MADRID.- Los delitos de prevaricación administrativa y cohecho impropio que ve la jueza en el caso del máster de Pablo Casado podrían costarle al presidente del PP su carrera política puesto que, en caso de una hipotética condena, contemplan una inhabilitación para cargo público de entre tres años y medio y siete años.
En la exposición razonada, la titular del Juzgado de Instrucción número 51 de Madrid, Carmen Rodríguez-Medel, considera que "pudiera haber suficientes elementos para entender que de los hechos expuestos pudiera derivarse responsabilidad penal del aforado".
Así,
la magistrada ve a Casado como "cooperador necesario" de la presunta
prevaricación que atribuye al exdirector del Instituto de Derecho
Público, Enrique Álvarez Conde, pero no por las
convalidaciones, que son legítimas, sino por la "calificación
arbitraria" de las otras cuatro asignaturas del líder del PP.
Este delito fue agravado en la última reforma del Código Penal, si bien a Pablo Casado se
le tendría que aplicar el vigente en el momento de los hechos con penas
de entre 7 y 10 años de inhabilitación, como recoge el artículo 404.
Al no ser Casado funcionario público,
el artículo 65.3 del Código Penal señala que los jueces o tribunales
podrán imponer la pena inferior en grado a la señalada por la ley para
la infracción de que se trate, en este caso entre 3,5 y 7 años.
Desde el punto de vista jurídico, la jueza menciona la jurisprudencia del Supremo para manifestar que calificar una asignatura sin mérito académico es un delito imputable también a quien no es funcionario público, en este caso, a los alumnos.
Para la jueza, la conducta del líder del PP puede ser calificada de cooperación necesaria
en el delito de prevaricación administrativa, porque se matricula en el
máster y paga las tasas académicas, aporta su expediente académico
íntegro, solicita el reconocimiento de créditos y acepta el título, que
usa en su currículo.
Respecto del cohecho impropio, la jueza se lo atribuye por su condición de diputado en la Asamblea de Madrid en aquellos años. La magistrada entiende que "recibir como regalo una titulación de máster"
supone una prebenda que encaja en ese delito aunque reconoce que es una
práctica "poco habitual", pues "los ejemplos que la jurisprudencia
proporciona suelen referirse a cuestiones materiales, no a titulaciones
académicas".
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