MURCIA.- La diputada regional del PPRM Inmaculada González afirma que "desde el PP hemos presentado una
moción solicitando al Gobierno que impulse las reformas legales
necesarias para incorporar en el Código Civil la custodia compartida
como la modalidad más deseable en le caso de separación, nulidad o
divorcio y que de esta forma prevalezca el interés superior del menor".
Establecer la custodia compartida como la opción preferente en los
casos de separación, nulidad o divorcio es lo que pretende la moción
presentada por la diputada regional del PP en la Región de Murcia,
Inmacualda González, solicitando al Gobierno las reformas legislativas
necesarias para hacer posible un incremento en el establecimiento de la
guarda y custodia compartida como la fórmula más deseable.
Inmaculada González ha señalado que la custodia compartida debe ser
incluida en nuestro ordenamiento como principio general de aplicación y
no como una excepción, porque ha indicado González, favorece el
mantenimiento de las relaciones de los menores con ambos progenitores
tras un proceso de nulidad matrimonial, separación o divorcio, y fomenta
la cooperación entre los miembros de la expareja.
De hecho, ha matizado la diputada 'popular', esta fórmula ya ha sido
incluida y aceptada como preferente en los ordenamientos jurídicos de
algunas comunidades autónomas como Aragón, Cataluña, País Vasco o
Navarra.
Según el Tribunal Supremo, de la disolución del matrimonio no permite
concluir que la custodia compartida sea una medida excepcional, sino
que al contrario, habrá de considerarse normal e incluso deseable, ha
indicado González, quien ha añadido que en este sentido ya se ha
pronunciado la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa en 2015
solicitando a los Estados Miembros la introducción en su legislación
interna del principio de la custodia compartida de los hijos, después de
un proceso de separación, atendiendo en todo caso al interés superior
del menor y en base a un proceso con todas las garantías.
La Convención de los Derechos del Niño proclamada por la Asamblea
General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989 establece en
su artículo 9 que los Estados Partes velarán por que el niño no sea
separado de sus padres contra la voluntad de éstos, excepto cuando, a
reserva de revisión judicial, las autoridades competentes determinen, de
conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal
separación es necesaria en el interés superior del niño.
Del mismo modo, la igualdad de trato y no discriminación se
contempla, como derecho fundamental e inalienable, en todas las
declaraciones internacionales de Derechos Humanos y el artículo 14 de la
Constitución Española prohíbe expresamente la discriminación por
cualquier circunstancia personal o social.
Ante estas circunstancias, el Grupo Parlamentario Popular solicita al
Gobierno de España que impulse las reformas legales necesarias para
incorporar en nuestro Código Civil la custodia compartida como modalidad
más deseable en el caso de separación o divorcio, haciendo prevalecer
el interés superior del menor, recogiendo la doctrina del Tribunal
Supremo y siguiendo las directrices de la Convención de Naciones Unidas
sobre los Derechos del Niño, ha finalizado Inmaculada González.
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