MADRID.- La Audiencia Nacional ha archivado
provisionalmente las acusaciones que pesaban contra el anterior jefe del
Ejecutivo regional de Murcia, Pedro Antonio Sánchez (PAS), por los contactos que mantuvo con uno de los
cabecillas de la organización de 'Púnica' que ofrecía contratos a altos cargos
públicos para mejorar su reputación en Internet.
La
Audiencia considera que no hay motivos suficientes para mantener a
Pedro Antonio Sánchez como investigado en la causa que provocó su
dimisión como presidente de la Comunidad Autónoma a
principios de abril de 2017.
El escrito de archivo es claro e indica que el material probatorio del que disponemos "carece de aptitud para generar un mínimo de certeza que justifique la prosecución de esta instrucción", al no quedar acreditado el supuesto fraude que se suponía querrían llevar a cabo a través de la Consejería de Educación, debiendo acordar el sobreseimiento provisional tanto respecto de Pedro Antonio Sánchez López como de David Conesa Ferrer, toda vez que, tal y como señaló el Tribunal Supremo en el auto de fecha 28 de abril de 2016 en la causa especial 20490/2015 "solo un determinado nivel indiciario de cierta calidad justifica la apertura de Plenario que, indudablemente, encierra también cierto contenido aflictivo para el acusado, aunque sea difuso", añadiendo la citada resolución que "ha de cancelarse el proceso cuando racionalmente quepa hacer un pronóstico fundado de inviabilidad de la condena por insuficiencias del material probatorio con que se cuenta".
El escrito de archivo es claro e indica que el material probatorio del que disponemos "carece de aptitud para generar un mínimo de certeza que justifique la prosecución de esta instrucción", al no quedar acreditado el supuesto fraude que se suponía querrían llevar a cabo a través de la Consejería de Educación, debiendo acordar el sobreseimiento provisional tanto respecto de Pedro Antonio Sánchez López como de David Conesa Ferrer, toda vez que, tal y como señaló el Tribunal Supremo en el auto de fecha 28 de abril de 2016 en la causa especial 20490/2015 "solo un determinado nivel indiciario de cierta calidad justifica la apertura de Plenario que, indudablemente, encierra también cierto contenido aflictivo para el acusado, aunque sea difuso", añadiendo la citada resolución que "ha de cancelarse el proceso cuando racionalmente quepa hacer un pronóstico fundado de inviabilidad de la condena por insuficiencias del material probatorio con que se cuenta".
Ahora
se abre el plazo para que el resto de las partes presenten recursos,
por lo que la exculpación de PAS tiene carácter provisional.
El
expresidente ya fue absuelto a finales de 2018 en el llamado caso
Pasarelas, al aplicarse la reforma legal introducida por el PP que
impedía alargar la instrucción más allá de los seis meses, aunque sigue
imputado en el caso Auditorio. Ambos procesos están motivados por
decisiones adoptadas por Sánchez cuando era alcalde de Puerto Lumbreras.
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