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miércoles, 14 de noviembre de 2018

Los 45 municipios de la Región ofrecerán asistencia técnica a las familias en riesgo de desahucio

MURCIA.- El Servicio de Orientación y Mediación Hipotecaria y de la Vivienda de la Región de Murcia (SOMH) contará con puntos de información en los 45 municipios, cuyos técnicos municipales proporcionarán la primera asistencia a las familias en riesgo de perder su vivienda por impago de hipoteca o del alquiler.

La extensión de este servicio regional al ámbito local es fruto de un acuerdo entre la Comunidad Autónoma y la Federación de Municipios de la Región de Murcia (FMRM), que pretende facilitar el acceso a este servicio regional gratuito que media y negocia con las entidades acreedoras y con los arrendadores.
El director general de Ordenación del Territorio, Arquitectura y Vivienda, José Antonio Fernández Lladó, presentó hoy la primera de las cinco jornadas de formación y divulgación del SOMH a la que están convocados técnicos de los Ayuntamientos de Abanilla, Abarán, Alcantarilla, Alguazas, Archena, Beniel, Blanca, Ceutí, Cieza, Fortuna, Las Torres de Cotillas, Lorquí, Molina de Segura, Murcia, Ojós, Ricote, Santomera, Ulea y Villanueva del Segura.
El próximo miércoles, 21 de noviembre, se celebrará el segundo encuentro en Cartagena, al que seguirán otros en Lorca, Yecla y Caravaca de la Cruz.
"El Gobierno regional quiere acercar este servicio a los municipios y establecer canales de colaboración con ellos para evitar el drama que supone la pérdida de la vivienda", explicó José Antonio Fernández Lladó, que recordó la Comunidad Autónoma lleva prestando este servicio desde hace cuatro años.
Durante la jornada se expusieron las distintas funciones que el servicio regional ofrece, que abarcan desde la orientación e información general, el asesoramiento jurídico-financiero a la familia hasta la mediación hipotecaria con entidades financieras. 
Esta última está encaminada a consensuar planes de reestructuración de la deuda, rebaja del tipo de interés, carencia de capital e intereses, quita, dación en pago y alquiler social a las familias más vulnerables.
El director general recordó la "imprescindible colaboración" de los colegios oficiales de abogados, procuradores, economistas y agentes de la propiedad inmobiliaria para prestar esta asistencia pública a las personas en riesgo de desahucio.
Además de las funciones del SOMH, durante la jornada se explicó a los técnicos el avance normativo respecto a los desahucios que se ha producido en los últimos años. 
Fernández Lladó indicó que la normativa actual asegura a las familias que estén en situación de "especial vulnerabilidad" mantener su vivienda puesto que el banco tiene la obligación de negociar con ellos, y además tienen derecho a un alquiler social.
"La nueva normativa estatal sobre protección para los deudores hipotecarios sin recursos, aprobada en marzo del año pasado, ha supuesto un gran avance", destacó el director, quien añadió que "se han ampliado los supuestos de suspensión de lanzamiento y se dio una moratoria hasta mayo de 2020 para los colectivos especialmente vulnerables".
Además del Servicio de Orientación y Mediación Hipotecaria, la Comunidad concede una serie de ayudas directas a las familias en situación de riesgo de desahucio. 
El Gobierno regional ha puesto a disposición de las familias una nueva línea de subvenciones, enmarcadas en el Plan de Vivienda 2018-2021, que pueden ascender hasta 400 euros al mes para financiar el cien por cien del alquiler de una vivienda durante tres años.
Asimismo, la Comunidad mantiene una vía de colaboración con Cáritas y Columbares para financiar a familias sin recursos y en situación de especial vulnerabilidad el alquiler de sus viviendas para evitar el desahucio. A estas ayudas se suma la red de más de 3.000 viviendas públicas de la Comunidad destinadas a familias sin recursos y que son ocupadas en régimen de alquiler, en un 80 por ciento.

miércoles, 5 de septiembre de 2018

Urralburu: "Mañana podrían frenarse los desahucios, si tuviésemos un gobierno decente que cumpliese la ley Regional de Vivienda"

CARTAGENA.- Óscar Urralburu ha denunciado la inacción y pasividad del gobierno regional al no desarrollar la Ley de Vivienda de la Región de Murcia, aprobada desde hace dos años, y donde el ejecutivo del PP ha continuado en una actitud pasiva, desoyendo una vez más el mandato de la Asamblea Regional, y negando a la ciudadanía un derecho social, como es el de no dejar a la gente en la calle, habiendo una Ley Regional que los protege. 

Para Urralburu: "Mañana podrían terminar los desahucios, si los murcianos y las murcianas tuviésemos un gobierno decente que cumpliese la ley".
En este sentido, el Secretario regional de Podemos ha explicado que la Ley Regional de Vivienda, aprobada por la Asamblea Regional, recoge medidas para evitar que las familias se vean en la calle por impagos, también en el caso del alquiler, con mecanismos como que los propietarios de viviendas puedan suscribir un convenio con la Comunidad para sumarse de manera voluntaria a un proceso de mediación extrajudicial con inquilinos que tengan dificultades económicas para hacer frente a las a los pagos.
Por otra lado, Urralburu ha asegurado que en esta Región se está creando una "burbuja" alrededor del alquiler que afecta a un amplio espectro de la población. Ha apuntado que "es urgente la puesta en marcha de un índice de referencia por zonas y municipios para rastrear los precios actuales de las casas en alquiler y determinar unas rentas recomendables y que el Estado establezca un sistema que limite el precio máximo de los alquileres en las zonas que vivan tensión de precios, donde las rentas hayan subido por encima de la media. No se trata de dar ayudas, se trata de hacer que los alquileres realmente bajen".
Finalmente, ha exigido al Gobierno regional la aplicación inmediata de la Ley Regional antidesahucios para atajar con el "dramático el desamparo en el que el gobierno del PP en la Región de Murcia tiene a la ciudadanía".

jueves, 28 de junio de 2018

Una vecina de San Javier y sus seis hijos serán desahuciados el lunes

MURCIA.- Una mujer víctima de malos tratos y sus seis hijos, de entre 3 y 11 años, serán desahuciados en San Javier el próximo lunes, 2 de julio, como consecuencia de un procedimiento instado por los abuelos de los niños, según ha denunciado hoy la Plataforma de Afectados por la Hipoteca en la Región.

