jueves, 16 de abril de 2020

Cerradas algunas de las estaciones de servicio por el desplome de la demanda


BARCELONA.- El confinamiento de la población por la declaración del estado de alarma en España ha conllevado un drástico descenso de los desplazamientos en vehículos a motor y, por ende, de las visitas a las gasolineras. Consideradas servicios esenciales, estaban obligadas a abrir, a pesar del desplome de sus cifras de negocio.

Con bajadas de la demanda de carburante que oscilan entre el 60 y el 99% según la ubicación de cada punto de venta, la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (CEEES) ha estado insistiendo al Gobierno que estableciera unos servicios mínimos con el objetivo de evitar “la quiebra de cientos” de establecimientos y el consiguiente envío “al desempleo a miles de trabajadores”.  
Finalmente, el Ejecutivo de Pedro Sánchez ha respondido a la petición con la aprobación, el pasado 11 de abril, de una orden propuesta por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), para permitir que el 49% de las gasolineras cierren de forma temporal por la caída de demanda.
De las 11.676 estaciones de servicio que hay en España, unas 5.721 podrán tener la persiana bajada mientras dure el estado de alarma. Cabe señalar que se garantizará que en cada municipio, según las necesidades en cada caso, esté operativa al menos una. El ordenamiento establece dos tipos de apertura, en función de las características de la gasolinera. Una parte de ellas está obligada a mantener su calendario y horario habitual, mientras que la otra puede flexibilizarlos.
En el primer grupo se encuentran aquellas estaciones de servicio que cumplen como mínimo alguno de los siguientes requisitos: tuvieron un volumen anual agregado de ventas de gasolina y gasóleo A en 2019 superior o igual a 5 millones de litros; están situadas en autovías, autopistas o junto a hipermercados; realizan el suministro de carburantes y combustibles en régimen desatendido; disponen de al menos un surtidor y/o cuentan con lectores específicos de tarjetas destinados a la venta de carburantes a clientes profesionales; suministran para la automoción gas licuado de petróleo (GLP), gas natural comprimido (GNC) o gas natural licuado (GNL). 
Asimismo, también deberán abrir con el mismo calendario y horario de siempre aquellos establecimientos que se consideren de especial interés por su localización geográfica cercana a centros sanitarios, parques logísticos, localizaciones de la red vial con alta demanda de carburantes o por su carácter esencial en áreas con baja densidad demográfica o territorios insulares. 
Para facilitar la localización de las estaciones que prestan su servicio de forma habitual, el Gobierno ha elaborado un listado informando de su ubicación (dirección, código postal, municipio y provincia), margen de la vía en el que se encuentran (derecho o izquierdo) y compañía (Repsol, Pretonor, Campsa…). En este enlace se puede encontrar el citado documento.  
Por su parte, las gasolineras que pueden flexibilizar su apertura deben ofrecer servicio durante al menos 30 horas semanales de lunes a sábado, con un mínimo de 5 horas diarias. Si optan por modificar el horario, deberán anunciar el nuevo en un lugar suficientemente visible para los usuarios conforme a los requisitos que establece la normativa autonómica a tal efecto. 
Previamente, están obligadas a remitir telemáticamente la información del cambio, con al menos 12 horas de antelación a la modificación efectiva, al Censo de Instalaciones de Suministro de Carburantes del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
Para este grupo de estaciones de servicio, que modifican su apertura habitual, el gobierno ha confeccionado esta lista , que lamentablemente no especifica el horario adoptado en cada caso. Los usuarios que prefieran localizar los establecimientos sobre un mapa, pueden visitar la web geoportalgasolineras del Ministerio para la Transición Ecológica, según La Vanguardia. 

No hay comentarios: