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viernes, 19 de abril de 2019

En total 168 familias murcianas buscan una 'segunda oportunidad' después de avalar a terceros

MURCIA.- Familias que avalaron a sus hijos para la compra de un piso, negocios embargados tras la crisis o cuentas bloqueadas por impagos de tarjetas de crédito o mini créditos. Es el perfil de los 168 particulares y autónomos que han iniciado los trámites para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad en Murcia. No es un trámite complicado, pero, desde que se inicia hasta que se dicta un auto, pasan unos meses. 

En Murcia son más de 168 las personas en situación de sobreendeudamiento que han solicitado acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. Representan el 2,2% del total de solicitantes en España. De todos los casos de la Región, el 84% se han tramitado desde Repara tu Deuda, despacho de abogados que inició su actividad el mismo año que entró en vigor la ley, en 2015.
La Ley de la Segunda Oportunidad permite exonerar a particulares y autónomos del pago de deuda a acreedores, siempre que se demuestre que previamente han actuado de buena fe e intentado un acuerdo con los acreedores para aplazar la deuda o fijar un calendario de pago inferior a diez años. Si no se logra dicho acuerdo, pueden solicitar un concurso de acreedores y, ante el tribunal, la exoneración de la deuda.

domingo, 7 de abril de 2019

La banca prevé más embargos hipotecarios tras el fallo de la justicia europea

MADRID.-La reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre cláusulas abusivas, que avala la extinción del contrato si perjudica al cliente, provocará previsiblemente un aumento de los embargos o ejecuciones hipotecarias, según fuentes financieras.

Este repunte no afectará en principio a los colectivos más vulnerables ni a los embargos sobre primera vivienda, en clara tendencia a la baja, sino a segundas propiedades o préstamos del sector promotor e inmobiliario.

Los datos del Instituto Nacional de Estadística (INE), de cierre de 2018, revelan que aunque el total de ejecuciones hipotecarias iniciadas durante el año, que incluye todo tipo de fincas (urbanas, rústicas, solares y de otro tipo), creció un 1,6 %, hasta 55.857, los embargos sobre viviendas habituales cayeron un 40,7 %.
Pese a que los embargos sobre viviendas de todo tipo -habituales o segundas residencias- se redujo un 6,6 % hasta 25.903, el total de embargos creció por el aumento de operaciones sobre solares, locales, garajes, naves y trasteros.
La agencia de medición de riesgos Moody's ha publicado un informe sobre el impacto de la doctrina del TJUE, conocida el pasado 26 de marzo, en el negocio bancario, y concluye que es positivo y eleva sus perspectivas de calificación crediticia sobre la banca, ya que proporciona seguridad jurídica.
En un informe elaborado por Alberto Postigo, vicepresidente sénior de Moody's, se explica que la doctrina del TJUE proporciona a las entidades financieras seguridad jurídica y les permitirá abordar con mayor confianza los procesos judiciales, que habían quedado a la espera de la decisión del tribunal con sede en Luxemburgo.
Ahora, añade el informe, cabe esperar que se reactiven los juicios hipotecarios y se reduzcan al mismo tiempo los créditos morosos en los balances de los bancos.
Dos de las principales asociaciones en defensa de los consumidores de productos y servicios financieros, Asufin y Adicae, han valorado la sentencia europea, pese a que no termina de resolver las dudas sobre las consecuencias de la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado, ya que deja en manos de los jueces nacionales la decisión de si el contrato puede subsistir una vez anulada la cláusula.
La doctrina del TJUE es de aplicación únicamente en los procesos ya en marcha, en tanto que los nuevos procedimientos estarán regulados por la nueva ley hipotecaria, recuerda Moody's.
La recién aprobada ley hipotecaria española, que entrará en vigor a mediados de junio, añade elementos de protección al consumidor y equilibra el reparto de los gastos que conlleva la constitución de una hipoteca.
En concreto, elimina las cláusulas suelo y es más exigente con el inicio del procedimiento de desahucio, que solo podrá comenzar si hay doce cuotas impagadas o el 3 % del capital prestado en la primera mitad de la vida del préstamo, o 15 cuotas o el 7 % en la segunda mitad del crédito.
Aunque amplía el plazo para proceder a un desahucio, señala Moody's, también introduce una mayor transparencia, al hacer menos probable que los consumidores opten por acudir a los tribunales.
En respuesta a varias cuestiones prejudiciales remitidas por la justicia española, la corte comunitaria interpretó la directiva europea de 1993 sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
El TJUE aclara que, por una parte, la directiva comunitaria se opone a que una cláusula de vencimiento anticipado de un contrato de préstamo hipotecario declarada abusiva "sea conservada parcialmente mediante la supresión de los elementos que la hacen abusiva, cuando tal supresión equivalga a modificar el contenido de dicha cláusula afectando a su esencia".
No obstante, señala que esa directiva no se opone a que el juez nacional "ponga remedio" a la nulidad de la cláusula abusiva "sustituyéndola por la nueva redacción de la disposición legal que inspiró dicha cláusula, aplicable en caso de convenio entre las partes del contrato".

jueves, 28 de marzo de 2019

El Abogado General de la UE respalda multar a España por incumplir la directiva hipotecaria

LUXEMBURGO.- El Abogado General de la Unión Europea (UE) Evgeni Tanchev propuso hoy al Tribunal de Justicia comunitario que condene a España a pagar una multa diaria de casi 106.000 euros por no haber incluido a tiempo en su legislación nacional la directiva europea sobre los créditos hipotecarios.

