MADRID.- El Juzgado de lo Social número 12 de Madrid ha condenado a
la empresa pública Navantia a pagar 7.327,02 euros a un trabajador que
en 2015 y 2016 realizó 645 horas extraordinarias que no habían sido
reconocidas en su nómina porque la empresa entendía que había sido
compensado mediante retribución variable ligada a la responsabilidad y
las funciones del puesto.
El fallo, difundido por
CSIF, considera probado que el trabajador, con horario flexible y
miembro del comité de empresa, realizó 645 horas de más en el conjunto
de ambos ejercicios, siendo "indiferente" que dedicara parte de su
jornada a realizar tareas sindicales. Así, el juez recuerda que el
demandante tiene derecho a 15 horas mensuales de labor sindical por ser
miembro del comité de empresa.
El trabajador reclamaba a Navantia 33.200,9 euros por las
horas extra realizadas, a lo que la empresa se oponía alegando que
existían otros conceptos abonados, como el de dirección por objetivos
(DPO), que compensaban las horas trabajadas de más.
En
las retribuciones percibidas por el demandante, cuya categoría
profesional es la de técnico superior I de nivel II, figuran el salario
base y otros complementos además de la DPO. Además, se le abona un
seguro médico y se le facilita una plaza de garaje.
El
juez rechaza los argumentos de la empresa de que el seguro médico y
otros complementos servían de compensación a las horas extra, pero sí
entiende que las retribuciones percibidas por el trabajador en concepto
de dirección por objetivos pueden compensar esas horas trabajadas de
más.
Lo justifica en un auto del Tribunal Supremo que
admitía la compesación de horas extra con una retribución variable si
existía pacto previo, como sí hubo en este caso, según consta en el
fallo.
De este modo, el juez no concede los 33.900,9
euros que reclama el trabajador porque de esa cantidad le deduce
25.873,9 euros que percibió en concepto de dirección por objetivos,
resultando la cantidad total que condena pagar a la empresa de 7.327,02
euros, más los intereses de demora.
CSIF, que ha
ejercido la defensa de este trabajador, se ha felicitado por el fallo y
ha asegurado que casos como éste ponen de manifiesto la oportunidad que
supone el registro de jornada obligatorio que se puso en marcha el
pasado 12 de mayo.
"Esta condena abre la vía a cerca
de un millar de demandas de personal técnico de esta empresa, altamente
cualificado, que se encuentra en la misma situación que el trabajador al
que se le ha reconocido el derecho a cobrar sus horas extras", ha
señalado CSIF, que ha asegurado que estudiará nuevas acciones legales
para que además de la compensación económica se reconozca su cotización a
efectos de Seguridad Social.
El sindicato tiene
abierto otro pleito contra Navantia por este mismo trabajador, que fue
incluido en el ERE reciente aplicado por la empresa, pese a ser delegado
electo de CSIF, por lo que considera nulo su despido.
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