MURCIA.- Ninguna normativa impone a la
Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) ocuparse de la limpieza
ordinaria de los cauces en los tramos urbanos, según se recoge en una
sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia
(TSJRM) que estima el recurso de este órgano de cuenca y anula el
decreto del ayuntamiento de Las Torres de Cotillas que quería obligarla a
desinsectar los ríos Segura y Mula.
La
sentencia indica que el consistorio
torreño dictó una resolución en junio de 2017 en la que indicaba a la
CHS que debía proceder a desinsectar dichos cauces a su paso por el
casco urbano, con la advertencia, además, de que de no hacerlo lo haría
el propio ayuntamiento a su costa.
El
Juzgado de lo Contencioso nº 2 de Murcia, al que correspondió el
recurso del órgano de cuenca, dio la razón al consistorio, decisión que
fue recurrida por la CHS ante el TSJRM.
Ahora,
este tribunal ha revocado la sentencia del juzgado y ha declarado que
la competencia para la limpieza ordinaria de los cauces en los tramos
urbanos no está atribuida por norma alguna a la CHS, por lo que el
ayuntamiento de Las Torres de Cotillas no puede imponerle una obligación
que no le corresponde cumplir.
Además,
recuerda que la Sala ya tuvo ocasión de pronunciarse hace unos meses
sobre el mismo tema al revocar otra resolución del mismo ayuntamiento,
dictada en el año 2016, que tenía la misma finalidad.
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