La Comisión Europea llevó a España ante los tribunales en abril de 2017 por el retraso en la transposición de esta normativa, que debía estar completa el 21 de marzo de 2016, y pidió a la máxima Corte comunitaria que le impusiese una multa de 105.991 euros al día a partir de la fecha en que dicte la sentencia que condene al país.
En las conclusiones publicadas hoy, el Abogado General da la razón al Ejecutivo comunitario y considera que España incumplió su obligación de informar sobre las medidas para incluir la directiva en su legislación, según un comunicado del TJUE.
El letrado precisa que debe considerarse que un Estado miembro incumple esta obligación tanto si no comunica medida alguna como si las medidas notificadas constituyen una transposición incompleta o incorrecta de la directiva en cuestión.
El Abogado General desestima además la alegación de España de que la sanción propuesta por la Comisión es desproporcionada y respalda que se imponga una multa diaria que ascienda al importe total indicado por el Ejecutivo comunitario.
Asimismo recomienda al TJUE que utilice como fecha de inicio de la duración de la infracción la fecha de referencia que figura en el dictámen motivado, es decir, en la segunda petición de información que Bruselas envió a España el 17 de noviembre de 2016.
Si finalmente la Corte sigue esta orientación del Abogado General, que no es vinculante, la multa que debería pagar España ascendería ya a día de hoy a 91,3 millones de euros.
El procedimiento judicial europeo sigue en marcha a pesar de que el Gobierno aprobó en febrero la ley reguladora de los contratos del crédito inmobiliario, que transpone la directiva europea y entrará en vigor el próximo 16 de junio.
Las conclusiones del Abogado General no son vinculantes, pero en la mayoría de casos las sentencias del TJUE se ajustan a las mismas.
Este no es el primer caso español relativo a las hipotecas que termina en manos de la justicia europea.
Esta misma semana la Corte con sede en Luxemburgo sentenció sobre las cláusulas de vencimiento anticipado declaradas abusivas por la justicia española y en diciembre de 2016 se pronunció sobre las cláusulas suelo en una sentencia favorable al consumidor.

martes, 26 de marzo de 2019

Los consumidores alaban la sentencia sobre vencimiento anticipado de hipotecas

MADRID.- Asufin y Adicae, dos de las principales asociaciones en defensa de los consumidores de productos y servicios financieros, han valorado hoy la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que ha avalado modificar las cláusulas de vencimiento anticipado por considerarlas abusivas.

El TJUE ha considerado hoy que las cláusulas de vencimiento anticipado de préstamos hipotecarios "declaradas abusivas" pueden ser sustituidas a menos que el consumidor se exponga a consecuencias que le sean "especialmente perjudiciales".
Fuentes de Asufin destacan que la sentencia no termina de resolver las dudas sobre las consecuencias de la nulidad de la cláusula de vencimiento anticipado, ya que deja en manos de los jueces nacionales la decisión de si el contrato puede subsistir una vez anulada la cláusula.
En ese caso, el procedimiento de ejecución hipotecaria seguiría adelante, o de lo contrario se archivaría, lo que obliga al banco a acudir a un procedimiento declarativo.
Adicae se muestra también satisfecho con el tribunal con sede en Luxemburgo y valora que haya corregido la limitación a favor de las entidades que hizo el Tribunal Supremo en 2015, cuya posición ha sido puesta en "tela de juicio" con el dictamen conocido hoy.
Para la asociación de consumidores el pronunciamiento del TJUE es "claro y absoluto", ya que señala que "no cabe admitir el mantenimiento parcial de dichas cláusulas pues, de otro modo, se menoscabaría directamente el efecto disuasorio".
En el supuesto de que la hipoteca no pudiera subsistir sin la cláusula de vencimiento anticipado, prosigue Adicae, los tribunales españoles pueden aplicar la Ley de Enjuiciamiento Civil, lo que permite iniciar el vencimiento en caso de tres impagos.
Con ello se evita tener que dictar la resolución del contrato, lo que sería más perjudicial para el consumidor.

La justicia europea avala los desahucios después de tres impagos aunque haya cláusulas abusivas

LUXEMBURGO.-La Corte de Luxemburgo autoriza que los jueces apliquen la legislación hipotecaria tras suprimir las cláusulas de vencimiento anticipado nulas.

Las cláusulas de vencimiento anticipado siguen siendo abusivas, pero también sustituibles. La Corte de Luxemburgo mantiene la conclusión que puso contra las cuerdas a la banca española: si un juez se topa con una de esas estipulaciones (por ejemplo, que el impago de una sola cuota lleve a ejecutar todo el préstamo y al desahucio), debe anularla por completo.
Ahora bien, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado este martes que, una vez se suprima esa disposición de los contratos, no todo el contrato quede anulado: los tribunales podrán aplicar en su lugar el derecho español para salvar el resto del acuerdo hipotecario.
En la práctica, eso supone que los jueces podrán ejecutar un préstamo hipotecario en caso de que el cliente haya incurrido en un impago de tres cuotas, aunque en el contrato original apareciera una cláusula abusiva de vencimiento anticipado que ahora no tiene validez. 
La sentencia, pues, abre la puerta a seguir con desahucios que estaban paralizados a la espera de esta decisión y, a la vez, da aire a la banca a la espera de que entre en vigor la reforma de la ley hipotecaria, que endurece las condiciones en las que se pueden llevar a cabo desahucios.

Pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) declaró este martes también que las cláusulas de vencimiento anticipado de préstamos hipotecarios "declaradas abusivas" pueden ser sustituidas a menos que el consumidor se exponga a consecuencias que le sean "especialmente perjudiciales".
La máxima instancia judicial de la UE, con sede en Luxemburgo, dio a conocer este martes su sentencia en la que responde a varias cuestiones prejudiciales remitidas por la Justicia española relativas a sendos casos que enfrentan a Bankia y Abanca con varios particulares.
La corte comunitaria interpretó la directiva europea de 1993 sobre cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores.
Afirmó, por una parte, que se opone a que una cláusula de vencimiento anticipado de un contrato de préstamo hipotecario declarada abusiva "sea conservada parcialmente mediante la supresión de los elementos que la hacen abusiva, cuando tal supresión equivalga a modificar el contenido de dicha cláusula afectando a su esencia".
Por otra parte, señaló que esa directiva no se opone a que el juez nacional "ponga remedio" a la nulidad de la cláusula abusiva "sustituyéndola por la nueva redacción de la disposición legal que inspiró dicha cláusula, aplicable en caso de convenio entre las partes del contrato".
Eso "siempre que el contrato de préstamo hipotecario en cuestión no pueda subsistir en caso de supresión de la citada cláusula abusiva y la anulación del contrato en su conjunto exponga al consumidor a consecuencias especialmente perjudiciales".
En septiembre, el abogado general del Tribunal de Justicia de la UE Maciej Szpunar se mostró en una conclusiones partidario de limitar los embargos sobre hipotecas con vencimiento anticipado, declarado abusivo, a aquellos casos en los que el consumidor "tras haber sido debidamente informado por el juez" así lo manifieste.
Indicó entonces que, una vez reconocido el carácter abusivo de esta cláusula, el magistrado "no puede iniciar o, en su caso, proseguir" con la ejecución hipotecaria aunque considere que se trata del procedimiento más favorable, sino que deberá informar previamente al cliente para que sea éste quien decida en última instancia si se acoge a él o invoca la nulidad de la cláusula.
El Tribunal Supremo español elevó a la corte europea en 2017 una cuestión prejudicial para que determinara si la nulidad de una cláusula de vencimiento anticipado impide a un juez español mantener abierto el procedimiento hipotecario, es decir, sobreseerlo o no.

jueves, 7 de marzo de 2019

Las diez claves de los embargos hipotecarios en 2018

MADRID.- El Instituto Nacional de Estadística (INE) ha publicado hoy los datos de ejecuciones hipotecarias (embargos de una propiedad para su venta) tras el impago de una hipoteca en 2018, que en el caso de las viviendas habituales se redujeron un 40,7 % en 2018.

No obstante, el total de ejecuciones hipotecarias iniciadas durante el año, que incluye todo tipo de fincas (urbanas, rústicas, solares y de otro tipo), crecieron un 1,6 %, debido al aumento de los embargos de solares y fincas urbanas como locales, garajes, oficinas, trasteros, naves y otros aprovechamientos urbanísticos.
Los datos del INE desvelan que, superada la crisis, el descenso en el número de embargos es cada vez más bajo, ya que hace un año las ejecuciones sobre vivienda habitual cayeron cerca del 50 %, y el total de embargos se redujo un 28,9 %, frente al repunte de este año.
Las principales magnitudes que desvelan los datos del INE son las siguientes:
-En 2018 se produjeron 6.523 embargos de vivienda habitual, un 40,7 % menos que un año antes.
-El número total de viviendas que fue objeto de embargo fue de 25.903, un 6,6 % menos que en 2017; de ellos, 8.912 eran viviendas de personas físicas, 6.523 viviendas habituales y 2.389 otro tipo de viviendas.
-Durante el pasado año se llevaron a cabo 53.857 ejecuciones hipotecarias, un 1,6 % más que un año antes.
-Pese a que los embargos sobre viviendas de todo tipo -habituales y no habituales- se redujo un 6,6 %, el total de embargos creció por el aumento de operaciones sobre solares, locales, garajes, naves y trasteros.
-Los embargos sobre solares aumentaron en 2018 un 24,2 % hasta alcanzar 3.352, en tanto que los realizados sobre fincas urbanas distintas de viviendas lo hicieron un 14,4 %, hasta 22.059.
-Un 22,7 % de las ejecuciones hipotecarias iniciadas sobre viviendas en 2018 correspondió a hipotecas firmadas en el año 2007, un 13,7 % a hipotecas constituidas en 2006, y un 13,6 % a hipotecas de 2008.
-Las comunidades autónomas con mayores cifras de ejecuciones hipotecarias fueron Andalucía (10.123), Valencia (10.076) y Cataluña (8.841); también estas regiones concentraron los números más altos de embargos sobre viviendas, con 5.242 en Valencia, 5.154 en Andalucía, y 4.561 en Cataluña.
-En el último trimestre de 2018, 1.551 viviendas habituales fueron objeto de embargo, de un total de 15.666 ejecuciones hipotecarias realizadas entre octubre y diciembre.
-De esas 15.666 viviendas embargadas, 1.551 eran habituales en propiedad (un 28,9 % menos que en el mismo trimestre de 2017) y 586 no eran residencia habitual de los propietarios (un 24,3 % menos).
-Entre octubre y diciembre, el embargo de solares creció un 121,7 %, y el de fincas rústicas, un 46,1 %.

