MURCIA.- La portavoz del Equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Murcia, Nuria Fuentes,
ha recordado este sábado que, en cumplimiento de la Ley, todos los
trámites administrativos que se realizan en el Ayuntamiento de Murcia
"están avalados por informes favorables de técnicos independientes, sin
que hasta la fecha se haya adoptado decisión alguna que no cumpla con
este requisito", en respuesta al concluyente informe de la Fiscalía Anticorrupción.
La concejal Fuentes ha recordado que la legalidad de la tramitación de los convenios de la Zona Norte
también fue avalada por dos sentencias del Tribunal Superior de
Justicia de Murcia (TSJ), según han informado fuentes municipales en un
comunicado.
De este modo, las sentencias a las que se hace alusión son la del Tribunal Superior de Justicia de Murcia de fecha 30 de
diciembre de 2005, número 983/05, y la del Tribunal Superior
de Justicia de Murcia de fecha 16 de julio de 2006, nº 461/06.
La portavoz ha añadido que las dos sentencias confirmaron, por
partida doble, la plena validez del Plan General de Ordenación Urbana de
Murcia, incluyendo la ordenación de la zona Norte, y muy detalladamente
el convenio urbanístico del que se derivó el correspondiente plan
parcial Nueva Condomina, aprobado con los votos favorables del Partido
Popular y PSOE.
Fuentes también ha recordado que, en el caso de Nueva Condomina,
la aprobación del proyecto fue debatida y aprobada por todos los ediles
del Partido Popular y del PSRM que conformaban el Pleno del Ayuntamiento
de Murcia.
Pero el fiscal decía en su informe al juez instructor que «conviene desde ya rechazar la alegación que repiten todos los imputados acerca de la legalidad del PGOU de Murcia y
de los convenios». Y señalaba que «las dos sentencias del TSJ que se
han pronunciado sobre los convenios urbanísticos en nada afectan a esta
denuncia de la Fiscalía, sino que, más bien al contrario, la refuerzan».
Y en cuanto al conocimiento y aprobación del tema por los concejales socialistas, el fiscal anticorrupción hacía constar
que «era la Alcaldía la que contaba con toda la información relevante
para formarse opinión, al ser partícipe en todo el proceso negociador
previo, y era la Alcaldía la que debía someter al Pleno el expediente de
convenio con todos los informes preceptivos y los borradores que se
utilizaron en las negociaciones y que no se aportaron al expediente».
«La mera consulta previa a los partidos de la oposición
municipal -insistía el fiscal-, si no se les dotó de todos los
antecedentes necesarios, ocultándoles informes y borradores previos, no
es suficiente para justificar la decisión adoptada por mayoría municipal».
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