LORCA.- El concejal de C's en el Ayuntamiento de Lorca, Antonio Meca, va a pedir en el pleno "que se suspenda
transitoriamente la aplicación de la ordenanza fiscal n° 6 referente a
la plusvalía, para aquellos supuestos en que se alegue inexistencia de
incremento de valor, hasta la entrada en vigor de la proposición de Ley
aprobada por la Federación Española de Municipios y Provincias".
El pleno del Tribunal Constitucional ha declarado el 16 de febrero de
2017, por unanimidad que el Impuesto sobre el Incremento del Valor de
los Terrenos de Naturaleza Urbana es parcialmente inconstitucional.
En concreto, la inconstitucionalidad radica en que se obliga a
tributar por este impuesto al ceder el inmueble incluso aunque se haya
incurrido en pérdidas al transmitirlo, lo que va contra el principio
constitucional de gravar con impuestos según la capacidad económica.
Esto significa que el impuesto se paga incluso aunque el valor del terreno haya disminuido desde su adquisición.
Según Antonio Meca "es nuestra obligación actuar en favor de los
intereses de la ciudadanía", y por ello se hace necesario que el pleno
del Ayuntamiento de Lorca arbitre con carácter urgente la modificación
de la Ordenanza Reguladora del Impuesto de Plusvalía para habilitar una
moratoria en la tramitación de las liquidaciones en tanto en cuanto no
se apruebe una norma acorde a nuestra Constitución, y que, en todo caso,
"la administración tributaria municipal dé cauce a las reclamaciones
que se presenten respetuosa con la norma y con la resolución del TC".
En toda España se han presentado mociones similares para rectificar
este impuesto: Ayuntamientos de Cádiz, Las Palmas de Gran Canaria,
Sevilla, o más cercanamente en nuestra Comunidad Autónoma Fuente Álamo o
San Javier.
En el mes de enero pasado ya el Ministerio de Hacienda y la
Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) han pactado la
reforma del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de
Naturaleza Urbana, con el fin de que la venta a pérdidas de los
inmuebles no tribute por este impuesto, y se aplicará según el texto de
la proposición de ley.
Por lo tanto "pretendemos modificar la Ordenanza Reguladora del
Impuesto del Incremento Sobre el Valor de los Terrenos Urbanos, de forma
que se habilite una moratoria en la tramitación de las liquidaciones
donde el sujeto pasivo acredite que no ha existido incremento real en el
valor del inmueble transmitido", explica el Concejal, en tanto en
cuanto no se apruebe una norma acorde a la sentencia del Tribunal
Constitucional de 16 febrero de 2017.
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