jueves, 24 de mayo de 2018

Una promotora pide 34,4 millones al Ayuntamiento de Jumilla por la anulación de un resort

MURCIA.- La empresa promotora de la macrourbanización Santa Ana del Monte Jumilla Golf, que preveía la construcción de 15.000 viviendas y dos campos de golf, reclama al Ayuntamiento una indemnización de 34,4 millones al ser anulado el plan parcial después de que el Tribunal Supremo diera la razón a un pastor de la zona que se había opuesto al mismo.

Ahora, el Consejo Jurídico de la Región (CJRM), en un dictamen emitido a instancias del Ayuntamiento, señala que este no ha incurrido en responsabilidad patrimonial alguna, «por lo que no está obligado a atender la reclamación hecha por la promotora, la sociedad Herrada del Tollo».
Añade que el acuerdo del Consistorio de anular las actuaciones que había llevado a cabo dentro del proyecto urbanístico promovido por aquella gozaba, en el momento de producirse, de la suficiente motivación y racionalidad «a los efectos de no considerarla antijurídica a los efectos resarcitorios reclamados».
Recuerda el informe que el Pleno de diciembre de 2006 aprobó este plan parcial, y la junta de gobierno local dio luz verde una semana después al Programa de Actuación Urbanística.
El proyecto urbanístico siguió su curso, pero no pudo salir adelante al ser tumbado por una sentencia del Tribunal Supremo de septiembre de 2013, que estimó el recurso presentado por el pastor Pascual Carrión y anuló el plan parcial, al no contar con el informe de la Confederación Hidrográfica del Segura (CHS) que acreditara la existencia de suficientes recursos hídricos para una población tan elevada como la que se proyectaba en esta macrourbanización.
En aquel momento, Carrión señaló que siempre se había opuesto a que sus tierras, que ocupaban una superficie de 30 hectáreas y que dedicaba a cultivos agrícolas y a criar sus 300 cabezas de ganado, pasaran a integrarse en el plan parcial.
En julio de 2014, «un alegado representante de la empresa», señala el CJRM, presentó un escrito en el Ayuntamiento en el que le reclamaba, por responsabilidad patrimonial, los 34,4 millones de euros en que tasaba los daños producidos al frustrarse el proyecto. 
Y, en mayo de 2015, el administrador concursal de la firma presentó un escrito en el Ayuntamiento, en el que reclamaba 13,8 millones de euros por los conceptos de gastos de elaboración de los instrumentos de planeamiento, urbanización, reparcelación y expropiación.
Ahora, el citado órgano consultivo señala que no cabe exigir responsabilidad patrimonial al Ayuntamiento por los avatares sufridos por el fracasado proyecto urbanístico.

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