MADRID.- Los contratos inferiores a cinco días serán más caros para las empresas. Así lo aprobará este viernes el Consejo de Ministros a través de un decreto ley para luchar contra el empleo precario. La aportación de las sociedades a la Seguridad Social subirá el 40% para contrataciones de cinco días o menos.
"En los contratos de carácter temporal cuya duración efectiva sea
igual o inferior a cinco días, la cuota empresarial a la Seguridad
Social por contingencias comunes se incrementará en un 40%", explica el
borrador impulsado por el ministerio de Trabajo, según publica Cinco Días.
En la actualidad, los contratos de duración inferior a siete días ya tienen un recargo en la cotización del 36%. Así se tratará de encarecer cuatro puntos más los de duración igual o inferior a cinco días.
Esta podría ser una de las medidas estrella de la derogación parcial de la reforma laboral que quiere realizar el Gobierno de Pedro Sánchez.
El presidente explicó hace unos meses que quería reducir a tres el
número de contratos de trabajo:indefinido, temporal y de formación o
relevo.
El Gobierno pretende terminar con el abuso en la celebración de contratos temporales de larga duración,
aunque en el texto -que aún es provisional- se excluyen los contratos
encuadrados en el sistema especial para trabajadores agrarios por cuenta
ajena.
El Ejecutivo calcula que la medida tendrá una "incidencia positiva" en los ingresos del sistema de la Seguridad Social,
ya que asegura que "implicará una mayor recaudación, a la vez que puede
ser desincentivadora para que el empresario recurra a este tipo de
contratos".
En el decreto ley, referido como escoba por la cantidad de
medidas de incluye, se modificará la ley de Seguridad Social para
aplicar a los días efectivamente trabajados y cotizados un "coeficiente
de temporalidad". Esto permitirá al empleado reunir un mayor número de días en alta para el acceso a prestaciones.
"A efectos de acreditar los periodos de cotización necesarios para
causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente,
muerte y supervivencia, incapacidad temporal, maternidad y paternidad,
de los contratos de carácter temporal cuya duración efectiva sea igual o
inferior a cinco días, regulados en el artículo 151 de esta ley, cada
día de trabajo se considerará como 1,4 días de cotización".
Se trata de un mecanismo similar al de los contratos a tiempo
parcial. Según los últimos datos, uno de cada cuatro contratos que se
firman, el 26%, es por un periodo inferior a siete días. Hace diez años
esta cifra solo era del 15% del total.
Además, entre las medidas se incluye la suspensión de bonificaciones a las empresas que reduzcan la siniestralidad laboral. Con esto, el Ejecutivo pretende aumentar los ingresos a la Seguridad Social.
También se creará una infracción para las empresas que utilicen la figura de falso autónomo. Esta se considerará "muy grave" y se multará con entre 3.126 y 10.000 euros por cada trabajador afectado.
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