viernes, 9 de agosto de 2019

Desestiman la querella del abogado Arnaldos, investigado en el caso desaladora de Escombreras

MURCIA.- La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso que el abogado Andrés Arnaldos, uno de los investigados en el caso de la Desalinizadora de Escombreras, presentó contra el auto de un juzgado de instrucción que no admitió a trámite la querella presentada contra el director de los servicios jurídicos de la Comunidad Autónoma por los delitos de prevaricación, falsedad y calumnia.

El auto de la Audiencia señala que Arnaldos indicó en su querella que este último pudo haber incurrido en esos delitos por el contenido de la denuncia que presentó en Fiscalía por la supuesta existencia de dos actas de la reunión del consejo de administración del Ente Público del Agua (EPA), del que aquel era secretario general, celebrada en octubre de 2012.
En esa reunión, según el acta aportada por el propio Arnaldos para reivindicar el cobro de sus emolumentos, habría recibido el encargo de ocuparse de la defensa de la empresa Desaladora de Escombreras, de la que era administrador mancomunado, en los pleitos instados por dos sociedades que reclamaban más de 570 millones de euros por facturas impagadas.
Sin embargo, los servicios jurídicos de la administración regional sostienen, y por eso denunciaron los hechos al ministerio público, que en las actas que se conservan en el EPA no figura ninguna referencia a ese encargo que el querellante asegura que sí existió.
En la querella no admitida a trámite, Andrés Arnaldos insistió en que recibió el encargo de asumir la defensa frente a las dos demandas, trabajo por el que reclamó el pago de una minuta por importe cercano a 1,2 millones de euros.
Y añadió que no se trataba de dos actas distintas, como sostiene el querellado, sino que las mismas son complementarias y, en ningún caso, contradictorias.
El querellante indicó también que era llamativo que el director de los servicios jurídicos presentara su denuncia en fiscalía tres meses después de reclamar sus honorarios.
Y comentó que la actuación del director de los servicios jurídicos fue, presuntamente, delictiva, al elaborar y utilizar documentación "faltando conscientemente a la verdad, en su contenido y en el uso caprichoso, abusivo, instrumental y arbitrario de los cauces legalmente previstos para instar la nulidad de actuaciones".
Por otro lado, también consideró un contrasentido que el juzgado en el que recayó su querella primeramente la admitiera a trámite y, con posterioridad, dictara otro auto en sentido contrario.
Frente a ese último extremo, la Audiencia Provincial de Murcia señala que el juez no la admitió a trámite, ya que se limitó a abrir diligencias y a pedir un informe al fiscal sobre la tipicidad penal de los hechos y la conexión que los mismos podían tener con la denuncia interpuesta por el ministerio público por la presunta falsedad del acta presentada por Arnaldos en defensa de sus honorarios.
Recibido el informe de la acusación estatal, contrario a la admisión, el juzgado decidió, finalmente, no aceptar la querella, con independencia de que resuelto el pleito derivado de la denuncia del fiscal, la misma pudiera ser presentada de nuevo.
La Audiencia, en una resolución contra la que no cabe recurso alguno, ha desestimado lo pedido por Arnaldos, al considerar que la decisión judicial está ajustada a derecho.

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