Según la PAH, por el momento ni la consejería de Fomento, ni el ayuntamiento de la localidad han encontrado una alternativa para la mujer y sus hijos, a pesar de ser víctima de la violencia machista.
La Plataforma asegura que el exmarido fue condenado por un juzgado de Cartagena, sentencia que fue ratificada por la Audiencia Provincial.
La plataforma ha convocado a vecinos, activistas y movimientos feministas, el lunes a las nueve de la mañana, para ayudar y proteger a la familia en el número uno de la calle Los Hondos, de San Javier.

jueves, 7 de junio de 2018

Murcia, cuarta comunidad con más desahucios por ejecuciones hipotecarias

MADRID.- Murcia, con un total de 416, es la cuarta comunidad en número de desahucios practicados por ejecuciones hipotecarias en el primer trimestre del año, según los datos publicados hoy por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

En España, el número de lanzamientos hipotecarios o desahucios practicados de enero a marzo fue de 15.907, lo que supone un descenso del 6,7 % en tasa interanual, el cuarto consecutivo.
A tenor del informe sobre los efectos de la crisis en los órganos judiciales, la caída obedece fundamentalmente a la bajada del 20,2 % en los desahucios consecuencia de ejecuciones hipotecarias (5.371), en tanto que los lanzamientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) subieron, en cambio, el 1,1 % (9.719).
Los datos revelan además que el número de lanzamientos solicitados hasta marzo fue de 18.859, un 5,4 % menos que en el mismo periodo del año anterior, de los cuales 11.219 terminaron con cumplimiento positivo, cifra que representa un descenso interanual del 4,6 %.
Con todo, como apunta el CGPJ en nota de prensa, el hecho de que un lanzamiento sea solicitado a los servicios comunes de notificaciones y embargos no supone que éste haya sido ya ejecutado.
Por comunidades autónomas, Cataluña, con 3.807 (el 23,9 % del total nacional) registró el mayor volumen de desahucios ejecutados durante el trimestre, seguida por Andalucía, con 2.829; Comunidad Valenciana, con 2.116; y Madrid, con 1.720.
Estos cuatro territorios acumularon el 65,8 % del total de lanzamientos practicados en España en los tres primeros meses del 2018.
Atendiendo únicamente a los lanzamientos consecuencia de procedimientos de la LAU, encabezó nuevamente la clasificación Cataluña, con 2.366, seguida en este caso por Madrid, con 1.399; Andalucía, con 1.353, y la Comunidad Valenciana, con 1.201.
En cuanto a los desahucios por ejecuciones hipotecarias, Andalucía (1.346), Cataluña (1.104), Comunidad Valenciana (862) y Murcia (416) ocupan los cuatro primeros puestos.
El informe destaca igualmente el retroceso en las ejecuciones hipotecarias, o embargos de una propiedad para su venta tras el impago de un crédito, presentadas en este mismo periodo, cuando cayeron un 34,1 % hasta las 6.903.
Un descenso que se observa en todas las comunidades, con la excepción de Asturias y La Rioja.
Como sucediera con los desahucios, Cataluña con 1.298 (el 18,8 % del total); Andalucía, con 1.219; Comunidad Valenciana, con 946; y Madrid con 673, fueron los territorios con más incidencias de este tipo.

Crecen un 6,2% los desahucios en la Región por no pagar el alquiler

MURCIA.- El número de desahucios realizados en la Región de Murcia durante el primer trimestre de 2018 fue de 801, lo que supone un aumento del 6,2% respecto a los registrados en el mismo periodo del año pasado, según el informe 'Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales', que la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial hizo público este jueves.

La subida obedece fundamentalmente a los lanzamientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que experimentaron un crecimiento del 38,2%, al pasar de 266 a 358. 
Por el contrario, la cifra de lanzamientos consecuencia de ejecuciones hipotecarias bajaron un 11,3%, pasando de los 469 del primer trimestre del año anterior a los 416 practicados entre los pasados 1 de enero y 31 de marzo. Hubo además 27 lanzamientos que obedecieron a otras causas.
Cataluña con 3.807, el 23,9% del total nacional, fue la Comunidad Autónoma en la que se practicaron más lanzamientos en el trimestre; seguida por Andalucía, con 2.829; la Comunidad Valenciana, con 2.116; y Madrid, con 1.720. Estos cuatro territorios sumaron el 65,8% de todos los lanzamientos practicados en España en ese periodo, según informaron fuentes del TSJ de Murcia en un comunicado.
Atendiendo solo a los lanzamientos consecuencia de procedimientos derivados de la LAU, también aparece Cataluña en el primer lugar, con 2.366; seguida por Madrid, con 1.399; Andalucía, con 1.353; y la Comunidad Valenciana, con 1.201. En cuanto a los derivados de ejecuciones hipotecarias, la clasificación la encabeza Andalucía, con 1.346; seguida por Cataluña, con 1.104; la Comunidad Valenciana, con 862; y la Región de Murcia, con 416.
El informe publicado por la Sección de Estadística revela también que el número de ejecuciones hipotecarias presentadas en el primer trimestre del año fue de 658, lo que supone una disminución del 29,8% en relación con el mismo periodo del año anterior. Este descenso interanual se observa con todas las Comunidades Autónomas, con la excepción de Asturias y La Rioja.
La Comunidad Autónoma con mayor número de ejecuciones hipotecarias iniciadas fue Cataluña, con 1.298, el 18,8% del total nacional. Le siguen Andalucía, con 1.219; la Comunidad Valenciana, con 946; y Madrid, con 673.
El número de concursos presentados entre el 1 de enero y el 31 de marzo de este año, contabilizando los presentados en los Juzgados de lo Mercantil y los de personas físicas registrados en los Juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción fue de 65, de los que 30 correspondieron a personas naturales no empresarios.
En los Juzgados de lo Mercantil se ha observado un incremento del 2,9% en el número de concursos presentados en la Región de Murcia. En cuanto a los concursos presentados por personas físicas, el aumento interanual es del 35,4%, al pasar de 14 en el primer trimestre de 2017 a 30 en el mismo periodo de este año.
Por otra parte, el número de concursos declarados en el primer trimestre en los Juzgados de lo Mercantil fue de 16, un 40,7% menos que en el mismo periodo del año anterior. A esta cifra se añaden los 5 concursos declarados y concluidos al amparo del artículo 176 bis 4 de la Ley Concursal.
Además, en el primer trimestre de 2017 llegaron a la fase de convenio un total de 3 concursos, mientras que entraron en fase de liquidación 28. Respecto a los expedientes del artículo 64 de la Ley Concursal, relativo a la modificación sustancial de las condiciones de trabajo de carácter colectivo (ERE), se presentó 1.
El primer trimestre de 2018 registró un incremento interanual en las demandas por despido. Las 808 demandas por despido presentadas en los Juzgados de lo Social entre el 1 de enero y el 31 de marzo suponen un aumento interanual del 1%.
Madrid con 5.087, el 18,4% del total nacional, fue la Comunidad Autónoma en la que se presentaron más demandas de este tipo. Le siguieron Cataluña, con 4.966; Andalucía, con 4.145; y la Comunidad Valenciana, con 3.675. Esta última es la que ha experimentado un incremento interanual del número de demandas por despido más importante, del 35%.
Mientras tanto, las demandas de reclamaciones de cantidad aumentan. Las 735 presentadas en el primer trimestre del año representan un 41,6 % más que las presentadas en el mismo periodo de 2017. El mayor número se ha dado en Madrid, con 6.640, lo que supone un 21,1 % del total nacional. Le siguen Andalucía, con 4.771; y Cataluña, con 3.737.
Los procedimientos monitorios presentados en el primer trimestre del año en los Juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción fueron 5.705, lo que supone un incremento 24,3 % respecto al mismo periodo de 2017.
La Región de Murcia, junto con Castilla y León, Extremadura y Canarias observan incrementos interanuales superiores al 20%.
Este tipo de procedimiento sirve para reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles, e incluyen las cantidades debidas en concepto de gastos comunes de comunidades de propietarios de inmuebles urbanos.

