MURCIA.- La Audiencia Provincial de Murcia ha
desestimado el recurso de Francisco José Peñalver, hermano del exjefe de
Planeamiento de esa ciudad Joaquín Peñalver, también investigado,
contra el auto que acordó seguir contra él diligencias de la pieza
separada Casino, del caso Umbra, por procedimiento abreviado.
En
un auto coincide con el instructor que
dictó la resolución recurrida en que de esas investigaciones por
presunta corrupción urbanística se deducen indicios racionales de la
supuesta comisión de varios delitos.
Apuntan
a la posibilidad de que el contrato de colaboración profesional
suscrito en 2005 por el ingeniero Renato del Noce, investigado en el
caso Umbra, con el despacho de arquitectos propiedad de Francisco José
Peñalver y de su padre era supuestamente una forma soterrada de pagar
favores al entonces jefe de Planeamiento del Ayuntamiento de Murcia,
Joaquín Peñalver.
Esa
posibilidad quedó abierta en el auto que el juzgado de instrucción de
Murcia que investiga ese caso dictó en noviembre de 2015 y ahora
encuentra el respaldo de la Audiencia.
En
su recurso, la defensa de Francisco José Peñalver alegó que los hechos
que se atribuían a este eran atípicos, al no constar que esas
actuaciones supusieran un beneficio directo para el hermano del
recurrente.
Además, alegó que
la conducta analizada tampoco sería constitutiva de un delito de
cohecho, ya que no existe la entrega de dádiva, sino pago de servicios
contratados y realmente prestados.
Al
rechazar el recurso, el tribunal dice que la existencia de ese contrato
de colaboración profesional con el despacho de arquitectos de la
familia Peñalver "fue silenciada y solo salió a la luz tras los
registros judiciales practicados en noviembre de 2012".
La
sala no olvida señalar que los empleados de ese despacho declararon que
nunca se reunieron con Del Noce, que ni siquiera conocían a los
promotores del plan y que no fueron a Urbanismo.
A
la Audiencia no se le escapa tampoco que el despacho percibió unos
92.000 euros, "importantes honorarios" si se tiene en cuenta que el
contrato fue suscrito el 30 de junio de 2005 y solo 19 días después el
plan parcial ya estaba aprobado inicialmente.
También
comenta que "Joaquín Peñalver percibía pese a no tener declarada
compatibilidad para el ejercicio profesional honorarios de Peñalver
Arquitectos y Asociados en 2005, una forma subrepticia de participar en
los beneficios de esa mercantil".
El
auto concluye que será en el momento del juicio oral, dentro de los
principios que lo regulan, entre los que destaca el de contradicción, y
con la valoración de las pruebas que se practiquen, cuando los indicios
apuntados queden confirmados o descartados.
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