miércoles, 11 de abril de 2018

Absueltos dos directivos de 'Zincsa' acusados de un delito medioambiental

CARTAGENA.- La titular del juzgado de lo Penal nº 1 de Cartagena ha absuelto a dos directivos de Española de Zinc S.A. (Zincsa), que fueron enjuiciados como acusados de un delito contra el medio ambiente por los residuos de la actividad de hidrometalurgia desarrollada por la empresa, que quedaron, tras su venta, en dos parcelas de Torreciega.

En un comunicado, el TSJ señaló que en la sentencia se absuelve al expresidente de Zincsa y a un consejero delegado, encargado de la descontaminación, al considerar que no ha quedado acreditado que existiera una alteración grave para el equilibrio de los sistemas naturales y un riesgo grave para la salud de las personas, imputable a los acusados.
Al respecto, continúa el fallo, se han generado importantes dudas, pues, aunque las actas de Inspección hablan de indicios evidentes de grave riesgo para la salud humana y el ecosistema o de riesgo potencial, «lo cierto es que tales riesgos no se concretan», explica la resolución.
Además, añade que, si bien la mercantil no cumplió íntegramente con sus obligaciones de derribo, recogida de escombros y descontaminación, «una cosa es el incumplimiento de tales obligaciones contractuales» y otra «bien distinta» que la situación en que quedaron las fincas en el momento en que se abandonaron por la expiración del contrato de arrendamiento con la nueva propietaria de los terrenos.
Así, declara probado que los responsables de la mercantil iniciaron las tareas de demolición y descontaminación del suelo, si bien procedieron a entregar la posesión de los terrenos en julio de 2009 sin haber concluido los trabajos de desmantelamiento y demolición de la factoría, por lo que fueron detectadas por el Servicio de Vigilancia e Inspección Ambiental áreas de acumulación de residuos y vertederos.
El fallo señala que se «desconoce» si a la entrega de la posesión de los terrenos ya existían las deficiencias detectadas por la Comunidad Autónoma un año después del traspaso, como el abandono de residuos de diferente tipología a la intemperie, sin control y sin las medidas de seguridad para la protección del medioambiente, además de dos balsas que contenía residuo que debía considerarse como «muy peligroso y reactivo».
En sus conclusiones, el Ministerio Fiscal solicitó que se le impusiera a cada uno de los acusados la pena de 27 meses de prisión, una multa de 9.720 euros e inhabilitación especial para la dirección y de empresas en cuya actividad se generen o traten residuos por tiempo de 3 años.
La jueza recuerda que el derecho penal solo puede ser la última ratio, y «que no ha quedado acreditado» que en la fecha de entrega a la nueva propietaria, Quórum, los terrenos pudieran causar un «grave riesgo para el equilibrio de los recurso naturales o la salud de las personas» y «ni siquiera parece que estuvieran, a la fecha de las actas de la inspección de las que parte este procedimiento, en el mismo estado que en el año 2009».
La resolución no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, según el TSJ.

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