lunes, 14 de octubre de 2019

Sentencia justa y acorazada / Pablo Sebastián *

La sentencia del Tribunal Supremo que condena a los principales responsables del intento de golpe de Estado catalán de octubre de 2017 por los delitos de sedición, malversación y desobediencia, es una sentencia justa bien argumentada y a la vez ‘acorazada’ porque su solidez no deja resquicio alguno a los posibles recursos ante el Tribunal Constitucional y la Corte Europea de Estrasburgo.

Estamos ante una sentencia, y ya una jurisprudencia histórica frente a cualquier intento de reiteración delictiva similar, que pone un punto final a los graves hechos con los que primeros los gobernantes de Cataluña quisieron subvertir el orden constitucional y proclamar la independencia de Cataluña desbordando la legalidad, el Estatuto y la Constitución, desobedeciendo órdenes de tribunales ordinarios y del Tribunal Constitucional y pretendiendo la ruptura de la unidad de España.

La sentencia, acordada por la unanimidad de los siete magistrados de la Sala del Tribunal Supremo que presidió el magistrado Antonio Marchena es fruto de un juicio desarrollado con todas las garantías procesales, incluye un relato detallado de los hechos, con la aportación de los testimonios de los condenados y de sus defensa, los testigos convocados y documentos que avalan los delitos de sedición, malversación y desobediencia.

Los que se declaran consumados tras refutar el Tribunal casi todas las alegaciones de las defensas, así como otras peticiones de la Fiscalía –en el pretendido del delito de rebelión- o de la acusación particular.
El tribunal descarta el delito de ‘rebelión’ por considerar que la violencia que acompañó a la sedición no ocurrió de una forma generalizada ni fue instigada directamente por los procesados. Sí afirma que los condenados son reos probados de los delitos de sedición, y varios de ellos del de malversación, además del delito de desobediencia en lo que se refiere a quienes ostentaban cargos públicos.

Ahora bien, llama la atención que algunos magistrados que, como la fiscalía y el juez instructor Pablo Llarena, que defendían la figura del delito de rebelión no hayan aportado su voto particular en ese sentido, porque la unanimidad en torno al delito de sedición no excluye el derecho de los magistrados a aportar según su conciencia su voto particular.

El fallo de la Sala incluye importantes condenas que van de los 13 años de prisión a Oriol Junqueras como principal responsable del intento de golpe de Estado catalán a los: 12 años a los ex consejeros Romeva, Turrull y Bassa; 11 años y 6 meses para Forcadell; 10 años y 6 meses a Rull y Forn; 9 años a Sánchez y Cuixart; y 10 meses de multa a Vila, Borrás y Mundó. Todos ellos inhabilitados desde hoy mismo por el periodo de sus respectivas condenas y, los afectados por malversación condenados al pago de multas, y todos ellos proporcionalmente a sus penas al pago de costas del juicio.

La sentencia será previsiblemente recurrida por la defensa de los condenados ante el Tribunal Constitucional y la Corte Europea de Estrasburgo, instancias superiores que difícilmente podrán desestimar el fallo del Tribunal Supremo por el cúmulo de indicios, pruebas, declaraciones y documentos aportados por el Tribunal Juzgador de acuerdo con el Derecho español y también el comunitario.

También por los pertinentes argumentos y la jurisprudencia internacional que el Tribunal Supremo aporta frente a las que han sido pretensiones de la defensa sobre vulneración de Derechos Humanos o del ‘derecho de autodeterminación’. Lo que permite asegurar que la sentencia está ‘acorazada’ y que por ello no cabe que pueda ser revocada, en parte o en su totalidad, por el Tribunal Constitucional o la Corte Europea.

Sí cabe la posibilidad de que el presidente del Gobierno -que resulte investido tras las elecciones del 10-N- pueda conceder indultos a los condenados, aunque ahora en plena campaña electoral es imposible que ello ocurra. Pero podría ocurrir en meses venideros si Pedro Sánchez llegara a necesitar el apoyo de los soberanistas vascos y catalanes para su investidura y en línea con su discurso de reconstruir ‘la convivencia en Cataluña’, olvidando Sánchez muy a menudo que lo primero que hay que reconstruir en Cataluña es la legalidad.

Pero para conceder indultos el presidente y su Gobierno deberán ‘motivarlos’ para justificar esas medidas de gracia lo que no será fácil de argumentar. Y, llegado el caso, podrá ser objeto de un recurso –de la acusación particular- ante el Tribunal Supremo que incluso podría suspender dichos indultos, dado que existe en la alta Corte española jurisprudencia sobre ello.

Además, los ahora condenados no solo no han dado muestras de arrepentimiento de sus delitos tras la publicación de la sentencia sino que además insisten en promover la independencia de Cataluña al margen de la Constitución.

Lo que debería ser tenido en cuenta a la hora de la posible concesión del ‘tercer grado’ penitenciario –la semi libertad- que una Generalitat ‘cómplice’ les podría otorgar de manera casi inmediata a los condenados. Aunque ello sería objeto del recurso de la Fiscalía ante los tribunales catalanes y la Audiencia Nacional, hasta que los condenados hayan cumplido el 25 % de sus condenas.

El principal golpista y condenado Oriol Junqueras ha calificado la sentencia de ‘venganza’. Pero este delincuente, que ya lo es por la condena en vigor, es el único responsable de su propia situación –como el resto de condenados- y además es el gran autor de un monumental fracaso y del enorme daño que ha causado a todo el pueblo catalán.

De igual manera que también es el gran responsable de todo lo ocurrido el prófugo y cobarde Carles Puigdemont –y los que le siguieron en la fuga-, a los que ahora, con la sentencia ya firme se les podrá aplicar la ‘euroorden’ de su extradición a España con mas facilidad, para que comparezcan ante la Justicia española. Donde sin duda y con los mismos argumentos de la actual sentencia se les condenará a penas similares a las que el Tribunal Supremo acaba de acordar para los hoy condenados ‘con todas las de la Ley’ en una sentencia justa y ejemplar.


(*) Periodista


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