jueves, 1 de febrero de 2018

Rebelión contra el Supremo por el IRPH en las hipotecas

MADRID.- La banca no va­ciló en cantar vic­toria en la guerra ju­di­cial por el IRPH en el Tribunal Supremo. Pero otros tres juz­gados in­fe­riores han de­ci­dido este mes, des­pués de la sen­tencia su­perior, dic­ta­minar en favor de los con­su­mi­dores en pleitos por prés­tamos hi­po­te­ca­rios vin­cu­lados a este ín­dice. Estas sen­ten­cias cho­can, ob­via­mente, con la ju­ris­pru­dencia del Tribunal Supremo que daba por vá­lida la im­po­si­ción del IRPH por parte de las en­ti­dades fi­nan­cieras a sus clien­tes, tal como se dice hoy en https://www.capitalmadrid.com

En su sentencia, el Supremo argumentó que referenciar un préstamo hipotecario a un índice oficial no implica opacidad o falta de información veraz para con el cliente. Así, el máximo órgano jurisdiccional de nuestro país daba la razón al sector bancario, que obtenía por fin una victoria judicial después del aguacero de sentencias en contra por los abusos cometidos con las cláusulas suelo y las multidivisa.
Las sentencias que desafían el criterio del Supremo son un juzgado de instrucción de Amurrio (Álava), la Audiencia Provincial de Gerona y, ésta última más reciente, del juzgado de instrucción número 3 de Sagunto (Valencia). En el primer caso, la sentencia declara nulo el IRPH, cuya imposición considera falta de transparencia, ordenando reembolsar al afectado todo el dinero cobrado de más por Caja Rural de Navarra, la entidad prestamista.
Los fundamentos de Derecho del fallo remiten la jurisprudencia europea, la cual, según reza el texto de la sentencia, ha establecido que la apreciación del carácter abusivo de una cláusula hipotecaria "debe interpretarse de manera restrictiva" para garantizar los derechos del cliente.
Patricia Suárez, presidenta de la organización de consumidores ASUFIN, aplaudió la decisión del juzgado navarro: "Esta sentencia se ajusta a las Directivas europeas que señalan que el préstamo se tiene que quedar sin remunerar para que se produzca un efecto disuasorio en la entidad. Si una cláusula es nula, el juez no puede proponer otro índice ni otro tipo de interés. Es una clara advertencia a los bancos de que sus abusos les pueden salir caros".
El segundo fallo tuvo como perdedor a Caixabank, que cambió el índice IRPH cajas a otro fijo -el IRPH entidades- sin transparencia. No obstante, en esta ocasión el afectado alcanzó una victoria sólo parcial, ya que la entidad deberá pagar los intereses cobrados de más, pero el IRPH entidades sigue vigente en el préstamo. Suárez lamentó esta parte de la sentencia y denunció el carácter "igualmente abusivo" de este índice.
En la decisión del juzgado de Sagunto, sin embargo, el banco se ha caído con todo el equipo: el fallo obliga al Sabadell a eliminar el IRPH de la hipoteca y tenerlo por no puesto, procediendo a la devolución de todos los intereses indebidamente cobrados. ¿El motivo? "La falta de información suficientemente clara".
De nuevo, la sentencia contradice lo establecido por el Supremo. Hay que decir que la postura del Supremo al respecto no fue unánime, con el voto en contra de dos magistrados que consideran abusivo el IRPH en todas sus formas. Con est divergencia de criterios entre los jueces, es de esperar que el asunto termine en manos del Tribunal de Justicia de la UE, como en el caso de las cláusulas suelo.

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