miércoles, 27 de noviembre de 2019

La fiscal Neira no se opone a la personación de Diego de Ramón en la querella contra Valcárcel y el juez, acepta

MURCIA.- La fiscal que se ha querellado contra el ex presidente de la Comunidad Autónoma en el caso de la Desalinizadora de Escombreras, Isabel Neira Campos, evacuando el traslado conferido, dice que no se opone a la personación como acusación popular de Diego de Ramón Hernández por ser conforme al art. 125 de la C.E. y 101 de la Lecrim., al ir referido el procedimiento a presuntos delitos públicos, pudiendo intervenir en el mismo, conforme a una consolidada doctrina jurisprudencial, como adhesión en nombre de la ciudadanía en los términos del art. 110 de la Lecrim., sin ser necesaria la presentación de querella ni la prestación de fianza por ser un procedimiento ya incoado por denuncia del Ministerio Fiscal.
El conocido abogado murciano había solicitado por escrito a la Fiscalía personarse como acusación popular en la denuncia presentada por la Fiscalia de Murcia, contra el expresidente Ramón Luis Valcárcel Siso, por los presuntos delitos de malversación de caudales públicos, fraude, prevaricación y falsedad documental, mas otro que infiero el de delitos contra la ordenación del territorio y medio ambiente.

Esto lo ejercita, a tenor del art. 125 de la Constitución española, en concordancia con el art. 7.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y el art 101 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, sosteniéndose en lo que refiere que entra en la tutela judicial efectiva, según las Sentencias de Tribunal Constitucional 108/1983, 115/1984, 147/1985 y 137/1987, "y ello, en consecuencia que no tenemos que sentirnos ofendido para ejercitar la acción penal, por ello tenemos que afianzarnos también en el art. 24.1o de la Constitución, según la Sentencia del Tribunal Constitucional num. 62/1983, y la sentencia num. 50/1998, donde existe la relación de la acción popular con el derecho constitucional a la tutela judicial efectiva".

Por ello tiene que adjudicaturia, favorecer el acceso de esta acción de la acusación popular, sin impedir su personación. En consecuencia, suplica al Juzgado tenga por presentado su escrito de solicitud de tener por personado a este letrado como Acusador popular, junto al Ministerio Fiscal, como representante del Estado en defender la legalidad.

Por su parte, y en una Providencia, el juez decano nº 1 de los de Murcia, David Castillejos Simón, dice:

Dada cuenta; el anterior informe emitido por el Ministerio Fiscal, únase. Se tiene al Letrado Diego de Ramón Hernández por personado como acusación popular en las presentes actuaciones, entendiéndose con el mismo las sucesivas diligencias en el modo y forma previstos en la Ley.

1 comentario:

Anónimo dijo...

Ahora si Abogado, no pares llega al final.