jueves, 20 de diciembre de 2018

El PP se opone a derogar los plazos de instrucción porque son «beneficiosos para la justicia»

MADRID.- El PP ha presentado en el Congreso una enmienda a la totalidad a la proposición de ley que busca derogar los plazos máximos de instrucción porque, aunque cree que hay que mejorar el sistema diseñado en 2015, estima que la medida ha sido «beneficiosa para la justicia» y para agilizar los procesos. 

Todos los grupos, menos el popular, respaldan derogar los límites a la instrucción y las asociaciones de jueces y fiscales han advertido públicamente de que pueden abrir espacios a la impunidad. 
Y un ejemplo es, ha denunciado este jueves la Unión Progresista de Fiscales (UPF), la absolución del expresidente de Murcia, Pedro Antonio Sánchez, en el denominado caso Pasarelas porque el fiscal no presentó en plazo la solicitud de que la causa fuera declarada compleja y con ello se ampliara el plazo de instrucción.
En su enmienda a la totalidad con texto alternativo a la proposición de ley que presentó Unidos Podemos para derogar los plazos de instrucción -fijados en el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal- el PP sostiene que aquella medida era necesaria para agilizar la justicia penal y evitar dilaciones indebidas.
«Gracias a esta reforma puntual, las instrucciones eternas, que en ocasiones rondaban los diez años, han sido afortunadamente superadas», recalcan los populares. El paso del tiempo y la aplicación del artículo 324, añade el grupo, «permite mejorar la redacción» del mismo: «No se trata de volver atrás; deshacer una reforma que ha sido beneficiosa para la justicia sería retroceder en el tiempo y volver a una justicia lenta e incapaz de resolver en plazos razonables los asuntos pendientes».
El artículo 324 fijó un plazo máximo de instrucción de 6 meses, ampliables a 18 en causas que se declaren complejas y prorrogable por igual o menor plazo, siempre a petición de la Fiscalía. 
El PP propone ahora que, además de las instrucciones complejas, se pueda pedir una prórroga de los plazos cuando se demuestre que las pruebas periciales demandadas y que sean determinantes para la causa no puedan recibirse a tiempo por motivos ajenos a la instrucción, como, por ejemplo, el colapso de los servicios, unidades o profesionales que deben practicarlas. 
Según su enmienda, el juez instructor estará obligado a informar al fiscal, un mes antes de concluir los plazos previstos o sus prórrogas, de la finalización de los mismos, para que pueda solicitar una eventual ampliación.

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