LORCA.- La concejala de IU-Verdes en el Ayuntamiento de Lorca, Gloria Martín, ha alertado hoy que los procedimientos de reintegro que la CARM inició en 2014 y 2015 respecto a las ayudas del terremoto y que quedaron sin cerrar en un plazo de 12 meses están "caducados".
Martín ha informado que muchos de los afectados recibieron una carta
en aquella época en la que la CARM notificaba la apertura de un trámite
de audiencia al haber detectado "alteraciones" de las circunstancias en
la concesión de las ayudas. Concretamente, se informaba a los
damnificados que la suma de la indemnización del Consorcio de
Compensación de Seguros y la ayuda de la CARM, superaba la tasación de
los daños de las viviendas.
Por ello, se procedía a iniciar expediente
de reintegro de la diferencia entre la ayuda percibida inicialmente y la
correspondiente una vez revisado el expediente.
Tal y como establece el artículo 42 de la Ley 38/2003, de 17
noviembre, General de Subvenciones, en su apartado 4, el plazo máximo
para resolver y notificar la resolución de ese procedimiento de
reintegro es de 12 meses desde la fecha de acuerdo de iniciación.
Sin
embargo, en todos los casos detectados por IU, que suman más de una
veintena, el plazo para resolver ese procedimiento transcurrió sin que
se hubiera notificado resolución expresa, por lo que se ha producido su
caducidad.
"Los afectados han obtenido respuestas a las alegaciones que
plantearon en su momento, casi tres años después", explicó Martín, quien
achacó esta circunstancia al "caos y descontrol" en todo el proceso
relacionado con las ayudas.
Además, la ley indica que "si transcurre el plazo para resolver sin
que se haya notificado resolución expresa, se producirá la caducidad del
procedimiento, sin que se considere interrumpida la prescripción por
las actuaciones realizadas".
Es decir, los afectados por este supuesto,
pueden alegar la prescripción del derecho de la CARM a reclamar la
devolución de las ayudas. En el caso de los vecinos que realizaron las
obras de reparación después de recibir la ayuda, dicho plazo es de
cuatro años y seis meses desde que finalizó su obligación de justificar
las ayudas, esto es, desde que finalizaron las obras, fecha que pueden
acreditar con la factura.
En el caso de los ciudadanos que rehabilitaron
sus casas antes de recibir la ayuda, el plazo para la prescripción es
de cuatro años y tres meses, a contar desde la fecha de notificación de
la resolución de la ayuda.
No obstante de lo anterior, la concejala de IU-Verdes ha recordado
que el decreto que regulaba las subvenciones contemplaba la realización
de "informes técnicos" como vía para justificar el empleo de las ayudas
en los casos de aquellos vecinos que no conserven las facturas.
Sobre el anuncio del equipo de Gobierno municipal del PP de que se va
a contratar a un abogado/a y nueve auxiliares administrativos para
reforzar la Oficina del Terremoto, Martín agradeció al alcalde,
Fulgencio Gil, que haya respondido a la petición de Izquierda Unida. Sin
embargo, exigió que dichos trabajadores cuenten con experiencia en el
ámbito de la tramitación de expedientes y la justificación de ayudas,
así como con conocimientos acreditados acerca de la legislación en
materia de subvenciones, para que el asesoramiento prestado a los
afectados sea el adecuado.
"No queremos volver a encontrarnos con
vecinos a los que en dicha oficina les dicen que su caso no tiene
solución y que tienen que pagar sí o sí, cuando, tras analizarlos
nosotros, comprobamos que están prescritos o caducados", dijo Martín.
No hay comentarios:
Publicar un comentario