lunes, 21 de mayo de 2018

Los desahucios en la Región se reducen en un 60% desde 2013

MURCIA.- Los desahucios en la Región se han reducido en un 60% desde 2013 gracias al servicio de orientación y mediación hipotecaria y de vivienda que ofrece la Consejería de Fomento, según informó este lunes su titular, Patricio Valverde, en rueda de prensa.

Valverde se reunió con los Colegios de Abogados, Procuradores y Economistas, y con la Federación de Ayuntamientos de Murcia para renovar el servicio de orientación y mediación hipotecaria y de vivienda, que lleva activo cinco años de forma gratuita.
Indicó que desde comienzos de año la cifra sigue en descenso y que pretenden adelantarse tanto a los agentes de la propiedad inmobiliaria como a los bancos para conseguir información y que no lleguen al desahucio final, por lo que difundirán el teléfono de contacto (012) y realizarán una campaña de comunicación con el objetivo de que todos los ciudadanos conozcan este servicio. 
Valverde incidió en la necesidad de que «no solo los colegios sino también los jueces estén implicados, para poder evitar los desahucios».
El decano del Colegio de Economistas de la Región de Murcia, Ramón Madrid, insistió en que los ciudadanos acudan con antelación al 012 ya que la mayoría de sus fracasos se producen porque los propietarios llegan ya con el procedimiento muy avanzado y deben «recurrir antes a ese servicio para que sea más fácil el trámite».
Asimismo, el consejero confirmó que se va a reunir con la plataforma para el soterramiento de las vías, para lo que, según confesó, ya se está informando de cara a conseguir soluciones que satisfagan a los vecinos del barrio de Santiago el Mayor.
El decano del Colegio de Abogados de Lorca, Ángel García, al ser preguntado por la huelga de jueces y fiscales, indicó que están de acuerdo con cualquier reivindicación para modernizar y agilizar los procesos judiciales pero que esta huelga también se debe a cuestiones laborales particulares de los jueces.
García explicó que el viernes ya hubo una reunión del Consejero General de la Abogacía Española para tratar asuntos muy concretos que se estaban demandando desde hace tiempo y «están pendientes del resultado», y adelantó que se van a mejorar los turnos de oficio que prestan los abogados para actualizarlos y que a pesar de que la huelga supone la paralización de muchos juicios y que no se celebren otros se van a posponer a la semana siguiente.

jueves, 19 de abril de 2018

Once desahucios al día se producen en la Región

MURCIA.- En la Región de Murcia se producen once desahucios al día y la cifra aumentará, sobre todo vinculada a desalojos por impagos de alquiler, según ha asegurado hoy el portavoz de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH), Francisco Morote.

Durante un acto en Lorca ha explicado que el origen de la mayor parte de los desahucios está en "las situaciones de desempleo y precariedad" y se ha referido a los desalojos relacionados con la pérdida de poder adquisitivo de pensionistas y de gente que si tiene trabajo, pero precario y con ingresos que no les permiten hacer frente a los gastos de vivienda.
Según ha indicado el Consejo General del Poder Judicial no ha hecho públicos aún los datos de ejecuciones hipotecarias del primer trimestre del año, pero la PAH maneja indicadores que "apuntan a que no solo no se van a reducir sino que se pueden incrementar".
Morote ha explicado que eso ocurrirá cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) responda al Tribunal Supremo español sobre las cláusulas abusivas de vencimiento anticipado e intereses de demora.
Ha recordado que en la Región hay 50.000 procedimientos paralizados en su tramitación por este asunto en los juzgados murcianos que se van a reactivar en breve, lo que indica que "los desahucios no se han paralizado, sino que van a aumentar paulatinamente".
Junto a ese indicador la PAH también prevé otro factor de aumento de los desalojos inmobiliarios provocado por la "burbuja" creciente de los precios de alquiler de viviendas en la Región.

miércoles, 28 de marzo de 2018

Convenio entre la CARM y la Federación de Municipios para asesorar a personas en riesgo de desahucio

MURCIA.- El Consejo de Gobierno ha dado hoy luz verde a la celebración de un convenio de colaboración entre la Comunidad Autónoma, a través de la Consejería de Presidencia y Fomento, y la Federación de Municipios de la Región de Murcia para prestar ayuda, información y colaboración a personas que se encuentran en una situación de especial vulnerabilidad y estén en riesgo de sufrir un desahucio.

Con este convenio se renueva la colaboración que mantienen ambas instituciones para la puesta en funcionamiento del Servicio de Orientación y Mediación Hipotecaria y de la Vivienda, con la intención de seguir prestando el mejor servicio en esta materia a las personas que estén en una situación de grave carencia por el impago de créditos hipotecarios y evitar, en la medida de lo posible, procedimientos de desahucio.
Asimismo, a través de este servicio gratuito, dependiente del Ejecutivo regional, se ahondará en la prevención, diagnóstico y capacidad de encontrar alternativas en la resolución del conflicto hipotecaria y de la vivienda.
La Comunidad atenderá a todas las personas afectadas por un procedimiento de ejecución hipotecaria que soliciten asesoramiento e información y las remitirá a este servicio, que realizará las actuaciones oportunas encaminadas a la interlocución para evitar la pérdida de la vivienda.
Los Servicios Sociales de los municipios informarán a todas las personas sobre el Servicio de Orientación y Mediación Hipotecaria y de la Vivienda y, una vez comprobado que los solicitantes pueden acceder a la mediación con las entidades de crédito, remitirán toda la documentación al Servicio de Orientación. También informarán sobre las ayudas sociales que se prestan desde el IMAS para poder acceder a las prestaciones y las bolsas de viviendas de alquiler, tanto las que dispongan las entidades bancarias y las viviendas de promoción pública.
Desde su puesta en marcha en 2013, el Servicio ha atendido a un total de 1.155 personas para informar y realizar labores de mediación con entidades de crédito al objeto de evitar, en la medida de lo posible, procedimientos de desahucio del domicilio de las personas afectadas y sus familias. El 70 por ciento de las personas atendidas resolvió positivamente su situación.
En 2017, se asistió a 271 personas que se encontraban en riesgo de pérdida de su vivienda habitual y en casos de impago de alquiler de la vivienda habitual.

viernes, 23 de marzo de 2018

Los jueces no podrán detener desahucios en casos de deslealtad

MADRID.- ¿Debe de­te­nerse un desahucio si el banco ha sido opaco a la hora de co­mer­cia­lizar la hi­po­teca o al­guno de sus pro­ductos vin­cu­la­dos? Según Nils Wahl, el abo­gado ge­neral del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), no. Y según la le­gis­la­ción es­pañola, sobre la que sos­tiene su opi­nión y su dic­ta­men, tam­poco, publica hoy Capital Madrid

 El ju­rista ha ma­ni­fes­tado esta pos­tura des­pués de que un juez de pri­mera ins­tancia de Cartagena pre­sen­tara una cues­tión pre­ju­di­cial ante el TJUE con­cer­niente a un pleito por una eje­cu­ción hi­po­te­caria ins­tada por Bankia.
El contrato de préstamo hipotecario, firmado por Bankia y tres particulares, fue renovado en una ocasión, en la que se rebajó el precio del inmueble -residencia habitual de los afectados- y se incrementó el capital prestado y el plazo de pago. Los usuarios no cumplieron sus obligaciones de pago de cuotas y, en consecuencia, la entidad inició la ejecución hipotecaria.
Los consumidores llevaron el asunto a los tribunales, aduciendo que el banco les había inducido a error, utilizando la ampliación del período de pago como un "cebo" para modificar en la relación contractual una tasación a la baja del inmueble que jugaba claramente en su contra.
El magistrado español pidió resolución a una duda sencilla: ¿puede un juez detener un procedimiento de ejecución hipotecaria si considera que ha existido deslealtad en las prácticas comerciales de la entidad financiera?
Deslealtad y cláusulas abusivas no son lo mismo, según Wahl Wahl, que argumenta en su dictamen que tanto la legislación española como la comunitaria disponen que cuando el juzgador detecte casos de mala praxis comercial, se debe canalizar dicho supuesto a un proceso declarativo paralelo, sin que la presunta práctica desleal condicione el proceso de ejecución hipotecaria.
Buceando en la jurisprudencia del TJUE, se puede encontrar una sentencia que autoriza al juez nacional a paralizar el proceso de deshaucio en caso de que existan cláusulas abusivas en el contrato de préstamo hipotecario.
No obstante, la inclusión de estas cláusulas y la deslealtad u opacidad en la actividad comercial son supuestos muy diferentes, según la interpretación del abogado general, y deben ser tratados en procesos diferenciados.
Las conclusiones del abogado general no tienen carácter vinculante para el TJUE, aunque es práctica común que las sentencias se ajusten a las mismas.

lunes, 5 de marzo de 2018

Los desahucios por impago de alquiler se dispararon un 28% en la Región el año pasado

MADRID.- El número de ejecuciones hipotecarias iniciadas en 2017 fue de 2.571 en la Región de Murcia, lo que representa un descenso del 21,2% respecto a las presentadas el año anterior, según el informe 'Efectos de la crisis económica en los órganos judiciales' que hizo público este lunes la Sección de Estadística del Consejo General del Poder Judicial.

Es la cifra más baja de las registradas desde 2008, cuando se iniciaron 2.715 ejecuciones hipotecarias. En 2009 fueron 4.575; en 2010, 4.975; en 2011, 4.154; en 2012, 4.826; en 2013, 3.810; en 2014, 3.810; en 2015, 4.002, y en 2016, 3.261.
Cantabria fue la única Comunidad Autónoma en la que no se registró una bajada de las ejecuciones hipotecarias el año pasado, con un aumento del 2,1%. Por el contrario, los descensos fueron superiores al 50% en Aragón, Cataluña, Navarra y La Rioja.
En términos absolutos, Andalucía fue el territorio donde se presentaron más ejecuciones hipotecarias en 2017 (7.002), seguido por Cataluña (4.635) y la Comunidad Valenciana (4.558).
El número de lanzamientos practicados el año pasado en Murcia fue de 2.789, lo que supone un descenso del 8,9% respecto a los 3.063 de 2016. Los lanzamientos afectan a distintos tipos de inmuebles, no solo viviendas y, en el caso de éstas, no solo a vivienda habitual.
Casi seis de cada diez lanzamientos -2.789, el 57,3%- se derivaron de ejecuciones hipotecarias, mientras que otros 1.108 –el 39,7%- fueron consecuencia de procedimientos derivados de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y los 84 restantes obedecieron a otras causas.
Los lanzamientos por impago del alquiler experimentaron un aumento del 28,2% en 2017, mientras que los derivados de ejecuciones hipotecarias bajaron un 24,9%.
Cataluña –con 13.308, el 21,9 % del total nacional- fue la Comunidad Autónoma en la que el año pasado se practicaron más lanzamientos, seguida por Andalucía -con 10.437- y la Comunidad Valenciana, con 8.207.
Atendiendo solo a los lanzamientos consecuencia de procedimientos derivados de la LAU, la clasificación la encabeza también Cataluña, con 8.624; seguida en esta ocasión por la Comunidad de Madrid, con 5.001; y por Andalucía, con 4.713. En cuanto a los lanzamientos consecuencia de ejecuciones hipotecarias, los tres primeros lugares los ocupan Andalucía (5.150), la Comunidad Valenciana (3.885) y Cataluña (3.832).

Los concursos presentados descienden un 25%

El número de concursos presentados en 2017 fue de 156, un 25,4% menos que los registrados el año anterior. De ellos, 73 corresponden a concursos presentados por personas físicas sin actividad empresarial –cuya competencia corresponde desde el 1 de enero de 2015 a los Juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción-, mientras que los otros 83 se registraron en los Juzgados de lo Mercantil.
Los juzgados de la Región de Murcia declararon 149 concursos de acreedores, 127 voluntarios y 22 necesarios. De las 131 empresas concursadas, 5 pertenecían a la agricultura y pesca, 16 a la industria, 20 a la construcción, 36 al comercio y transporte, 8 a la hostelería y el resto al sector servicios. Sólo una de ellas superaba los 100 empleados y dos los 10 millones de euros en volumen de negocio.
De los concursos abiertos en 2017, 10 se encuentran en fase de convenio, 60 están en fase de liquidación y 8 se han declarado concluidos, por apreciarse, como establece la Ley Concursal, que el patrimonio del concursado no puede satisfacer los créditos contra la masa.
En la Región, durante el pasado año, se presentaron 8 expedientes de regulación de empleo (ERE), procedimiento que inician las entidades declaradas en concurso que proceden a una de modificación sustancial y de carácter colectivo de las condiciones de sus trabajadores.
La Comunidad Autónoma donde se presentaron más concursos de personas físicas –que en toda España experimentaron un incremento del 41,7 %- fue Cataluña, con 799. Le siguieron la Comunidad Valenciana, con 349, y Madrid, con 279.
También fue Cataluña el territorio donde más concursos de empresas se registraron ante los Juzgados de lo Mercantil, con 1.067 –el 19,9 % del total nacional-, seguido por Madrid –con 918- y por la Comunidad Valenciana, con 798.

