MURCIA.- La Comunidad Autónoma ha presentado una
aplicación multiplataforma para ayudar al diseño e implantación de las
denominadas Estructuras Vegetales de Conservación (EVC), una de las
medidas previstas en el Decreto-Ley para la Protección Integral del Mar
Menor, y que se pondrá a disposición de los técnicos para su aplicación
en fincas y explotaciones agrícolas.
Se trata de una herramienta elaborada por el Instituto Murciano de
Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario (IMIDA), que ha
desarrollado una aplicación con la información geolocalizada de los
diferentes factores que intervienen en el diseño de dichas barreras
vegetales, según informaron fuentes del Gobierno regional en un
comunicado.
La aplicación web desarrollada tiene herramientas de medición de
superficies, distancias y perfiles que permiten situar las barreras
vegetales según las recomendaciones del Decreto-Ley. La aplicación
permite descargar los perfiles topográficos de la línea de máxima
pendiente (LMP) de una parcela y generar un croquis con la ubicación
propuesta de las barreras vegetales, según el tipo de barrera elegido.
Esta aplicación está basada en el uso de los sistemas de
información geográfica y su objetivo es facilitar el acceso a la
información necesaria para el diseño de las barreras y agrupaciones de
vegetación transversales a la línea de máxima pendiente, con el fin de
reducir escorrentías directas hacia el Mar Menor, disminuyendo la
movilización de las partículas del suelo y de los nutrientes que
contienen.
Como sistema de posicionamiento se puede usar la referencia
catastral, los datos de altimetría, la pendiente y el flujo acumulado de
agua de cada parcela, que son calculados a partir del modelo digital de
elevaciones del Instituto Geográfico Nacional con 5 metros de
resolución.
Pueden ser barreras vegetales perimetrales (BVP), que deberán
tener entre 2 y 3 metros de ancho como mínimo, compuestas por una mezcla
de especies arbóreas, arbustos y vegetación herbácea perenne, y
ubicadas en los perímetros de las parcelas agrícolas a modo de linderos
de cerramiento. Es recomendable su implantación en todo el perímetro,
aunque de forma obligatoria solo se exigen en los dos lados de la
parcela agrícola que se encuentren más perpendiculares a la línea de
máxima pendiente, es decir, aguas arriba y aguas abajo.
También pueden ser barreras vegetales interiores (BVI), que se
disponen intercaladas entre el cultivo, siendo obligatoria su
implantación dentro de las unidades de producción de la explotación que
tengan una longitud lineal superior a 600 metros en el sentido de la
pendiente.
Los avances fueron presentados en la tercera jornada del curso
telemático organizado la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería,
Pesca y Medio Ambiente, sobre los contenidos del Decreto-Ley de
Protección Integral del Mar Menor, bajo el título, en esta ocasión, de
la 'Implantación de Estructuras Vegetales de Conservación (EVC) en
explotaciones agrícolas'.
En este encuentro 'on line' se hizo llegar a todos los implicados
en el ámbito de aplicación del Decreto-Ley la importancia de la
implantación de estas EVC, tanto para la retención de las aguas,
evitando las escorrentías y laminando su fuerza en caso de lluvias, como
por el papel que ejercen en la lucha contra la erosión del suelo y como
refugio de fauna beneficiosa, como polinizadores y depredadores
naturales de plagas que contribuirán a la mejora medioambiental en el
ámbito del Mar Menor. Se prima el uso de especies autóctonas del área
del Mar Menor, como el ciprés de Cartagena, espartos, algarrobos y
romeros, y están prohibidas las especies invasoras.
Es obligatorio implantar y conservar adecuadamente EVC en todas
las explotaciones agrícolas que incluyan sistemas de regadío y que,
junto con otros sistemas de retención de nutrientes, como los filtros
verdes, biorreactores o actuaciones como la revegetación de estructuras
hidráulicas y redes de drenaje, deben suponer al menos el 5 por ciento
de la explotación. El incumplimiento de esta obligación por parte de los
agricultores se considera una infracción grave y lleva aparejadas
sanciones que pueden ir de los 5.001 a los 50.000 euros.