MURCIA.- El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Murcia ha rechazado el
recurso de apelación presentado por la mercantil 'Arimesa' ante la primera
resolución de este tribunal, que el pasado 4 de enero negó la suspensión
cautelar de la orden de cierre aprobada por la Junta de Gobierno
municipal de Santomera.
A su vez, este órgano se hacía eco de una sentencia firme del
Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región, que en enetro de 2015
ya ordenó la clausura total de la explotación minera por carecer de una
licencia de actividad válida una cantera.
«Este fallo nos reafirma en que
este Ayuntamiento lo único que ha hecho es cumplir estrictamente con la
ley», dijo la alcaldesa, Inma Sánchez Roca, y el edil de Urbanismo,
Joaquín Rubio, contra quienes Arimesa interpuso una querella por un
presunto delito de prevaricación que también fue archivada, sin tener
que llegar a declarar.
Arimesa dice que no pasa nada
Arimesa dice que no pasa nada
Los empresa Arimesa asegura en un comunicado posterior que el contencioso con el
Ayuntamiento de Santomera se mantiene porque los tribunales sólo avalan
la denegación de la suspensión cautelar de la orden de cierre, a la
espera de la concesión por parte del Ayuntamiento de la cédula de
compatibilidad urbanística.
"Quedamos a la
espera de que el Ayuntamiento socialista cumpla con su obligación, ya
que todas las instancias administrativas han dado los permisos
necesarios a excepción del trámite administrativo obligatorio del
Consistorio santomerano".
"La
autorización para la legalización de la actividad de Arimesa ha
superado todos los trámites administrativos autonómicos, incluidos los
ambientales más exigentes, habiendo aportado informes de todo tipo sobre
las posibles y teóricas afecciones de la actividad, y habiendo sido
consultados todos los organismos con competencia en la materia,
incluidos departamentos de otras Comunidades Autónomas.
Solo el
injustificado e injusto retraso municipal en la concesión de la
preceptiva cédula de compatibilidad urbanística está impidiendo que una
actividad legal pueda ejercerse", concluye la nota.
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