MADRID.- España ha gozado de una ley hipotecaria que ha permitido, sobre todo, en la época del boom
que la mayor parte de los ciudadanos pudieran tener una casa en
propiedad gracias a la concesión de los créditos para su adquisición.
Esta situación podría cambiar pronto. El Gobierno central proyecta cambios que,
de aprobarse, supondrían la normativa más restrictiva de los principales
países europeos, según avanza El Economista.
La
banca teme que se vayan a producir bolsas de exclusión financiera si
las propuestas del Gobierno cuajan, según fuentes del sector, que
auguran un endurecimiento de las condiciones para acceder al préstamo,
que se traducirá en un encarecimiento del precio y de la exigencia de
contar con una solvencia y recursos mayores.
Una de las principales novedades
de la regulación diseñada es la modificación de la denominada cláusula
de vencimiento anticipado, por la cual una entidad puede iniciar los
trámites para la ejecución de la vivienda en caso de impago.
Hasta ahora
la legislación establece esta posibilidad para los créditos en los que,
al menos, se han dejado de abonar tres cuotas. El anteproyecto elimina
el plazo y fija que este supuesto se pueda dar cuando el importe alcance
el 3% de la deuda durante los diez primeros años y el 5% de la misma
una vez cumplido el decenio.
En el sector, según los tipos de
hipoteca y las condiciones del mercado, indican que serían necesarios
entre 8 y 18 meses de impago para que un préstamo sea considerado
moroso, lo que multiplica por más de tres el plazo necesario para poder
comenzar el proceso de ejecución.
Esta extensión, señalan fuentes de
distintos bancos, que invalida el sistema de garantías actual, basado en
el activo (vivienda) y proporciona un mayor protagonismo a la garantía
personal de los prestatarios, lo que podría provocar que muchos
colectivos, principalmente jóvenes, no vayan a poder tener acceso a un
piso en propiedad a partir de ahora.
En
los países de nuestro entorno el plazo legal para considerar un
préstamo impagado es menor al que pretende implantar el Gobierno español
en la nueva normativa. En Francia no existe un periodo, ya que depende
de cada contrato y de los posibles periodos de gracia concedidos por las
entidades. En Italia, son siete cuotas las que requiere un banco para
iniciar los trámites de ejecución, pero a los tres meses de impago el
préstamo es calificado en retraso.
En Alemania, por su parte, no hay
un periodo en sí, aunque en para las personas físicas (particulares) se
necesita al menos el 2,5% de la deuda sin abonar y que la entidad haya
establecido una fecha de vencimiento de dos semanas. Para otros
clientes, la normativa germana fija tres meses con impago. Por último,
en Bélgica, la ley marca tres cuotas o, incluso, una cuando se haya
producido un requerimiento formal mediante una carta certificada al
consumidor.
La preocupación en el sector
financiero sobre este aspecto es elevado y ya se han hecho llegar al
Ministerio de Economía en las distintas reuniones mantenidas. También se
la han trasladado a las asociaciones de consumidores para que puedan
valorar los efectos negativos que conllevaría un endurecimiento excesivo
de las cláusulas de vencimiento anticipado.
Otra cuestión que preocupa a la
banca es la intención del Ejecutivo de impedir cualquier comisión en las
amortizaciones parciales o totales de la hipoteca a partir del sexto
año y limita el costes en los cinco primeros ejercicios de vigencia.
Así, en caso de reembolso en el primer quinquenio valida la fijación de
una comisión por un importe no superior al quebranto que sufriría la
entidad por facilitar el repago por adelantado. De manera orientativa,
el Anteproyecto, sometido a consulta, limita el cargo al 0,5% del
capital reembolsable anticipadamente si la devolución tiene lugar en los
tres primeros años y del 0,25% en cinco siguientes.
Fuentes de la banca alertan de
que estas cortapisas harán muy complicado compatibilizar hipotecas a
largo plazo con interés fijo, una modalidad en auge en la actualidad,
que permite a los consumidores protegerse financieramente ante las
oscilaciones futuras del euribor que, en la actualidad, se encuentra en
negativo, pero que a partir de 2019 podría iniciar una escalada.
Desde el sector se reclama que
haya un equilibrio entre la protección y la exclusión, porque de lo
contrario habrá una segmentación de los prestatarios. Además, remarcan
que tendrían que buscar una relación entre el clientes y la entidad
basada en la reciprocidad de los intereses.