Las demandas por despido aumentan un 8%

Las 3.209 demandas por despido presentadas en los Juzgados de lo Social en 2017 supusieron un incremento del 8% respecto a las registradas el año anterior.
Por territorios, Madrid –con 20.552, el 19,6 % del total nacional- es la Comunidad Autónoma en la que se presentaron más demandas de este tipo, seguida por Cataluña –con 18.275- y Andalucía, con 16.066.
Además, los Juzgados de lo Social registraron el año pasado 2.698 reclamaciones de cantidad, un 17,3% más que en 2016.

Procedimientos monitorios

El informe de la Sección de Estadística señala asimismo que los procedimientos monitorios presentados el año pasado en los Juzgados de Primera Instancia y de Primera Instancia e Instrucción fueron 17.681, un 13,9% menos que en 2016.
Este tipo de procedimiento sirve para reclamar deudas dinerarias líquidas, determinadas, vencidas y exigibles, e incluyen las cantidades debidas en concepto de gastos comunes de comunidades de propietarios de inmuebles urbanos.

martes, 20 de febrero de 2018

Se necesitan 365 días para desalojar a un inquilino moroso en Murcia

MURCIA.- El Índice de Mercado del Alquiler de la Vivienda(IVAM), uno de los principales indicadores del estudio, es el que corrobora que en la actualidad el mercado todavía no se enfrenta a un nuevo 'boom' inmobiliario en el sector del alquiler.

El dato del IMAV en Murcia alcanza los 0,97 puntos. Una cifra que indica que el sector está en una situación de equilibrio, ya que el valor se sitúa dentro del intervalo 0,8 y 1,4; lo que significa que existe una estabilidad entre oferta y demanda, "propia de un mercado sano y maduro", según se desprende de la Radiografía del Mercado del Alquiler 2018 realizada por Alquiler Seguro. Sin embargo, el estudio muestra también que es la segunda provincia en la que más tiempo se tarda en desalojar a un inquilino.
En este sentido, el estudio de Alquiler Seguro desvela que un arrendador necesita 365 días para desalojar a un inquilino moroso, desde que este deja de hacer frente al pago de las rentas hasta que se hace efectiva la demanda de desahucio. Una cifra alcanza el año y que se sitúa por encima de la media nacional, que se establece en los 344 días.
La Radiografía del Mercado del Alquiler 2018, también muestra el tipo de vivienda que más se alquila en Murcia. Concretamente, en la provincia, de los 46.570 inmuebles alquilados, la tipología de casa más común es aquella que tiene una media 87,50 metros cuadrados de superficie construida y que dispone de tres habitaciones y un cuarto de baño.

lunes, 18 de diciembre de 2017

El TS abre la puerta a la revisión de todos los desahucios previos a marzo de 2013


MADRID.- Ha pasado bastante desapercibida y, sin embargo, podría poner en serios apuros, una vez más, a las entidades financieras. El pasado 27 de septiembre, el Tribunal Supremo dictaminaba la inexistencia de cosa juzgada en las ejecuciones hipotecarias anteriores a 2013. La sentencia del Alto Tribunal supone, en la práctica, que miles de consumidores que fueron lanzados y perdieron su vivienda antes de esa fecha podrían reclamar posibles daños y perjuicios si su hipoteca contenía cláusulas abusivas, a juicio de El Confidencial.

Para entender la trascendencia de esta sentencia hay que remontarse al 14 de marzo de 2013. Hasta esa fecha, los jueces españoles encargados de juzgar una ejecución hipotecaria instada por una entidad financiera contra un particular, no podían frenar dicho procedimiento aunque en la hipoteca firmada detectase la existencia de cláusulas abusivas -cláusulas suelo, vencimiento anticipado, intereses de demora...-.
Ese día, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) emitió una sentencia en la que consideraba que la legislación española que regula los procedimientos de ejecución hipotecaria vulneraba la normativa europea comunitaria de protección de los consumidores y daba luz verde a que los jueces españoles pudieran paralizar todos aquellos procedimientos en los que considerasen que las hipotecas firmadas por los afectados contenían cláusulas o condiciones abusivas. 
 El fallo del tribunal europeo fue aplicable a partir de esa fecha en los procesos que estaban vivos en aquel momento, así como en las sentencias pendientes de dictar. Sin embargo, dicha sentencia no entraba a valorar qué sucedía con los casos ya juzgados.
El Supremo ha arrojado luz sobre todos estos casos ya juzgados y, aparentemente cerrados. Y es que el Alto Tribunal considera que en las ejecuciones hipotecarias anteriores a dicha fecha, los jueces no podían revisar de oficio el carácter abusivo de las cláusulas presentes en los contratos hipotecarios ni los consumidores podían oponerse a la ejecución alegando la presencia de dichas cláusulas, por lo que entiende el TS que dichos procedimientos de ejecución hipotecaria no tienen eficacia de cosa juzgada.
"El Tribunal Supremo abre nuevas vías de reclamación para aquellos afectados que vieron cómo en el periodo anterior a la promulgación de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social -que recoge los efectos dela sentencia del TJUE- les ejecutaron su vivienda sin posibilidad de alegar la abusividad de determinadas cláusulas de su contrato de préstamo hipotecario", señala Javier Moreno Arbizu socio de LEAN Sevilla.
"Dicha sentencia abre la posibilidad, además, a reclamar los posibles daños y perjuicios derivados de la pérdida de la vivienda habitual en aplicación de una cláusula potencialmente abusiva como es la del “vencimiento anticipado”, que otorga al banco la posibilidad de ejecutar la hipoteca con el impago de una sola cuota, cuando no pudo oponerse al tiempo de la ejecución", añade Javier Moreno Arbizu. Es decir, el afectado no podrá recuperar ya la vivienda pero al menos sí podrá exigir una compensación económica por ello.

