MURCIA.- Las demandas de nulidad matrimonial en el Tribunal Eclesiástico de la Diócesis de Cartagena se mantienen en el segundo año transcurrido desde la reforma ordenada por el Papa Francisco en estos procesos, aunque ha crecido ligeramente el número de sentencias ejecutadas. Así, la Diócesis de Cartagena fue la segunda de todo el país que más causas de nulidad matrimonial registró, por detrás de Valencia.
Así
lo explicó hoy el vicario judicial, Gil José Sáez, quien amplió este
martes en rueda de prensa cómo ha afectado esta reforma en los procesos
de nulidad matrimonial en la Diócesis de Cartagena, destacando que "solo el 20 por ciento de los casamientos en la Región de Murcia son eclesiásticos", una bajada "brutal" en general,
también en los civiles, con respecto a 2008. Concretamente, en la
Región se celebraron 2.027 matrimonios por la Iglesia en 2016.
Este año han sido admitidas a trámite en este Tribunal 76 demandas de nulidad,
"aunque se espera que finalmente entren 81-82 causas" frente a las 86
del año 2016. Además, a 5 de diciembre, las sentencias ejecutadas
ascienden a 76; cinco son procesos archivados.
De las 76 sentencias ejecutadas, 70 son a favor de la nulidad y seis a favor del matrimonio;
de éstas últimas, cuatro han sido apeladas al Tribunal Metropolitano de
Granada. Aunque han sido estudiados 207 capítulos de nulidad, de los
que 122 han sido declarados positivos.
El motivo más frecuente de estas demandas de nulidad, según ha detallado el vicario judicial, son "discrepancias"
de juicio acerca de los derechos y deberes del matrimonio,la madurez
acerca de los derechos y deberes del matrimonio, así como a la "incapacidad" psíquica para asumir las obligaciones esenciales. A lo que se suma el error en las cualidades de la pareja, la exclusión de la fidelidad o la de la educación de los hijos.
Gil
José Sáez, que ha destacado el aumento en el número de visitas para
informarse del procedimiento, hasta las 190 en 2017 frente a las 140 del
año anterior y las cien del primer año (2015), ha puntualizado que el
Tribunal Eclesiástico de la Diócesis de Cartagena recibió 28 exhortos,
de Almería, Cáceres, Córdoba, Jaén, Sevilla o Valencia, incluso de
otros países como Ecuador, Alemania y Francia, a lo largo de este año
para lograr la tramitación de los procesos que tienen lugar en otras
diócesis.
Así como que hasta la fecha se han enviado 15 exhortos
de este Tribunal a Almería, Albacete, Barcelona, Madrid, Alemania,
Paraguay o Argentina.
En rueda de prensa, el vicario afirmó que los matrimonios duran en Murcia entre 12 y 16 años,
que la edad media de quienes presentan la demanda oscila entre los
36-38 años y que se casaron entre el año 2000 y 2008. Así como que el 5
por ciento de los que presentan el escrito de nulidad en la Diócesis de
Cartagena contrajeron matrimonio en el extranjero.
Además, ha comunicado que el proceso para determinar o no la nulidad suele tardar en resolverse unos siete meses, incidiendo, en el caso de las segunda nupcias, que los procesos se pueden alargar, "hay que ser más previsor".
Tras
destacar que el objetivo del Tribunal es establecer estrictamente si el
matrimonio que se celebró fue válido o nulo, quiso dejar claro que "en ningún caso puede decidir las pensiones al cónyuge o a los hijos o los temas de custodia".
"La
declaración de nulidad matrimonial afecta sólo a los aspectos
sacramentales del matrimonio", indicó, al tiempo que explicó las cuatro fases del procedimiento:
Presentación de la demanda; presentación y ejecución de las pruebas;
alegaciones de las partes y observaciones del Defensor del Vínculo, lo
que sería la imagen del Fiscal y la sentencia colegial y su impugnación.
El coste de un proceso de nulidad matrimonial en la Diócesis de Cartagena se encuentra alrededor de los 2.500 euros, hizo hincapié Gil José Sáez, por lo que "si se incrementa el precio es porque se contrata a un abogado de forma particular".
Finalmente
el vicario judicial aconsejó a los afectados a "ir de forma
conciliadora" con la otra parte y comunicarle antes de que reciba la
demanda, que va a solicitar la nulidad matrimonial, "y que esto no afectara a afectos civiles", lo que ayudará a que acuda a dar su versión de los hechos.
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