MURCIA.- La Junta de Gobierno ha aprobado este
viernes las bases generales que han de regir en las convocatorias de la
Oferta de Empleo Público, correspondientes a plazas de personal
funcionario y de personal laboral del Ayuntamiento de Murcia.
El
objeto de cada convocatoria es la provisión en propiedad de las plazas
que se indiquen en las bases específicas de cada convocatoria, de
conformidad con la Relación de Puestos de Trabajo vigente del Ayuntamiento de Murcia, ha explicado el concejal de Pedanías y Barrios, Marco Antonio Fernández.
La
oferta pública atiende a la clasificación de plazas de personal
funcionario y plazas de personal laboral. Del total de las plazas que se
oferten, un siete por ciento de las vacantes serán reservadas a
personas con discapacidad.
La
convocatoria se publicará íntegramente en el Boletín Oficial de la
Región de Murcia y un extracto de la misma en el Boletín Oficial del
Estado.
Las comunicaciones
correspondientes a la convocatoria se expondrán en el Tablón de anuncios
de la sede electrónica del Ayuntamiento de Murcia
(https://sede.murcia.es/tablon-anuncios).
El
plazo de presentación de instancias será de veinte días hábiles a
partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en
el Boletín Oficial del Estado.
Para
la participación en cada una de las convocatorias se definirá el
correspondiente procedimiento en la Sede Electrónica del Ayuntamiento, con toda la información
sobre el mismo.
El sistema
selectivo de acceso será el de concurso-oposición, considerando que la
fase de concurso permite la valoración de otros aspectos complementarios
a la demostración de conocimientos que aporta la fase de oposición,
tales como la experiencia profesional, la formación académica y los
cursos de especialización y perfeccionamiento, que de otra forma no
podrían tenerse en cuenta en el proceso selectivo.
La
fase de oposición constará de dos ejercicios, cada uno de los cuales
será eliminatorio, valorándose de cero a treinta puntos, siendo
necesario obtener un mínimo de quince puntos en cada uno de ellos para
poder continuar en el proceso selectivo.
La
puntuación máxima de la fase de oposición será de sesenta puntos. Los
ejercicios se basarán en los textos y normativa que se encuentren
vigentes en el momento de realización de los mismos. Con la puntuación
individualizada obtenida en el conjunto de los ejercicios y méritos, en
su caso, se procederá a determinar la calificación definitiva de los
aspirantes y su orden de prelación.
Una
vez finalizado el proceso selectivo de la convocatoria correspondiente,
con aquellos aspirantes que no hubieran obtenido plaza, se constituirá
lista de espera de conformidad con los criterios de creación y gestión
de listas de espera negociados en Mesa General de Negociación y
aprobados en Junta de Gobierno.
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