Antes los jueces no podían actuar de oficio

Los antecedentes de este caso se remontan a un préstamo hipotecario de fecha 11 de septiembre de 2007, cuya finalidad era la financiación de la adquisición de una vivienda. Ante el impago por los prestatarios de cuatro cuotas del préstamo, la entidad bancaria (Celeris Servicios Financieros) inició un procedimiento de ejecución hipotecaria, despachándose ejecución el 2 de febrero de 2009 y subastándose la vivienda el 18 de noviembre de 2010.
Posteriormente, el consumidor presentó una demanda el 4 de julio de 2013 frente a la entidad bancaria solicitando la nulidad de pleno derecho, por abusivas, de una serie de cláusulas del contrato de préstamo hipotecario, entre ellas, la de los intereses de demora solicitando el reintegro de la liquidación de intereses practicada en la ejecución hipotecaria.
"La entidad bancaria alegaba el efecto de cosa juzgada al haberse ventilado ya las cuestiones relativas al referido contrato de préstamo hipotecario en un proceso ejecutivo anterior. Sin embargo, el Tribunal Supremo concluye la improcedencia de la apreciación de la cosa juzgada cuando en el proceso ejecutivo previo no había posibilidad procesal para oponer la abusividad de las cláusulas contractuales que se aduce en el declarativo posterior", apunta Moreno Arbizu.
En este sentido, explica la sentencia del TS que "el contrato incluía una serie de condiciones generales de la contratación que no se podían alegar al tiempo de la ejecución hipotecaria, pues la normativa legal vigente no permitía su oposición mediante la alegación de la abusividad de cláusulas contractuales que hubieran servido de fundamento al despacho de la ejecución. Ello nace con la promulgación de la Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. Tampoco estaba aún prevista la aplicación del control de oficio por el juez nacional, al no haberse dictado aun la STJUE de 14 de marzo de 2013", añade este abogado.
Con ello, el Supremo termina dando la razón al consumidor y declarando la nulidad de la cláusula que fijaba el interés de demora de 26,564%, condenando a la entidad bancaria a reintegrar la cantidad de 11.048,19 euros que fueron tasados en la ejecución hipotecaria en concepto de intereses moratorios.
"La entidad financiera viene a decir que los consumidores no hicieron nada que evitase que las cosas quedaran resueltas como constan. Les acusa de pasividad en la fase de oposición a la ejecución y cuando se les dio traslado de la liquidación de intereses. Los altos magistrados, sin embargo, hacen valer que en esos momentos la legislación no permitía oponerse alegando abusividad. Tampoco el control de oficio por el juez , ya que aún no se había pronunciado el TJUE en sentencia del 14 de marzo de 2013", señalan desde la Asociación de Usuarios Financieros (Asufin).

sábado, 16 de septiembre de 2017

La CARM solicita al Ministerio de Justicia firmar un convenio para luchar contra los desahucios


MURCIA.- El consejero de Presidencia y Fomento, Pedro Rivera, le trasladó ayer a la secretaria de Estado de Justicia, Carmen Sánchez-Cortés, la importancia de incrementar los esfuerzos para frenar los casos de desahucios y le mostró el interés del Gobierno regional en firmar un convenio con el Ministerio de Justicia para acelerar la detección e intervención ante situaciones de vulnerabilidad y riesgo de exclusión social relacionadas con el lanzamiento de la vivienda en la Región de Murcia.

El consejero Pedro Rivera explicó que el convenio pretende "fijar los compromisos y protocolos de actuación y comunicación entre la Administración de Justicia y la Comunidad para que se constate la situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social de las personas afectadas por un lanzamiento de su vivienda".
Para ello se recomienda tener en cuenta el umbral de exclusión y el de la especial vulnerabilidad, incluidos en el Real Decreto Ley 6/2012 o la Ley 1/2013 de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, o en cualesquiera otros que la evidencien.
Rivera recordó que el Ejecutivo autonómico "mantiene en la actualidad iniciativas muy activas y, además, pone todos los servicios regionales a disposición de las familias en riesgo de exclusión y con dificultades económicas para garantizar el acceso y la permanencia de los murcianos con dificultades económicas en su vivienda habitual".
En concreto, a través del Servicio de Orientación y Mediación Hipotecaria y de la Vivienda, dependiente del Gobierno regional, se realiza una labor de mediación para llegar a soluciones consensuadas que permitan evitar sus desahucios y el lanzamiento de sus viviendas.
En esta tarea, la Comunidad trabaja de forma coordinada con el Tribunal Superior de Justicia, la Federación de Municipios, los Servicios de Mediación de los diferentes ayuntamientos de la Región, los Colegios de Abogados de Murcia, Cartagena y Lorca, los Colegios de Procuradores de Murcia, Cartagena, Lorca y Yecla, el Colegio de Economistas de la Región, el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y entidades financieras. En todo momento se da al ciudadano un servicio integral de apoyo a las familias en riesgo de desahucio.
Además, el Gobierno regional y las asociaciones Cáritas y Columbares colaboran en la concesión de subvenciones para el pago del alquiler de viviendas arrendadas a familias en riesgo de exclusión social y/o situación de especial vulnerabilidad.


Nuevas unidades judiciales en la Región
Durante la reunión de trabajo, el consejero Pedro Rivera también le transmitió a la secretaria de Estado de Justicia una serie de demandas para mejorar la Administración de Justicia.
Por un lado, el responsable autonómico solicitó, a petición del Tribunal Superior de Justicia, la necesidad de incorporar nuevas unidades judiciales en la Región y la importancia de agilizar los trámites que hagan ya realidad la construcción de dos sedes judiciales prioritarias para la Región, como son la Ciudad de la Justicia de Cartagena y el Palacio de Justicia de Lorca, para dotar de la infraestructura adecuada y necesaria a los correspondientes partidos judiciales.
Sobre este tema, la secretaria de Estado de Justicia informó al consejero que el incremento del Presupuesto del Ministerio para 2018 permitirá reducir los plazos de construcción del Palacio de Justicia de Lorca, que será de 24 meses y finalizará en los últimos meses de 2019.
Igualmente, el consejero pidió aumentar el número de fiscales y del personal funcionario de la Fiscalía de la Región de Murcia y mejorar sus dependencias, al tiempo que informó de las demandas de los colegios profesionales de abogados y procuradores de la Región para mejorar el funcionamiento de la Administración de Justicia en relación a la Oficina Judicial y el sistema electrónico LexNET.

jueves, 14 de septiembre de 2017

Los bancos tendrán que ofrecer un alquiler social antes del desahucio

CARTAGENA.- El Tribunal Constitucional mantuvo la suspensión de dos apartados del artículo primero de la Ley 10/2016, que reforma la Ley de Vivienda de la Región de Murcia, mientras que levantó la suspensión del apartado 2 del artículo segundo de esta norma y de la Ley del Estatuto de los Consumidores y Usuarios de la Región, recurrida por el Gobierno central al entender que invadía sus competencias.

La suspensión de ambos artículos se produjo el pasado mes de abril tras admitir a trámite el Tribunal Constitucional el recurso de inconstitucionalidad presentado por parte del Ejecutivo de Rajoy a una normativa que buscaba atenuar los efectos de los desahucios y proteger a los afectados por la pobreza energética.
El dictamen del pleno del Constitucional mantiene la suspensión de los apartados 10 y 11 del artículo 1, que establecen "mecanismos destinados a resolver las situaciones de sobreendeudamiento de personas físicas y de familias, por causas sobrevenidas, especialmente en lo relativo a las deudas derivadas de la vivienda habitual, mediante un procedimiento de mediación extrajudicial".
Sin embargo, levanta la suspensión sobre el apartado 2 del artículo segundo de esta norma, que obliga a los grandes tenedores de viviendas, como los bancos, a formular una oferta de alquiler social previa al desahucio y se fijan medidas para garantizar el suministro de agua, gas y electricidad en casos de pobreza energética.
La proposición de ley fue presentada en la Asamblea Regional por el PSOE y Podemos, y aprobada el 12 de mayo de 2016 por la Cámara con los votos a favor de estos dos grupos y el de Ciudadanos, mientras que los diputados del PP se abstuvieron en una sesión en la que ya advirtieron de que el texto podría ser inconstitucional al invadir competencias estatales.
La Comunidad Autónoma alegó ante el Tribunal Constitucional que la norma está fundamentada en su competencia en esta materia en los artículos 10.2 y 11.7 del Estatuto de Autonomía de la Región de Murcia.
Por su parte, el Gobierno central argumentó que la norma regional contiene preceptos que no se circunscriben a las competencias estatutarias en materia de defensa del consumidor y de vivienda, además de vulnerar las competencias que el artículo 149.1 de la Constitución atribuye al Estado sobre legislación procesal, legislación civil, bases de la ordenación del crédito, banca y seguros y bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica.

sábado, 15 de julio de 2017

El juez exige que no quede impune la 'okupación' de una casa propiedad de Banco Sabadell en Mazarrón

MURCIA.-La Audiencia Provincial de Murcia ha ordenado al Juzgado de Instrucción nº 3 de Totana realizar las diligencias necesarias sobre la ´okupación´ de una vivienda propiedad del Banco Sabadell y ubicada en Mazarrón, ya que estas conductas no deben quedar impunes. 

Así se recoge en un auto en el que se ordena al Juzgado «librar el oportuno oficio a la policía judicial para que identifique al autor o autores del hecho».
La resolución, contra la que no cabe recurso alguno, añade que esa diligencia cuya práctica ordena deberá complementar el auto judicial por el que la causa fue abierta por un delito leve de usurpación.
El tribunal estima el recurso que la citada entidad bancaria presentó contra el auto de 22 de septiembre de 2015 por el que la autoridad judicial a la que correspondió la denuncia decretaba el sobreseimiento de la causa. La Audiencia insiste en que lo que no se puede hacer es dejar de investigar este tipo de conductas.

lunes, 12 de junio de 2017

La FMRM y la Comunidad Autónoma intensificarán la mediación para frenar los desahucios en la Región


MURCIA.- La Federación de Municipios de la Región de Murcia y la Consejería de Presidencia y Fomento intensificarán el trabajo de colaboración para impulsar la mediación y la intermediación hipotecaria como herramienta para frenar la situación de desahucios. 

El presidente de la FMRM, Joaquín Hernández, ha mantenido una reunión con el consejero, Pedro Rivera, para mejorar la coordinación con otros organismos, colegios profesionales y entidades financieras que intervienen en la región en este tipo de situaciones.
Para ello, se renovará el convenio existente entre ambas organizaciones para facilitar a los ciudadanos que se encuentren en una situación complicada de impago el acceso al Servicio de Mediación Hipotecaria y de la Vivienda, dependiente de la Comunidad para evitar en la medida de lo posible los procedimientos de desahucio.
"Es fundamental que los ayuntamientos podamos informar y asesorar a nuestros vecinos ante una situación complicada, como enfrentarse a un posible desahucio, y que podamos ofrecerles el apoyo que necesitan ya que somos la administración más cercana y a la que primero acudirán. De ahí la necesidad de nuestra implicación", tal y como destacó el presidente de la FMRM.
Por su parte Rivera agradeció la participación de la Federación de Municipios así como del resto de entidades que contribuyen a este servicio porque "nos encontramos ante un problema social al que tenemos que dar una solución satisfactoria entre todos y todos los esfuerzos que destinemos son pocos". 
El pasado año el servicio, que es gratuito, atendió a 246 personas, y en lo que llevamos de año se ha registrado a un centenar de usuarios.
Durante el encuentro también se han tratado otros temas de relevancia municipal sobre financiación.

lunes, 8 de mayo de 2017

Podemos considera que desde la Asamblea se debe defender “con uñas y dientes” la ley contra los desahucios

CARTAGENA.- Podemos considera que desde la Asamblea Regional se debe defender “con uñas y dientes” la ley contra los desahucios.  La diputada regional, María Giménez, será una de las ponentes de la defensa del texto legislativo puesto que hay “herramientas y argumentos jurídicos suficientes para defender su constitucionalidad”. Si bien, el Partido Popular “sigue empeñado en parar una ley que no le gusta y no quiere aplicar a pesar de que es un mandato del parlamento de la Región de Murcia y que tiene nace de la sociedad civil, de la PAH”.

Giménez ha incidido en que la Ley de Vivienda está redactada con “todo el rigor posible para que de esta forma se pudieran evitar los conflictos” que ahora señala el Tribunal Constitucional. De hecho, ha añadido la diputada de Podemos, durante “toda la elaboración del texto tuvimos en cuenta en dejar claro que el proceso extrajudicial era una opción voluntaria y no se obligaba a acogerse a él”.
María Giménez ha subrayado que a pesar de estar convencidos desde Podemos de que “no hay ninguna duda, ningún resquicio, la ley es impecable y se puede aplicar, vamos a utilizar todas las herramientas a nuestro alcance para demostrarlo. Desde la movilización en la calle apoyando a la Plataforma de Afectados por la Hipoteca hasta la personación y presentación de alegaciones al recurso de inconstitucionalidad presentado por el gobierno de Rajoy. La defenderemos en la calle, en las instituciones y en todos los ámbitos necesarios para sacar adelante la ley de emergencia habitacional que garantiza que no haya ni un desahucio más en la Región de Murcia”. 
El problema, ha concluido la diputada de Podemos, es que “el gobierno quiere que la ley fracase, poner por delante los intereses de los bancos a los de las personas que peor lo están pasando y que se siga permitiendo echar a gente de sus casas con total impunidad”.

domingo, 23 de abril de 2017

Una juez frena un desahucio por cláusulas abusivas y condena a 'Bankia' a las costas

BARCELONA.- Una juez de Barcelona ha frenado el desahucio de un matrimonio de Barcelona que había dejado de pagar las cuotas de la hipoteca a Bankia, al declarar abusivas las cláusulas del préstamo, y ha obligado a la entidad bancaria a pagar las costas judiciales del proceso.