Casi cuatro de cada mil hipotecas constituidas en la Región desde 2003 fueron ejecutadas en 2018

MADRID.- La Región de Murcia registró 1.424 ejecuciones hipotecarias iniciadas sobre viviendas en 2018, la séptima mayor cifra por comunidades. Por otro lado, la Región registró 3.260 ejecuciones hipotecarias iniciadas sobre el total de fincas, la quinta mayor cifra por comunidades.

En concreto, de las 3.260 ejecuciones hipotecarias iniciadas sobre el total de fincas, 212 lo fueron sobre fincas rústicas y el resto sobre fincas urbanas, correspondiendo 1.424 a viviendas, 108 solares y 1.516 otras urbanas.
Tomando como referencia las hipotecas constituidas en el periodo 2003-2017 sobre el total de fincas, el 0,37% de las hipotecas constituidas iniciaron una ejecución hipotecaria en 2018. Por comunidades, La Rioja (0,95%), Región de Murcia (0,57%) y Comunidad Valenciana (0,53%) registraron los valores más altos.
Atendiendo a las ejecuciones hipotecarias de viviendas, el 0,26% de las hipotecas constituidas sobre viviendas en el periodo 2003-2017 iniciaron una ejecución hipotecaria en el año 2018. La Rioja (0,65%), Comunidad Valenciana (0,40%) y Región de Murcia (0,38%) registraron losvalores más altos.
En el cuarto trimestre de 2018, Murcia registró 314 ejecuciones hipotecarias iniciadas sobre viviendas y 720 ejecuciones hipotecarias iniciadas, de las que 40 lo fueron sobre fincas rústicas y el resto sobre fincas urbanas, correspondiendo 314 a viviendas, 45 solares y 321 otras urbanas.

jueves, 28 de febrero de 2019

Casi 36.000 murcianos han abonado gastos indebidos en su hipoteca

MURCIA.- La plataforma de usuarios de la banca Adicae calcula que unos 36.000 murcianos han pagado gastos hipotecarios indebidos que pueden alcanzar los 36 millones de euros. La organización anima a los titulares a reclamar el dinero que han abonado de más de acuerdo con una sentencia del Supremo de 2015 que declaraba abusivas las cláusulas aplicadas por las entidades bancarias. 

Adicae ha presentado 107 reclamaciones contra las entidades, una de ellas en Murcia contra Bankia. Con estas demandas busca «una solución global que evite un desfile de cientos de miles de afectados ante los juzgados en demandas individuales«.
«Los consumidores están hartos de la sucesión de escándalos, de la impunidad de la que la banca está haciendo gala cuando abusa de forma global de los consumidores y están dispuestos a plantar cara para reclamar y que se les vean reconocidos sus derechos», subrayaba el secretario general de Adicae, Fernando Herrero. 
Las demandas colectivas de la asociación, en cumplimiento con la directiva 93/13, pretenden poner fin a «un laberinto judicial» que inició el propio Tribunal Supremo en 2015. 
Además de colapsar los tribunales, Adicae cree que dejaría sin resarcimiento a millones de hipotecados que no se plantean acudir a la Justicia».

miércoles, 27 de febrero de 2019

Las diez claves del mercado hipotecario en 2018

MADRID.- En 2018 se firmaron en España 345.186 contratos hipotecarios para la compra de una vivienda, lo que supone un incremento del 10,3 % respecto del año anterior y el quinto ejercicio consecutivo al alza, superada ya la crisis crediticia y la burbuja inmobiliaria.

El mercado hipotecario español se ha recuperado y suma ya un lustro de expansión, tras acumular siete años consecutivos de descensos durante la crisis.
En 2018, la firma de hipotecas se convirtió en noticia de primera página después de que el Tribunal Supremo acordara que el pago del impuesto de actos jurídicos documentados (IAJD) recayera en los bancos, para luego desdecirse y atribuirlo a los particulares.
Ello provocó la reacción inmediata del Gobierno, que mediante un decreto urgente decidió que esta tasa debía recaer en las entidades financieras, aunque la norma todavía no ha tenido efectos visibles en la contratación de préstamos.
Estas son las diez cifras que dan una idea de cómo ha evolucionado el mercado hipotecario en el último mes de 2018 y en el conjunto del año:
-El importe medio de las hipotecas inscritas en los registros de la propiedad en el conjunto del año 2018 se situó en 142.660 euros, un 0,8 % superior al de 2017.
-En el caso de hipotecas sobre viviendas, el importe medio fue de 123.727 euros, un 5,6 % mayor que el del año precedente.
-El valor de las hipotecas constituidas sobre fincas urbanas alcanzó los 65.787,2 millones de euros, un aumento del 12,1 % respecto a 2017.
-En viviendas, el capital prestado se situó en 42.709,0 millones, con un incremento del 16,5 %.
-El número de hipotecas sobre viviendas en el conjunto del año 2018 fue de 345.186, un 10,3 % superior al de 2017.
-El número total de hipotecas con cambios en sus condiciones inscritos en los registros de la propiedad en el año 2018 fue de 72.739, lo que supuso un descenso anual del 18,7 %.
-En diciembre, el número de hipotecas constituidas sobre viviendas fue de 20.933, un 0,9 % más que en el mismo mes de 2017.
-El importe medio de una hipoteca para la compra de vivienda fue en diciembre de 2018 de 126.394 euros, un aumento del 9,4 %.
-Un 58,6 % de las hipotecas sobre viviendas firmadas en diciembre se cerraron a tipo variable, y un 41,4 % a tipo fijo.
-Las hipotecas a tipo fijo experimentaron en diciembre un aumento del 9,1 % en tasa anual.

