MURCIA.- La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia ha desestimado el recurso que la empresa Navantia presentó contra la sentencia de un Juzgado de lo Social de Cartagena que declaró improcedente el despido de su antiguo director del programa de submarinos S-80 y del astillero, el almirante José Manuel Sanjurjo, acordado en julio de 2016.
El Juzgado, en la
sentencia que ahora se ve respaldada por el TSJ, condenó a la citada
sociedad a readmitirle o a pagarle una indemnización algo superior a los
95.000 euros. En su recurso, Navantia alegó que el cese había sido
adoptado de común acuerdo, por lo que consideraba que no se había
producido despido improcedente alguno.
El relato de hechos probados recogido por la sentencia
apelada señalaba que el demandante comenzó a prestar sus servicios para
la empresa en marzo de 2010 y que ostentaba la categoría profesional de
adjunto a la dirección comercial.
En junio de 2013 fue nombrado director
del programa S-80, y en abril de 2014, director del astillero de
Cartagena.
En julio de 2016, la directora de Recursos
Humanos de Navantia dirigió un mensaje de correo electrónico al
demandante y a otros trabajadores en el que se comunicaba que aquel
causaría baja en la compañía a partir de octubre siguiente.
La
sentencia apelada estimó la demanda al apreciar la existencia de
despido porque la relación laboral se extinguió por voluntad de la
empresa.
Sanjurjo fue relevado al frente del astillero por el ingeniero Agustín Álvarez.
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