En un auto, el juzgado de primera instancia nº 8 de Barcelona archiva la petición de ejecución hipotecaria presentada por Bankia, que reclamaba un total de 177.825 euros a los propietarios de la vivienda, que en 2006 les costó 140.000 euros, con un hipoteca de cerca de 150.000.
Ferran Teva, letrado de los propietarios, ha celebrado el auto judicial, no solo por darle la razón en cuanto a la existencia de cláusulas abusivas, sino también porque impone las costas del proceso a Bankia, en una decisión poco habitual en los casos en que la entidad bancaria resulta condenada.
La juez detiene la ejecución hipotecaria que solicitaba Bankia, al declarar nula por abusiva una de la cláusulas del contrato que fijaba un interés de demora "muy superior a los legalmente previstos para contratos con consumidores", al situarse seis puntos por encima del interés remuneratorio.
El auto reconoce, además, que los propietarios de la vivienda podrían haber seguido haciéndose cargo de los pagos mensuales si el banco le hubiera aplicado desde un principio el interés Euribor, en vez del IRPH cajas que se fijó en 2006 en la escritura de la hipoteca, índice que puede llegar a ser trece veces más elevado.
La magistrada sostiene además que no se concedió un "plazo razonable" a la propietaria de la vivienda para abonar las cuotas hipotecarias que debía a Bankia antes del vencimiento anticipado de la deuda.
En el auto, la juez considera también abusiva la cláusula de vencimiento anticipado del préstamo, otro de los motivos por los que acuerda archivar la petición de ejecución hipotecaria planteada por Bankia.

viernes, 17 de marzo de 2017

El Gobierno central prorroga la moratoria antidesahucios para familias vulnerables

MADRID.- El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el real decreto ley que amplía la suspensión de los lanzamientos hipotecarios de vivienda habitual en tres años, concretamente hasta el año 2020.

Se trata de la segunda vez que se extiende esta suspensión, después de que en febrero de 2015 el Consejo de Ministros aprobara extenderla también en dos años, hasta 2017. El Ministerio de Economía, Industria y Competitividad ya anunció el mes pasado su intención de ampliarlo hasta enero de 2019.
Este real decreto ley también profundiza en las medidas de protección a colectivos vulnerables por la crisis ante el desahucio de su vivienda ya existentes, ya que incluye en los supuestos que pueden beneficiarse de las mismas a las familias con hijos menores de edad (no solamente con menores de tres años a su cargo como hasta ahora) o monoparentales con hijos a cargo (eliminando el mínimo de dos hijos en familias monoparentales), en situación de desempleo, discapacidad, dependencia, enfermedad grave o violencia de género.
En concreto, los últimos cinco supuestos ya se aplicaban en la suspensión de lanzamientos y a partir de ahora se extienden al Código de Buenas Prácticas. El supuesto de situación de paro se amplía en la suspensión de desahucios, ya que se elimina el requisito de haber agotado las prestaciones de desempleo.
Esta medida, que está en vigor desde 2013, ha sido elaborada con un "amplio consenso", según ha explicado el Ministerio en un comunicado. Por su parte, el ministro titular, Luis de Guindos, ha explicado en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que confía en que la aprobación de este real decreto ley tenga un "apoyo muy amplio" en el Congreso.
No obstante, ha destacado que "lo importante" es que el número de desahucios de vivienda habitual en cifra interanual ha caído en torno al 30% en los dos últimos años.
El Gobierno puso en marcha en 2012 esta serie de medidas ante la problemática de los desahucios, de las que hasta la fecha se han beneficiado unas 78.600 familias. Desde entonces, se han suspendido 24.000 lanzamientos hipotecarios.
Además, a día de hoy unas 45.600 familias se han acogido al Código de Buenas Prácticas mediante 38.500 reestructuaciones de deuda y 7.000 daciones en pago y se han adjudicado 9.020 viviendas a través del Fondo Social de Vivienda (FSV).
Por otra parte, en el Código de Buenas Prácticas se introduce la opción de alquiler de la vivienda habitual ejecutada. Es decir, durante el plazo de vigencia de la suspensión de desahucios, el deudor hipotecario que haya sufrido un lanzamiento hipotecario y se encuentre en situación de exclusión podrá solicitar y obtener un alquiler de la vivienda en condiciones favorables. La petición de alquiler deberá realizarse dentro de un plazo determinado.
El precio máximo anual del alquiler será equivalente al 3% del valor de la vivienda en el momento de la aprobación del remate determinado según tasación, según recoge el real decreto ley aprobado este mismo viernes. El arrendamiento tendrá una duración de cinco años, prorrogable a otros cinco de mutuo acuerdo entre el ejecutado y el adjudicatario de la vivienda.
Además, el Gobierno, durante los ocho meses siguientes a la entrada en vigor del real decreto ley, propondrá medidas destinadas a facilitar la recuperación de la vivienda habitual por parte de los deudores hipotecarios incluidos en el ámbito de aplicación de la ley cuando se hubiera producido un lanzamiento de la vivienda, según ha explicado De Guindos.
Entre estas medidas podría encontrarse la aplicación de descuentos en función de las cantidades satisfechas por el ejecutado, así como otros factores que garanticen un precio equitativo.

martes, 7 de marzo de 2017

Suspendidos 16.000 desahucios en el partido judicial de Murcia capital

MURCIA.- El Partido Judicial de Murcia, del cual dependen los municipios de Murcia, Alcantarilla, Beniel y Santomera, ha suspendido la tramitación de los 16.000 desahucios, incluyendo subastas, pendientes en este término judicial, hasta que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) responda al Tribunal Supremo. 

La decisión se mantendrá hasta que el tribunal europeo responda al Tribunal Supremo español sobre las cláusulas abusivas de vencimiento anticipado e intereses de demora abusivos.
El portavoz de la Plataforma Antidesahucios (PAH), Paco Morote, ha explicado que era algo que habían solicitado ellos, y ha comentado que esta misma mañana integrantes de este movimiento ciudadano han acudido a la Ciudad de la Justicia con sendos escritos dirigidos al Juez decano del Partido Judicial y al Servicio Común de Notificaciones y Embargos, respectivamente.
"Esta acción, también se ha llevado a cabo en otros Partidos Judiciales de la región, y esperamos que el ejemplo de Murcia se transmita a los demás", apunta Morote, quien añade que se trata de una tregua temporal, que podría durar entre 2 y 3 años, "que no es fruto de ningún Servicio de Mediación del Gobierno regional, sino de la lucha de la PAH por poner en la agenda el problema de la vivienda y las hipotecas en España".