miércoles, 30 de enero de 2019

Las hipotecas descendieron un 3,6% en noviembre en la Región

MURCIA.-Las hipotecas sobre viviendas constituidas en la Región de Murcia han descendido un 3,6 por ciento en noviembre con respecto al mismo mes de 2017, frente a la media nacional que aumentó un 14,2 por ciento. En total, en la Comunidad de Murcia se realizaron 582 operaciones, y registró el tercer mayor descenso en términos relativos, solo inferior a los de Extremadura (-6 por ciento) y Aragón (-4,4 por ciento), según los datos difundidos este miércoles por el Instituto Nacional de Estadística (INE).

El capital que se prestó en Murcia creció un 1,1 por ciento en comparación con el año anterior, hasta los 49 millones de euros, mientras que el capital prestado para la constitución de hipotecas sobre viviendas creció un 20,4 por ciento a nivel estatal. En tasa mensual, las hipotecas sobre viviendas descendieron un 18,9 por ciento, frente al descenso del 5 por ciento de la media nacional.
Durante noviembre, se constituyeron en Murcia 846 hipotecas sobre fincas rústicas y urbanas (dentro de estas últimas se incluyen las viviendas). Así, 49 fincas eran rústicas con un capital de 7,3 millones y 797 urbanas con un capital de 71 millones (582 viviendas, 17 solares y 198 otras urbanas).
Respecto a las cancelaciones, ese mes se cancelaron registralmente un total de 1.361 hipotecas, de las que 856 correspondieron a hipotecas canceladas sobre viviendas, 72 sobre fincas rústicas, 370 a otras urbanas y 63 sobre solares.

sábado, 19 de enero de 2019

La nueva sentencia que esperan millones de hipotecados

MADRID.-Los hipotecados y la banca vuelven a verse las caras en una enconada batalla judicial. Tras las cláusulas suelo y el impuesto de actos jurídicos documentados llega el fiasco de las hipotecas con IRPH (Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios). El asunto ya está en manos del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que este mismo año decidirá si ese índice está exento de cualquier tipo de control de transparencia, como dice el Tribunal Supremo en una sentencia de 2017, informa hoy El País
Son más de 1,3 millones las personas que un día confiaron a ciegas en lo que su caja o banco les vendía, según los cálculos de la plataforma IRPH Stop Gipuzkoa, pioneros en comenzar la batalla judicial hace ya cinco años en los juzgados de San Sebastián para reclamar la desaparición del índice y la devolución de las cantidades pagadas con carácter retroactivo.

El IRPH ha sido hasta hace poco el segundo índice de referencia más usado en las hipotecas en España, sobre todo en las firmadas en 2006 y 2007. Muchas entidades lo ofrecieron como una alternativa menos volátil que el euríbor, entre ellas Caixabank, Kutxabank, Sabadell, Santander, BBVA y Bankia.
La banca se juega mucho más que con las cláusulas suelo. Goldman Sachs estima un impacto de entre 7.000 millones y 44.000 millones de euros para las entidades si el dictamen de la justicia europea no es favorable y, además, se reconoce la retroactividad. JP Morgan ha indicado que es uno de los mayores riesgos del sector financiero español de cara a 2019.
Por eso, algunas entidades ya están moviendo ficha. "Están ofreciendo a los afectados un acuerdo para cambiar la hipoteca a un tipo fijo", indica Alberto Cañizares, del bufete Cañizares Abogados, que lleva más de 300 casos.

Pero, les obligan a firmar una cláusula que cierra la puerta a cualquier reclamación posterior, por lo que "recomendamos no firmar nada y pedir la suspensión de los procedimientos iniciados hasta que se conozca la sentencia del TJUE", añade Francisco García, director de servicios jurídicos de Arriaga Asociados, que lleva casos de IRPH desde 2012 y tiene más de 10.000 clientes afectados.
Porque firmar esos contratos fue un mala decisión para millones de personas que ahora pagan entre 200 y 400 euros más cada mes con respecto al euríbor. El valor de este índice se ha mantenido siempre más alto (sin tener en cuenta los diferenciales). En noviembre de este año el IRPH Entidades se colocó en el 2,009% con respecto al euríbor (-0147%).

A modo de ejemplo, "para una hipoteca contratada en 2006 de 180.000 euros a 20 años, el sobrecoste de un tipo variable de IRPH más 0,25% frente al euríbor más 0,25% es de más de 20.000 euros", calcula Yaiza Muñiz, abogada de Voyadefenderte.com.

Un índice oficial

El índice se extrae de los datos que las entidades remiten al Banco de España referente al precio medio de los préstamos hipotecarios concedidos en el país que, además, incluyen las comisiones y gastos para el cálculo. La postura de la banca es que se trata de un índice oficial y "asentado con casi 25 años de funcionamiento (circular 5/94). En estos momentos, el IRPH se sitúa por debajo del tipo de interés de los nuevos préstamos hipotecarios.

