miércoles, 18 de marzo de 2020

Jueces de Familia de Murcia recuerdan que los padres separados "podrán flexibilizar las visitas" de común acuerdo

MURCIA.- La Junta de Jueces de Familia, Tutelas e Incapacidades del partido judicial de Murcia han recordado que en los casos custodia compartida o custodia exclusiva de menores, los progenitores deberán efectuar los cambios de domicilio en las fechas que correspondan "arbitrando, en su caso, la forma en que el menor resulte menos expuesto al coronavirus".

Asimismo, recuerdan que la "situación excepcional en la que se encuentra el país no debe servir de excusa ni amparar el incumplimiento de las medidas establecidas en las resoluciones judiciales".

Los magistrados de Familia de Murcia establecen estas reglas para los casos de conflicto entre los progenitores, dejando claro que, en todo caso, las partes de común acuerdo "podrán flexibilizar y adaptar las visitas a estas circunstancias por el interés superior de sus hijos y de forma provisional en tanto se mantenga esta excepcional situación".

Estos criterios unificados han sido acordados esta mañana por los magistrados titulares de los tres juzgados con competencia en Familia en la capital murciana junto con el magistrado decano "a la vista de la excepcional situación existente en este momento" y "ante las innumerables consultas telefónicas recibidas en relación a la ejecución del régimen de custodia y visitas vigente".

Se establece, además, como criterio general y, siempre en caso de falta de acuerdo, que las entregas y reintegros de menores que deban efectuarse en el centro escolar tengan lugar "en el domicilio del progenitor en cuya compañía se encuentran los menores en dicho momento", y que sean los progenitores los que acompañen en estos desplazamientos a los menores "no pudiendo delegar en familiares y/o terceras personas de su confianza y, velando en todo momento por el cumplimiento de las medidas excepcionales del estado de alarma acordadas".

Los magistrados, además, entienden que la copia de la resolución judicial que establece la custodia y el régimen de visitas será título suficiente para acreditar ante los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado la necesidad del desplazamiento.

Reseñan también los magistrados la información de que el Punto de Encuentro Familiar (P.E.F.) de Murcia ha suspendido temporalmente las visitas tuteladas.

En el acuerdo la Junta de Jueces explica la necesidad de unificar criterios sobre esta materia, para el supuesto de falta de acuerdo entre las partes, "ponderando los principios de cumplimiento de las resoluciones judiciales y adecuación a las medidas de salud pública".

Y, en todo caso, deja al margen, "supuestos excepcionales" que, en su caso, "se deberían justificar adecuadamente".

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