jueves, 5 de julio de 2018

Ofensiva judicial contra los seguros vinculados a hipotecas

MADRID.- Las pre­siones que ejercen al­gunas en­ti­dades fi­nan­cieras para que los usua­rios de hi­po­tecas con­traten pro­ductos vin­cu­lados se ha con­ver­tido ya en la nueva trin­chera ju­di­cial del mo­vi­miento con­su­me­rista. No ha sido un par­ti­cu­lar, sino el Colegio de Mediadores de Seguros de Asturias, quien ha ini­ciado un pro­ceso contra dos en­ti­dades por pre­sun­ta­mente forzar a sus clientes a con­tratar una pó­liza de vida con una ase­gu­ra­dora 'amiga', según Capital Madrid

La demanda, admitida a trámite por un juzgado de lo mercantil de Gijón, expone que la cláusula que compromete a los hipotecados a contratar un seguro de vida con una empresa ligada a los bancos prestamistas supone una asimetría en la relación cliente-entidad. 
El Colegio sostiene que la cláusula hipotecaria que impone al usuario la empresa aseguradora conculca los derechos de los consumidores y los principios de libre competencia, en lo que constituye un "flagrante atropello". 
La organización denuncia las condiciones generales de este seguro vinculado: "a prima única financiada y con una entidad aseguradora impuesta".
##Demanda colectiva
Espacio Legal, el despacho de abogados de Marcelino Tamargo, es el encargado de representar al Colegio en la demanda, de carácter colectivo. 
En el texto admitido a trámite, se recalca el perjuicio que sufren los clientes, ya que la prima única financiada es más elevada que la que podría conseguirse con otra aseguradora, lo que supone una restricción artificial a la libre competencia y a la prerrogativa del hipotecado de elegir la oferta que mejor se ajuste a sus intereses. 
La firma jurídica que ejerce la asistencia legal añade además que la concesión de la hipoteca "está condicionada a la aceptación de sus condiciones, sin posibilidad de negociación y bajo la sanción de no conceder la financiación solicitada".
Tamargo subraya que "ambas entidades bancarias actúan como mediadoras en la contratación de seguros de vida/protección de pagos vinculados al préstamo hipotecario, por lo que no pueden imponer la celebración de esos contratos. Sin embargo no sólo lo hacen sino que además lo exigen como condición para conceder el préstamo”.
Por otro lado, la financiación de la prima única "aumenta el importe del préstamo", según el Colegio, con lo que se produce un incremento de la base liquidable del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados, siendo el bolsillo del cliente el damnificado. 
Por consiguiente, la parte demandante pide a la Justicia que se declare la nulidad de esta condición general de la contratación introducida en los contratos de préstamo hipotecario delas entidades, dado el "carácter abusivo" de ésta, y se condene a ambos bancos a retirarla del clausulado de sus hipotecas.
Asimismo, la demanda presentada recoge que se condene a ambos bancos a devolver a los consumidores afectados el importe de la prima única de los seguros contratados y las cantidades que se hayan cobrado en exceso.

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