jueves, 17 de enero de 2019

Hasta 1.728 murcianos no pueden trabajar con niños por sus antecedentes sexuales

MADRID.- El Registro Central de Delincuentes Sexuales (RCDS), que entró en vigor en el año 2016, tiene actualmente censados a 1.728 murcianos, según datos proporcionados por el Ministerio de Justicia. En todo el país, esta base de datos guarda los nombres de hasta 45.864 ciudadanos -5.082 más que el día en el que se activó, en marzo de 2016- que fueron condenados en sentencia firme por algún tipo de delito sexual y que, para evitar la reincidencia en este tipo de delincuencia, tienen vetado el contacto con los más pequeños.

A partir de marzo de 2016, con la creación de este registro se impuso la obligatoriedad de entregar un Certificado de Delitos de Naturaleza Sexual (CDNS) para cualquier trabajo o actividad de voluntariado con un contacto frecuente con la infancia. 
Este documento, que expide el Ministerio de Justicia tras una comprobación previa, incluye aquella información sobre condenas -o la ausencia de estas- por delitos de naturaleza sexual. En los últimos años son muchos los ciudadanos que han tenido que realizar este trámite para poder acceder a un nuevo trabajo o para participar en actividades con niños o adolescentes.
Según los datos facilitados por el Ministerio de Justicia, a lo largo de 2018 el Registro emitió 1.994.375 certificados a nivel nacional. En 505 casos, el 0,03% del total, el resultado fue positivo; es decir, la persona estaba inscrita por una condena firme por delitos sexuales. 
De esta manera, este organismo impidió el año pasado que 505 personas condenadas por delitos de ese tipo pudieran trabajar o ejercer una actividad con menores, cifra que se suma a los 1.110 casos que frenó entre 2016, cuando entró en vigor, y 2017.
A 31 de diciembre de 2018, el Registro recogía la identidad y el perfil genético (el ADN) de 45.864 personas, 5.082 más que el día en el que se activó, en marzo de 2016. 
El Gobierno estatal creó esta base de datos en 2016 con algunos detalles sobre las personas que han sido condenadas por delitos contra la libertad sexual -esto es, agresiones, abusos, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual o corrupción de menores-.
Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y los juzgados pueden así consultar los datos identificativos -nombre, apellidos, fotografía, historial...- y el perfil genético (ADN) de estos ciudadanos. 
Además, a las personas que integran este registro -cuya información no es pública, sino únicamente para la consulta por parte de las administraciones- se les prohíbe acceder a trabajos o acciones de voluntariado en los que tengan contacto directo con menores de edad. Un paso adelante para tratar de plantar cara a la reincidencia en este ámbito.
El punto más controvertido y que ha sido objeto ya de varios procesos judiciales es la dificultad de borrar una inscripción. Cuando la víctima del delito fue menor de edad y el condenado mayor solo pueden cancelarse los datos cuando hayan transcurrido treinta años, a contar desde el día en el que se considere cumplida le pena. 
El pasado mes de octubre la Audiencia Nacional desestimó el recurso de un condenado por un delito de pornografía infantil en 2014 al que Justicia había denegado la cancelación de sus datos, que en 2015 habían pasado de forma automática al Registro Central.

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