En Europa existen referencias de tipos calculadas de forma similar, con el doble objetivo de reforzar la transparencia y la estabilidad de tipos", comenta José Luis Martínez, portavoz de la Asociación Española de Banca (AEB). Se refiere a que los diferenciales de las hipotecas con euríbor suscritas hoy se sitúan en torno al 1% y el 1,5%, lo que encarece la hipoteca.
Sin embargo, el índice es acusado de ser "manipulable, ya que un banco podía subir sus tipos a través de sus comisiones y como afectan a la TAE acabarían elevando el IRPH", defiende Almudena Velázquez, responsable legal del departamento de Banca de Reclamador.es.
"Los clientes no fueron informados de qué era ese índice, ni se hicieron simulaciones", apunta Alberto Cañizares. Ni siquiera figura con el nombre de IRPH en los contratos (aparece como tipo medio de los préstamos hipotecarios a más de tres años para la adquisición de vivienda libre concedidos por el conjunto de entidades). Hasta que la crisis lo sacó de la sombra. Con un euríbor en descenso, todas las cuotas hipotecarias de amigos y conocidos bajaban. Las de los afectados, no.
Las entidades aplicaron IRPH a todo tipo de viviendas, incluso a las protegidas y a segundas residencias compradas por extranjeros. "En la Costa Blanca llevamos los casos de 50 personas y tenemos 20 demandas interpuestas", indica Ignacio Pellicer, codirector del despacho Pellicer & Heredia. Dice que hay familias que han pagado hasta 40.000 euros de más.
Durante los últimos cuatro años los afectados han acudido a los juzgados de primera instancia y audiencias provinciales, recuerda Urtzi González, abogado del despacho Sanahuja Miranda. Y algunos hasta han recuperado su dinero.

No ha tenido tanta suerte Mireia Andreu, de 42 años y cuyo caso lleva Sanahuja Miranda, que firmó con La Caixa (ahora Caixabank) una hipoteca con IRPH en septiembre de 2000. Tenía 24 años. En 2015 se dio cuenta de que su cuota nunca bajaba. "Llegamos a pagar 1.050 euros al mes".

En 2016 descubrimos que teníamos IRPH que en aquel momento no sabíamos ni qué era". Aunque el banco ha sustituido el índice por el Mibor, Mireia quería recuperar lo pagado de más, pero "se perdió el juicio, recurrimos y hay que pagar 8.000 en costas". Ahora espera a Europa.
Sentencia polémica
A mitad de año se conocerá si la justicia europea contradice a la española. El TJUE celebra vista oral el próximo 25 de febrero. Debe responder a tres cuestiones prejudiciales planteadas por el juzgado de primera instancia número 28 de Barcelona.

Por una parte, se cuestiona si el índice IRPH está exento de cualquier control de transparencia, después de que el Tribunal Supremo español así lo afirmara en su sentencia de 14 de diciembre de 2017.

"El Supremo pretendía dar carpetazo al tema del IRPH, con un fallo que ha hecho respirar aliviada a la banca. Sin embargo, la sentencia contaba con un voto particular suscrito por dos magistrados, que afirmada que contradecía la jurisprudencia del TJUE", dice Jon Etxaniz, de la plataforma IRPH Stop Gipuzkoa.

Jon, de 40 años, es otro de los afectados. Firmó en 2006 con Kutxabank porque "confías en el banco sin plantearte nada más". En 2013 consiguió que su índice fuera sustituido por el euríbor y desde entonces paga 300 euros menos cada mes. Aún así, quiere recuperar el dinero que le "han robado".
La segunda pregunta es la de definir cómo quedarán esas hipotecas en caso de nulidad del IRPH: si con cero interés o es sustituido por otro índice, como el euríbor, indica el abogado Francisco García. Y, por último, debe responder a la pregunta de si la devolución de los importes y los intereses se aplica con carácter retroactivo.
Los afectados tienen a su favor a la Comisión Europea, que ha presentado un informe demoledor discrepando del Tribunal Supremo español (dice que solo debe admitirse si se comercializó con total transparencia) y que se ha personado como causa. También el Gobierno español, pero alineado con la postura de la banca.

Afectados y abogados tienen esperanzas de que la justicia europea siga las pautas del informe de la Comisión, pues en muy pocas ocasiones se ha separado de su dictamen. Antes de la sentencia hay que esperar al informe que hará el Abogado General, que no será vinculante.

"Si el Tribunal europeo llega a darles la razón, cada afectado deberán acudir a los tribunales de justifica e interponer una demanda de juicio ordinario y esperar aproximadamente un año a obtener sentencia favorable en primera instancia", señala Urtzi González.

martes, 8 de enero de 2019

El precio de las hipotecas tocó máximos en la última parte del 2018

BARCELONA.- Como era de esperar, pese a los esfuerzos desplegados por el Gobierno para impedir que el precio de las hipotecas se escapara al alza tras atribuir a la banca el pago del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), los valores medios del coste de los créditos hipotecarios que recoge el Banco de España se han situado en máximos anuales en el penúltimo mes del año, al alcanzar el 2,28% TAE (tasa anual equivalente), recuerda El Periódico. 

