MADRID.- El 'céntimo sanitario', cuya aplicación ha
considerado ilegal este jueves el Tribunal de Justicia de la UE (TUE),
estuvo implantado en 13 comunidades autónomas hasta enero de 2013 y
osciló entre 1,2 y 4,8 euros por litro de carburante.
Este gravamen alcanzó su valor máximo de 4,8 céntimos tanto para
gasolina como gasóleo en nueve comunidades autónomas, que fueron
Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Andalucía, Castilla-La Mancha,
Murcia, Valencia, Cataluña y Baleares.
En Navarra se situó en 2,4 céntimos por litro, frente a los 1,7
céntimos de Madrid, mientras que en Asturias fue de 4,8 céntimos para la
gasolina y de 4 céntimos para el gasóleo. En Galicia osciló entre 2,4
céntimos para la gasolina y 1,2 céntimos para el gasóleo.
Solo tres comunidades autónomas, que son Euskadi, La Rioja y
Aragón, decidieron no aplicar este gravamen, lo que contribuyó a que los
precios de venta al público en esas regiones fueran inferiores a los
del resto del territorio nacional. Canarias tampoco lo aplica, si bien
esta comunidad se rige por un régimen fiscal de insularidad específico.
Desde el 1 de enero de 2013 y con el objetivo de corregir las
deficiencias investigadas ya entonces por el TUE, este 'céntimo
sanitario', utilizado para financiar la sanidad o con fines
medioambientales, fue corregido y quedó integrado en el Impuesto
Especial de Hidrocarburos (IEH). De esta forma, su vigencia, al menos
desde enero de 2013, cumpliría con la legislación comunitaria y no
estaría sometida a cuestionamiento.
Así, desde enero de 2013, el 'céntimo sanitario', que era la forma
coloquial de llamar al anterior Impuesto de Ventas de Determinados
Hidrocarburos (IVDH), se convirtió en el Tipo Autonómico (TA), que es
uno de los tres tramos de los que está compuesto el nuevo IEH, junto al
Tipo Estatal General (TEG) y el Tipo Estatal Especial (TEE).
El TEG es el mismo para todo el Estado y equivale a 40 céntimos
por litro de gasolina 95 y a 30 céntimos por litro de gasóleo, mientras
que el TEE tiene un valor de 2,4 céntimos tanto para la gasolina como el
gasóleo.
A todos estos impuestos es necesario añadir el 21% del IVA.
Además, desde el 1 de enero de 2013 la parte de biocarburantes
introducida en la mezcla final se ve gravada con los mismos tipos
impositivos que el combustible convencional.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado
este jueves que el 'céntimo sanitario' vulnera la legislación
comunitaria. Los jueces señalan que "no procede limitar en el tiempo los
efectos de esta sentencia, ya que el Gobierno español y la Generalitat
de Catalunya no obraron de buena fe al mantener este impuesto en vigor
durante más de diez años". Ello significa que España podría tener que
devolver 13.000 millones de euros recaudados ilegalmente entre 2002 y
2011.
El fallo responde a un litigio iniciado por una empresa de
transporte establecida en Cataluña. La compañía solicitó que se le
devolvieran los 45.000 euros que tuvo que pagar por este impuesto
alegando que era ilegal. El caso acabó ante el Tribunal Superior de
Justicia de Cataluña, que había pedido a la justicia europea que se
pronunciara.