miércoles, 23 de mayo de 2018

Un catedrático emérito y perito de la defensa de Cámara no ve prevaricación en 'Nueva Condomina'

MURCIA.- Un catedrático emérito de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense, Ramón Fernández, declaró como perito, en el juicio que se sigue contra el exalcalde de Murcia Miguel Ángel Cámara y dos exaltos cargos municipales por el 'caso Nueva Condomina', que el convenio urbanístico que dio origen a estas diligencias no es, ni subjetiva, ni objetivamente, constitutivo de prevaricación alguna.

Fernández, que ha elaborado el informe pericial a propuesta de la defensa de Cámara, sostuvo que no vio en el texto del convenio nada que le llamara la atención y que el mismo se ajustaba a la legalidad.
El dictamen concluye que una resolución, para que sea prevaricadora, necesita como condición 'sine qua non' que sea contraria a Derecho, algo que no ocurre en este caso.
Durante el interrogatorio, el perito expuso que el Ayuntamiento de Murcia recibió, solo con el estadio Nueva Condomina, mucho más de lo que le habría correspondido en aplicación de la cesión de los aprovechamientos urbanísticos. 
Y añadió que a lo largo de su práctica profesional en otras ciudades españolas se encontró con que esa cesión consistía en la entrega de polideportivos, un puente u otra obra similar, «pero nunca un estadio de esas dimensiones y de su valor».
La intervención de este perito fue impugnada por el fiscal Juan Pablo Lozano al señalar que el mismo se pronunciaba sobre aspectos jurídicos, lo que debía quedar reservado para la magistrada. 
Sin embargo, esta replicó que se trataba de una prueba aceptada en su día, por lo que debía practicarse con independencia de la valoración que haga de la misma al redactar la sentencia.
La sesión se inició con la declaración por videoconferencia de otro perito, el arquitecto murciano Mariano de la Villa, quien descalificó la valoración de los terrenos del convenio que efectuó una empresa tasadora por encargo del PSOE, quien actúa como acusación particular.
Para De la Villa, ese informe de parte, que valora los terrenos muy por encima del precio asignado por el Ayuntamiento, no puede ser tenido en cuenta porque, en su opinión, los cálculos no son correctos.

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