El indicador se había situado en septiembre en el 2,21%, pero subió (2,25%) en octubre, y acabó en el máximo anual durante el undécimo mes del año. Como consecuencia de esa evolución, los créditos hipotecarios se han encarecido un 3% en tan solo tres meses.
El incremento coincide con la incertidumbre generada sobre a quién debía corresponder el pago del tributo. El 16 de octubre una sentencia del Tribunal Supremo estableció que su cargo debía corresponder a los bancos y no a los clientes, como había ocurrido hasta ese momento.
 El revuelo planteado por la sentencia llevó al Supremo a volver a analizar el fallo en un pleno. El seis de noviembre, adoptó la vuelta a la doctrina previa tras dos jornadas de intensas de debates en la Sala Segunda de lo Contencioso, que fue la que pronunció el veredicto del día 16. Posteriormente el Gobierno decidió fijar por ley que el pago debía corresponder a los bancos, mientras que estos dejaban entrever que la asunción de nuevos costes acabaría siendo repercutida a los clientes. 
De hecho, un estudio del portal financiero Credimarket refleja que en el mercado hipotecario español se han producido "más encarecimientos que rebajas, sobre todo en hipotecas fijas y mixtas", a lo largo del año pasado. 
"Durante este 2018 ha habido un total de 84 modificaciones en las carteras hipotecarias de las entidades. De estas, casi la mitad, 40, fueron subidas de precio y afectaron sobre todo a hipotecas fijas y mixtas (22 y 11 incrementos, respectivamente). 
Por su parte, en las hipotecas variables, solo siete vieron incrementar sus precios durante el año. Los encarecimientos oscilaron entre los 0,20 y los 0,50 puntos porcentuales", destaca el portal.
También hubo rebajas. En total fueron 29 contratos hipotecarios, una decena las contabilizaron hipotecas variables y otras tantas, fijas. El resto, nueve, fueron hipotecas mixtas. El hecho que las hipotecas variables protagonizaran más bajadas que subidas en los intereses ha hecho que el diferencial medio hipotecario descienda. 
Según cálculos de CrediMarket, empezó 2018 al 1,464% y lo acabará alrededor del 1,107 %. No obstante, la mayor parte de los descensos tuvieron lugar en la primera parte del año, antes de que se produjera la sentencia del Supremo de octubre. De hecho, el décimo mes del año fue en el que se produjo el mayor número de incrementos en las condiciones de las hipotecas. 
Credimarket destaca cuatro aumentos en contratos de tipo fijo; tres en tipo mixto y dos variables. En total, nueve modificaron al alza sus condiciones ante los cambios que debía acometer el sector.
Una mayoría de expertos están convencidos de que el coste adicional  que implica la nueva legislación acabará repercutido en el precio; mientras que las entidades financieras defienden que no habrá subidas lineales y que cada una decidirá si aprovecha con buenas ofertas para 'cazar' nuevos clientes o fija el precio recogiendo el coste de fabricación.
 A pesar de que las subidas coinciden con el lío legislativo, algunas fuentes apuntan a otros factores que han que han tenido impacto en el incremento de precios, como la recuperación del euríbor y el auge de los préstamos a tipo fijo.
En todo caso, la situación legislativa que se produjo en octubre tuvo cierto efecto sobre la concesión de nuevos préstamos. De hecho, en el sector se reconoce que se dejaron de firmar muchas hipotecas durante ese periodo. Las entidades prestaron 3.690 millones de euros a familias para adquisición de vivienda el pasado mes de noviembre, lo que supone un incremento del 10,67% interanual, pero la cifra descendió un 0,29% frente al mes previo.
Todo ello, pese a que el mercado residencial sigue avanzando de forma positiva, en volumen y precios, según la Asociación Hipotecaria Española, que igualmente destaca que el valor de tasación de las viviendas en septiembre del 2018 registró una revalorización promedio del 3,2% respecto a un año antes. 
El importe promedio de la hipoteca de vivienda asciende a 125.092 euros, incremento del 5,8% respecto a septiembre 2017 y del 17,0% respecto a tres años antes. El plazo de financiación de los nuevos créditos se mantiene en 23,4 años, muy próximo al que se registra en los datos de los últimos trimestres, y crece, muy ligeramente, respecto a los datos registrados en años anteriores. 
Como resultado de estas variables, la cuota resultante de un préstamo medio en septiembre del 2018 ascendía a 555,4 euros al mes, frente a los 527,1 euros mensuales de un año antes.

sábado, 5 de enero de 2019

La banca encarece las hipotecas un 3% tras la polémica con el impuesto

MADRID.- La banca cumple su amenaza con el impuesto de las hipotecas. Las entidades españolas encarecieron los créditos para la vivienda un 3% en octubre y noviembre, los dos meses en los que se desató la polémica por la decisión del Tribunal Supremo sobre el impuestos de actos jurídicos documentados (AJD), recoge El Confidencial.

