miércoles, 19 de junio de 2019

CCOO recurrirá la sentencia que fija que los complementos computan en el cálculo del SMI

SANTANDER/MADRID.- El secretario general de CCOO, Unai Sordo, ha avanzado que el sindicato recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia de la Audiencia Nacional que fija que los complementos computan en el calculo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Sordo ha dicho este miércoles a los medios de comunicación tras participar en un curso de finanzas sostenibles de la UIMP organizado por la APIE y el BBVA que recurrirá esta decisión porque, tal como está redactado el decreto Ley que fija la subida del SMI a 900 euros mensuales en 14 pagas, "nos da la razón".

La Audiencia Nacional estableció este martes que los complementos salariales cuenten a la hora de calcular el salario mínimo y rechazó así la pretensión de los sindicatos, que solicitaban que a los 12.600 euros anuales (900 al mes en 14 pagas) se sumaran otros conceptos.
La sala de lo Social desestima la demanda de conflicto colectivo promovida por UGT a la que se adhirió CCOO contra una empresa dedicada al suministro, lectura y mantenimiento de contadores.
Los sindicatos reclamaban que los trabajadores que perciben prima tienen derecho a que su salario incluya 900 euros mensuales por 14 pagas, más los complementos salariales de convenio y la prima de producción, aunque la suma de dichos conceptos supere 12.600 euros anuales.

 La paga extra no es obligatoria en verano

¿Qué es la paga extra y quiénes tienen derecho a ella?
Una paga extra o gratificación extraordinaria es una remuneración salarial adicional al salario base mensual que percibe el trabajador la cual se encuentra establecida en la ley.
Cada paga extraordinaria tiene que ser igual al salario base que corresponda a la categoría profesional del trabajador y en ningún caso podrá ser inferior al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), por lo que nunca podrá superar ese importe.
Tendrán derecho a percibir esta gratificación aquellos trabajadores que tengan establecido, en su contrato, el cobro de su nómina en 14 pagas anuales; en lugar de en 12.

¿Cuándo se cobran las pagas extra?
Una de las principales dudas que le surgen a los trabajadores en relación a las pagas extras es cuándo se cobran. En este sentido, el artículo 31 del Estatuto de Trabajadores establece que las gratificaciones extraordinarias tendrán lugar "en ocasión de las fiestas de Navidad" y, además, "en el mes que se fije por convenio colectivo o por acuerdo entre empresario y los representantes legales de los trabajadores". Igualmente, se fijará por convenio colectivo la cuantía de tales pagas.
Por lo general, la bonificación que no corresponde a las navidades, se cobra en los meses de verano. Habitualmente, suele ingresarse junto con la nómina del mes de junio. Quedando, de esta manera, equitativamente repartidas las pagas.

¿Cuánto se cobra en las pagas extra?
La cantidad que percibirá un trabajador en concepto de paga extra vendrá estipulada por el convenio colectivo. Dicha bonificación quedará reflejada en la nómina de cada empleado como gratificación extraordinaria, debiendo incluirla en su declaración de la renta.

¿Son obligatorias? El prorrateo de las pagas extra
La respuesta es no. Las pagas extras no son obligatorias, ni siquiera en verano, ya que pueden ser prorrateadas durante el resto del año. Es más, hay algunos convenios colectivos que las prohíben expresamente.
Puede ser, señalan desde la compañía online de servicios legales, que en lugar de recibir 14 pagas, el trabajador perciba 12, repartiéndose la cuantía de las dos pagas restantes entre ellas. Esto es, que la empresa le prorratea las bonificaciones extraordinarias. En cualquier caso, la cantidad que reciba será la misma, independientemente del número de pagas que vengan estipuladas en su contrato.

¿Tienen derecho los jubilados a recibir una paga extra?
Sí. En este caso, el importe de las mismas dependerá de los años de cotización y la edad que se tenga. Si un jubilado recibe 14 pagas en concepto de pensión, dos de ellas corresponderán a las pagas extras. En cualquier caso, será el Instituto de la Seguridad Social (INSS) quien se encargue de realizar los pagos.

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