lunes, 25 de febrero de 2019

La Audiencia Provincial de Murcia ratifica que agredir a un médico es delito de atentado

MURCIA.- La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso de una condenada por un juzgado de lo penal de Lorca a seis meses de prisión por un delito de atentado por agredir a un médico con el que estaba descontenta por el tratamiento que le había ofrecido a su madre.

El juzgado declaró probado que el 25 de noviembre de 2014 la acusada había ido acompañando a su padre, citado para una revisión, al hospital lorquino Rafael Méndez, donde se produjo un primer encontronazo entre este y el médico, disconforme el facultativo con él por la atención prestada a su esposa, con intercambio de frases subidas de tono.
La hija siguió al médico y cuando este salió del servicio hospitalario al que se había dirigido, lo golpeó con las manos y las piernas hasta que trabajadores del centro lo protegieron en las dependencias de las que había salido, pero la acusada siguió gritando y golpeando la puerta desde fuera.
La condenada alegó al recurrir que su acción no fue cometida cuando el médico estaba trabajando, que este había faltado "a la corrección exigible a la dignidad de la función que ejercía" y que los hechos no eran tan graves como el juzgado consideró.
La Audiencia ha desestimado el recurso porque estaba claro que la denunciada conocía al denunciante por incidentes previos con motivo de la atención prestada a su madre y el médico estaba en el ejercicio de sus funciones, por lo que fue delito de atentado.
En cuanto a la falta de corrección del médico, comenta que aunque las expresiones que lanzó en el enfrentamiento con el padre pudieron ser "desafortunadas e inapropiadas por su especial condición profesional", no suponen una extralimitación penalmente relevante ni pueden amparar o justificar el comportamiento violento de la apelante, que se demostró durante el juicio.

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