MURCIA.- El ex alcalde socialista del municipio de Ceutí y actual senador del PSOE por Murcia, Manuel Hurtado García, comparecerá en calidad de imputado el próximo 15 de mayo ante el juzgado número cinco de Molina de Segura por un presunto delito de prevaricación administrativa en relación a irregularidades en la adjudicación de las obras de construcción de un complejo deportivo en el municipio.
En concreto, se trata de la adjudicación a una empresa para la construcción del Complejo Deportivo 'José Antonio Camacho', de Ceutí, por un precio de 1.883.263,85 euros.
El senador Hurtado es el gran mentor político de José Ramón Jara, actual número 2 del PSRM-PSOE, y ex concejal socialista del Ayuntamiento de Ceutí. Y como funcionario público de profesón, su último destino ha sido la Confederación Hidrográfica del Segura, que preside, el también presidente del PSRM, José Salvador Fuentes Zorita.
El PSOE-PSRM perdió las últimas elecciones municipales después de 28 años de Hurtado al frente de la alcaldía de Ceutí y algunos menos como senador por Murcia.
La declaración ya está fijada por resolución y, salvo que haya alguna circunstancia de suspensión, no se modificará. Sin embargo, el hecho de que el imputado sea senador lo que va a producir es la inhibición del juzgado a favor de la sala segunda del Tribunal Supremo.
Los hechos se remontan al mes de mayo de 2007, cuando la presidenta del Partido Popular en Ceutí, Beatriz Sandoval, y la concejala, Adoración Ayala, anunciaron la presentación de una "querella criminal" ante el Juzgado de Instrucción de Molina de Segura contra Hurtado, por "presunto delito de prevaricación y un presunto delito de falsedad documental en la adjudicación y contratación de una obra a espaldas del órgano competente".
Sin embargo, la juez sobreseyó el pasado mes de junio la querella porque consideraba que la irregularidad en el procedimiento de adjudicación era una mera irregularidad administrativa, y que no era lo suficientemente grave como para ser un delito, aunque no se dio cuenta que la contratación era posterior a la construcción.
Dos meses más tarde, tanto el Ministerio Fiscal como la parte querellante recurrieron ese sobreseimiento, momento en el que Fiscalía dijo que había que investigarlo porque "podía ser un delito de falsedad, ya que parecía que se había hecho un procedimiento de contratación para justificar una obra adjudicada a dedo y realizada con casi seis meses de antelación".
Esta circunstancia se incluyó en el recurso contra el sobreseimiento, que la juez aceptó en febrero y que hizo revocar su archivo y ordenar practicar una serie de diligencias previas en el presente mes de abril.
Y es que, aunque la querella se presentó en un primer momento por un presunto delito de prevaricación, a efectos administrativos lo que parece haber es un delito de falsedad.
La gravedad parece residir en que hay unas certificaciones de obra que no responden a obra efectivamente realizada cuando se hizo la certificación, sino a obra hecha casi un año antes, y es que el complejo se inauguró en diciembre de 2003, la contratación entre el Ayuntamiento y la empresa constructora se firmó en abril de 2004, y la certificación de obra se realizó en agosto de 2004.
A la vista del expediente administrativo lo que da la impresión es que lo que el Consistorio hizo es, a posteriori, intentar hacer un procedimiento de contratación para justificar lo que había sido una adjudicación hecha un año antes a la empresa adjudicataria.
Además, se trató de certificaciones de obra que están aprobadas por la Junta de Gobierno Local, lo que hace responsable a todos sus miembros en esa fecha.
Por todo ello, la juez consideró que la gravedad no reside en el delito de prevaricación, sino en el delito de falsedad", y además la pena es mucho más grave, porque es falsedad cometida por un funcionario público en un documento público.
El 10 de diciembre de 2003, el periódico municipal publicó la inauguración del complejo deportivo, la contratación se hizo en abril del 2004, momento en el que se le adjudicó, y las certificaciones de obra son de agosto de 2004, cuando la obra, para estar lista en diciembre, tuvo que empezar un año antes, en verano del 2003.
Este periodo de tiempo entre la construcción y los procedimientos administrativos, de un año prácticamente desde que empiezan materialmente las obras hasta que se hace una certificación para decir que se estaban haciendo, es en el que fundamenta la nueva querella.
El acta de replanteo, que es el acta donde formalmente, tanto el Ayuntamiento como el contratista declaran que el suelo está disponible y se puede hacer la obra, es de mayo de 2004, muy posterior a la inauguración.
Por todo ello, el juzgado pedirá al Ayuntamiento que certifique en qué momento se paga, porque, evidentemente, se tuvo que pagar en 2003, aunque la certificación se hace luego para aparentar que se está pagando en el 2004, pero no, se hace en el 2003 y se paga contra nada, es decir, no hay una adjudicación ni hay nada.
En este momento, el TSJ se encuentra en fase de practicar la instrucción y las diligencias, entre las cuales, el alcalde será llamado a declarar como imputado, ya que es una de las diligencias más probables en estos procedimientos, que hable la persona contra quien se querellan.
La instrucción es secreta y el juzgado todavía está investigando los hechos.