domingo, 1 de octubre de 2017

El TSJ rechaza el recurso de un sindicato contra la convocatoria de la lista de espera de bomberos

MURCIA.- La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ) ha desestimado el recurso que la sección sindical de la Central General del Trabajo (CGT) en el Consorcio de Extinción de Incendios presentó contra la sentencia que rechazó la demanda interpuesta contra la convocatoria de una lista de espera publicada en mayo de 2013 para la provisión de 23 plazas de bombero-conductor.

Los recurrentes alegaron al hacer la impugnación que se había producido la nulidad de pleno derecho por infringir el principio de jerarquía normativa, además de que se vulneraban los Estatutos del propio Consorcio, que solo admite, afirmaba el sindicato, la integración en su plantilla de funcionarios de carrera y personal laboral.
Por su parte, las representación de la Junta de Personal del Consorcio y el sindicato CSIF solicitaron también la nulidad por no haber existido negociación colectiva y por vulneración del Estatuto Básico del Empleado Público.
Todas las alegaciones fueron desestimadas por el Juzgado de lo Contencioso al que correspondió el asunto, por lo que los recurrentes acudieron en apelación al TSJ, donde sus pretensiones tampoco han prosperado.
La Comunidad Autónoma, al oponerse a la estimación del recurso, señaló que la convocatoria combatida no exigía la previa negociación colectiva.
Además, expuso que los funcionarios interinos nombrados lo fueron tras acreditar sus condiciones físicas y psicotécnicas al superar las pruebas correspondientes.
El TSJ, al rechazar el recurso, comenta que la administración no está obligada a convocar procesos selectivos anuales para cubrir con funcionarios de carrera las plazas permitidas en las leyes de Presupuestos cuando se trata de plazas que ni siquiera estaban incluidas en ninguna oferta de empleo público.
Al desestimar los recursos, la Sala condena a sus autores al pago de las costas generadas por los mismos.

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