Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación, destina 1.988.648 euros a la Región de Murcia para
ayudas extraordinarias para compensar la situación debida a la sequía y
a las condiciones derivadas del conflicto bélico en Ucrania, que van a
beneficiar a 1.191 titulares de explotaciones agrícolas productores de
tierra de cultivo de secano y arroz en esta comunidad.
Estas
ayudas están enmarcadas en el total de 251,9 millones de euros que
beneficiarán a 131.488 productores de cultivo de secano, arroz y tomate
de industria que aparecen en el listado de la resolución publicada por
el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Las ayudas serán
ingresadas en las cuentas bancarias de los agricultores en los últimos
días de marzo o primeros días del mes de abril.
Esta
cifra representa el 94% del presupuesto total asignado a esta línea de
apoyo, 268,7 millones de euros. Esta ayuda fue aprobada por el Gobierno
mediante el Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se
adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la
sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario
derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones
climatológicas.
Con estos nuevos pagos, se habrá abonado a agricultores y
ganaderos 1.334 millones de euros de los 1.380 millones de euros que
han sido aprobados por el Gobierno en concepto de ayudas
extraordinarias.
La
ayuda beneficia a titulares de explotaciones agrícolas que sean
elegibles para la percepción de las ayudas directas de la Política
Agrícola Común (PAC) en la campaña 2023 y que cuenten en su explotación
con tierras de cultivo de secano, excluidos los pastos temporales; de
regadío en zonas de cultivo tradicional del arroz o superficie
determinada para la ayuda asociada al cultivo de tomate de industria en
las últimas campañas.
El número de hectáreas
subvencionables para la percepción de estas ayudas ha sido determinado
de oficio por el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), conforme a
los criterios establecidos en la Orden APA/871/2023, de 20 de julio, que
desarrolla el real decreto ley mencionado.
La
superficie subvencionable de tierras de cultivo de secano corresponde a
las hectáreas de tierras, excluidos los pastos temporales, determinadas
para la percepción de las ayudas directas correspondientes a la
solicitud única de la PAC 2023. En el caso de la comunidad autónoma de
Canarias, se ha tomado como referencia el número de hectáreas que
figuren en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) a 30
de junio de 2023.
Para estas tierras de cultivo de secano se ha establecido un máximo de 300 hectáreas subvencionables por cada beneficiario.
Las
superficies subvencionables de arroz y de tomate de industria
corresponden a aquella en la que no se haya realizado siembra en el año
2023.
En este enlace a la página web del FEGA se
pude consultar un documento de preguntas más frecuentes elaborado
específicamente para estas ayudas, en donde se explica, entre otros
aspectos, el cálculo de las superficies subvencionables para cada tipo
de producto y se ilustra con diversos ejemplos.
Los importes unitarios definitivos establecidos por el FEGA son:
a)
39,880605 euros por hectárea subvencionable de tierras de cultivo
de secano, en las provincias clasificadas como zona de afectación alta
por la sequía.
b) 19,940303 euros por hectárea
subvencionable de tierras de cultivo de secano, en las provincias
clasificadas como zona de afectación media por la sequía.
c) 186,109491 euros por hectáreas subvencionable de arroz.
d) 407,668408 euros por hectárea subvencionable de tomate de industria.
No se conceden ayudas a los beneficiarios cuyo importe total a percibir sea inferior a 200 euros.
Las
zonas de afectación alta para las tierras de cultivo de secano
establecidas en la Orden APA/871/2023 son las comunidades autónomas de
Andalucía, Aragón, Castilla-La Mancha, Cataluña, Madrid, Comunidad
Valenciana, Extremadura, La Rioja, Murcia y Navarra, y las provincias de
Álava, Ávila, Salamanca y Segovia, así como el enclave de Treviño
(Burgos).
Las zonas de afección media son las
comunidades autónomas de Illes Balears y Canarias, y las provincias de
Burgos (salvo el enclave de Treviño), León, Palencia, Soria, Valladolid y
Zamora.
La relación de titulares de explotaciones
agrícolas que recibirán estas ayudas, junto con el número de hectáreas
elegibles y la cuantía de la ayuda a percibir se puede consultar en el
tablón de anuncios de la sede electrónica del FEGA.
Los
titulares que figuran en la resolución de concesión publicada son
aquellos que aparecían en la provisional de 5 de febrero, se encuentra
al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y
no han presentado alegaciones sustanciales.
La
resolución publicada recoge igualmente aquellos titulares a los que no
se les ha realizado el pago por haberse detectado que no están al
corriente de sus obligaciones tributarias o con la Seguridad Social. En
el plazo máximo de un mes se realizará una segunda comprobación para
verificar si han subsanado las deficiencias y, si lo han hecho, podrán
recibir la ayuda.
También se recoge en la
resolución a una serie titulares a los que aparecían en la provisional
de 5 de febrero, pero se les ha desestimado la ayuda como consecuencia
de una revisión de oficio por parte de la comunidad autónoma.
En
el caso de titulares que hayan presentado alegaciones sobre aspectos
relacionados con la zona de afectación, titulares de la explotación o
número de hectáreas, éstas serán remitidas a las correspondientes
comunidades autónomas para sus análisis. Posteriormente se procederá a
la resolución de las mismas y, si procede, al pago de la ayuda.