MURCIA.- El contrato verbal por el que la Comunidad Autónoma de Murcia encargó
los trabajos para el Estudio Pisa 2015 omitió no solo el trámite de
fiscalización previa, sino, también, el procedimiento íntegro de
contratación y de aplicación del gasto, por lo que el acto de
adjudicación del mismo es nulo de pleno derecho.
Esta conclusión
se recoge en un dictamen emitido por los servicios jurídicos de la
Consejería de Educación del gobierno murciano que coincide con el
dictamen que ha emitido el Consejo Jurídico de la Región de Murcia
(CJRM).
Esos informes señalan que ello es así porque el régimen
español de contratación pública revista un marcado carácter formal, de
modo que expresamente se prohíbe que se pueda contratar de manera
verbal, salvo que el contrato tenga carácter de emergencia, lo que no es
el caso.
El contrato, se añade en el informe elaborado por los
servicios jurídicos, formalizado de manera verbal, es nulo de pleno
derecho, por resultar inválido el acto administrativo de adjudicación,
adoptado al margen del procedimiento de contratación que hubiera debido
tramitarse de manera preceptiva.
Se recoge también en el mismo que
"la nulidad del encargo verbal no puede ser fuente de obligaciones para
la hacienda regional, por ser insubsanable y no admitir la
convalidación, ya que no existe la posibilidad de fundamentar la validez
de una actuación administrativa con transcendencia presupuestaria al
margen de las normas reguladores de la disciplina jurídica del gasto
público".
El dictamen del CJRM, por su parte, dice que la
situación creada no puede perjudicar a la empresa a la que le fue
adjudicado el encargo, "ya que se limitó a cumplir las órdenes de la
administración".
Y añade que la vía para reconocer la obligación
del pago a la misma es la indemnización, no la contractual, ya que el
contrato es inválido.
Y esa solución -añade- consiste en elevar
una propuesta al Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma para que
este apruebe el pago, como indemnización, del coste del estudio.
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