MADRID.- La banca no
vaciló en cantar victoria en la guerra judicial por el IRPH en el
Tribunal Supremo. Pero otros tres juzgados inferiores han decidido
este mes, después de la sentencia superior, dictaminar en favor de
los consumidores en pleitos por préstamos hipotecarios
vinculados a este índice. Estas sentencias chocan, obviamente,
con la jurisprudencia del Tribunal Supremo que daba por válida la
imposición del IRPH por parte de las entidades financieras a sus
clientes, tal como se dice hoy en https://www.capitalmadrid.com.
En
su sentencia, el Supremo argumentó que referenciar un préstamo
hipotecario a un índice oficial no implica opacidad o falta de
información veraz para con el cliente. Así, el máximo órgano
jurisdiccional de nuestro país daba la razón al sector bancario, que
obtenía por fin una victoria judicial después del aguacero de sentencias
en contra por los abusos cometidos con las cláusulas suelo y las
multidivisa.
Las sentencias que desafían el criterio del Supremo son un juzgado de
instrucción de Amurrio (Álava), la Audiencia Provincial de Gerona y,
ésta última más reciente, del juzgado de instrucción número 3 de Sagunto
(Valencia). En el primer caso, la sentencia declara nulo el IRPH, cuya
imposición considera falta de transparencia, ordenando reembolsar al
afectado todo el dinero cobrado de más por Caja Rural de Navarra, la
entidad prestamista.
Los fundamentos de Derecho del fallo remiten la jurisprudencia
europea, la cual, según reza el texto de la sentencia, ha establecido
que la apreciación del carácter abusivo de una cláusula hipotecaria
"debe interpretarse de manera restrictiva" para garantizar los derechos
del cliente.
Patricia Suárez, presidenta de la organización de consumidores
ASUFIN, aplaudió la decisión del juzgado navarro: "Esta sentencia se
ajusta a las Directivas europeas que señalan que el préstamo se tiene
que quedar sin remunerar para que se produzca un efecto disuasorio en la
entidad. Si una cláusula es nula, el juez no puede proponer otro índice
ni otro tipo de interés. Es una clara advertencia a los bancos de que
sus abusos les pueden salir caros".
El segundo fallo tuvo como perdedor a Caixabank, que cambió el índice
IRPH cajas a otro fijo -el IRPH entidades- sin transparencia. No
obstante, en esta ocasión el afectado alcanzó una victoria sólo parcial,
ya que la entidad deberá pagar los intereses cobrados de más, pero el
IRPH entidades sigue vigente en el préstamo. Suárez lamentó esta parte
de la sentencia y denunció el carácter "igualmente abusivo" de este
índice.
En la decisión del juzgado de Sagunto, sin embargo, el banco se ha
caído con todo el equipo: el fallo obliga al Sabadell a eliminar el IRPH
de la hipoteca y tenerlo por no puesto, procediendo a la devolución de
todos los intereses indebidamente cobrados. ¿El motivo? "La falta de
información suficientemente clara".
De nuevo, la sentencia contradice lo establecido por el Supremo.
Hay que decir que la postura del Supremo al respecto no fue unánime, con
el voto en contra de dos magistrados que consideran abusivo el IRPH en
todas sus formas. Con est divergencia de criterios entre los jueces, es
de esperar que el asunto termine en manos del Tribunal de Justicia de la
UE, como en el caso de las cláusulas suelo.
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