MURCIA.- La magistrada de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de
Justicia (TSJ) Consuelo Uris ha reclamado una indemnización de 40.000
euros al letrado José Luis Mazón por haberla acusado en un artículo
publicado en un medio digital de contribuir al «exterminio» de arruís en
el parque regional de Sierra Espuña al no suspender la erradicación
controlada de estos animales emprendida por la Comunidad Autónoma.
En
la demanda por intromisión ilegítima en el derecho al honor la
magistrada señala que los comentarios eran de tan gravedad que incluso
afectaron a su salud, «al saberse denigrada de forma permanente en un
portal público de libre acceso para cualquiera, lo que provocó un cuadro
de pérdida notable de peso, dolor epigástrico, acidez y dispepsia».
La
demanda, que será vista en el juicio que se desarrollará en un Juzgado
de Primera Instancia de Murcia el próximo noviembre, ha sido contestada
por Mazón con un escrito de reconvención dirigido no solo contra Uris,
sino, también, contra el letrado que la defiende, al considerarlo «autor
intelectual y firmante de la demanda».
Las actuaciones judiciales
tienen su origen en un auto dictado por la Sala de lo Contencioso del
TSJ en agosto pasado, del que fue ponente la magistrada, por el que no
se accedió a decretar la medida cautelarísima de suspensión de la caza
de arruís que Mazón había solicitado.
En el escrito, se la acusaba
a ella y también a sus compañeros de tribunal, Rubén Jiménez y Enrique
Quiñonero, de «haber denegado la paralización de la matanza, pese a que
le ley les ordena hacerlo cuando de la no suspensión se deriven
'perjuicios irreparables'».
En el artículo se hacían comentarios
sobre determinados aspectos de la carrera profesional de los
magistrados, la forma en que habían llegado a sus puestos y los deseos
de ascenso de dos de ellos.
La magistrada Uris consideró
denigrantes los comentarios hechos en el escrito, en especial, uno en el
que se hacía una equiparación con los exterminios llevados a cabo por
los nazis.
En su reconvención, el letrado Mazón insiste en sus
afirmaciones y comenta que a partir del dictado del auto de denegación
de la suspensión de «la matanza» de los arruís, la magistrada contribuye
al «exterminio» de estos animales.
Frente a lo alegado en el auto
de que no se accedía a acordar la medida urgente de suspensión del plan
de erradicación de arruis porque los daños no se consideraban
irreparables, el abogado critica esa apreciación al señalar que la
ponente «parece que entiende que sería posible devolver a la vida a los
exterminados al final del proceso si prosperan las tesis de la entidad
recurrente, la Asociación Protectora de los Arruís», que él mismo
lidera.
El letrado muestra también su sorpresa porque siendo tres
los magistrados que firmaron la resolución criticada, solo Uris se haya
considerado difamada.
La demanda de protección del derecho al
honor pide que se condene al pago de los 40.000 euros al articulista y
al portal donde apareció su escrito y a publicar la sentencia en este
medio, donde el texto de la misma debería quedar accesible los mismos 22
días que duró la permanencia del texto en portada.
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