MURCIA.- El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado el recurso que tres empresas
conserveras presentaron contra la sentencia de la Audiencia Provincial
de Murcia que, en septiembre de 2017, las condenó, como responsables
civiles subsidiarias, a pagar 2,1 millones de euros en el caso del fraude en las ayudas concedidas por la Unión Europea (UE) a la transformación de cítricos en zumo.
La
sentencia de la Sala de lo Penal del Alto Tribunal confirma así la responsabilidad civil fijada en la sentencia
para las tres empresas apelantes, Golden Búlida, Pérez Escámez Hermanos e Hijos de Joaquín Pérez Ortega.
El
tribunal de la Audiencia declaró probado que se había cometido un
fraude en la percepción de las ayudas comunitarias en las campañas
comprendidas entre 1994 y 1997, al declarar como transformadas en zumo mayores cantidades de cítricos que las reales.
La
sentencia condenó solo a los industriales conserveros Juan P. E. y Juan
Salvador P.A., tras haber retirado el fiscal y la Abogacía del Estado
la acusación contra otros trece acusados, la mayor parte de ellos,
funcionarios públicos y agricultores.
El primero de aquellos fue
condenado a penas que sumaban catorce meses de cárcel, y el segundo, a
nueve meses, por delitos contra la hacienda comunitaria, con la
aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas como muy cualificada.
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