Toda la incertidumbre que generó el dictamen del Alto Tribunal y su posterior revisión, unida a la decisión del Gobierno de imponer el pago del impuesto a los banco vía real decreto, llevaron al sector a encarecer las nuevas hipotecas del 1,96% de septiembre al 2,02% de noviembre, según datos del Banco de España. Esta tasa ya subió en octubre, hasta el 1,99%.
Con este nuevo aumento, el coste de las hipotecas está ya en máximos desde agosto de 2017 -que repitió este mismo verano- y la subida es del 10% en 2018.
El encarecimiento supone además un reto de la banca ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). 
El organismo presidido por José María Marín Quemada avisó ya hace dos meses que no permitiría “conductas coordinadas” para repercutir el coste del impuesto de los AJD a los clientes.
Por su parte, los responsables de entidades como BBVA, Santander y Bankinter habían avisado antes de que cualquier sobrecoste sobre las hipotecas tendría que ser trasladado a los clientes. Como defensa esgrimieron que los créditos no pueden dejar de ser rentables, o dejarán de concederse.
Lejos de cerrarse el grifo del crédito en noviembre, se mantuvo muy activo a nivel de hipotecas, a pesar de que muchos banqueros se quejaron de que se estaban paralizando la firma de nuevos contratos por la incertidumbre.
Así, las entidades concedieron 3.690 millones en noviembre, un nivel prácticamente idéntico al de octubre y un 10% por encima del nivel de noviembre de 2017.
De hecho, la producción de nuevas hipotecas ascendió a casi 40.000 millones entre enero y noviembre del año pasado. A la espera de que se publique la estadística de diciembre, esta cifra ya supone un récord para el sector desde 2010.
Junto al real decreto del Gobierno con el impuesto hipotecario, la banca todavía tiene que digerir otros golpes como los que se incluyen en la Ley Hipotecaria y se enfrenta a dos sentencias clave en Europa, por el IRPH y los desahucios. Cualquier imprevisto seguirá encareciendo los nuevos créditos.

miércoles, 19 de diciembre de 2018

La firma de hipotecas sobre viviendas acelera su crecimiento en octubre al 20,4%

MADRID.- El número de hipotecas constituidas sobre viviendas inscritas en los registros de la propiedad se situó en 30.356 el pasado mes de octubre, cifra un 20,4% superior a la del mismo mes de 2017, según ha informado este miércoles el Instituto Nacional de Estadística (INE). Con este repunte interanual, la firma de hipotecas sobre viviendas encadena siete meses de tasas positivas y amplía el aumento que registró en septiembre, que fue del 9,5%.

El INE recuerda que se trata de hipotecas procedentes de escrituras públicas realizadas anteriormente, por lo que no se aprecia el impacto que pudo tener la sentencia del Tribunal Supremo, publicada el 18 de octubre, que establecía que los bancos y no el cliente debían abonar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados (AJD).
Este fallo fue rectificado por el Alto Tribunal el 6 de noviembre, pero en el periodo transcurrido entre ambas sentencias se registró una cierta paralización de las hipotecas concedidas por los bancos, según advirtieron entonces fuentes del sector.
De acuerdo con los datos difundidos hoy por el INE, el importe medio de las hipotecas sobre viviendas creció un 4,6% respecto a octubre de 2017, hasta los 126.926 euros, mientras que el capital prestado subió un 25,9% en tasa interanual, hasta situarse en 3.852,9 millones de euros.
En tasa mensual (octubre sobre septiembre), las hipotecas sobre viviendas bajaron un 6,5%, mientras que el capital prestado retrocedió un 7,1%. En ambos casos se trata del menor descenso registrado en un mes de octubre en al menos cinco años.

Andalucía y Madrid, a la cabeza de las hipotecas sobre viviendas

Las comunidades con mayor número de hipotecas constituidas sobre viviendas en octubre fueron Andalucía (5.984), Madrid (5.862) y Cataluña (5.808).
Las mayores tasas de variación anual se dieron en Navarra (+53,7%), Cataluña (+40,7%) y Aragón (+36,8%). Los únicos descensos interanuales en las hipotecas sobre viviendas correspondieron a La Rioja (-20,9%) y Baleares (-4,9%).
El tipo de interés medio para los préstamos hipotecarios sobre viviendas alcanzó el pasado mes de octubre el 2,63%, frente al 2,69% del mismo mes de 2017, con un plazo medio de 24 años.
El 60,4% de las hipotecas sobre viviendas se constituyó a tipo variable, en contraste con el 39,6% que se firmó a tipo fijo. El tipo de interés medio al inicio para las hipotecas sobre viviendas a tipo variable se situó en el 2,43%, frente al 2,99% de las de tipo fijo.

Suben las fincas hipotecadas

De acuerdo con los datos del organismo estadístico, durante el décimo mes del año se constituyeron 42.007 hipotecas sobre fincas rústicas y urbanas (dentro de estas últimas se incluyen las viviendas), cifra que supone un incremento del 20,8% respecto a octubre de 2017.
El capital de los créditos hipotecarios concedidos subió un 13,9% respecto al mismo mes de 2017, hasta los 5.804,1 millones de euros, en tanto que el importe medio de las hipotecas constituidas sobre el total de fincas ascendió a 138.171 euros, un 5,8% menos.
El tipo de interés medio al inicio para el total de fincas se situó en el 2,57%, un 4,3% inferior al de octubre de 2017, con un plazo medio de 23 años. Para las hipotecas a tipo variable, que representan el 62,4% del total, el tipo de interés medio fue del 2,35% al inicio, mientras que se situó en el 3,06% para las de tipo fijo.

Cambio en las condiciones

En cuanto a las hipotecas con cambios registrales, sumaron 5.355 en octubre, un 25,3% menos que en el mismo mes de 2017. En viviendas, el número de hipotecas que modifican sus condiciones retrocedió un 16,7%.
Atendiendo a la clase de cambios en las condiciones, en octubre se produjeron 4.128 novaciones (o modificaciones producidas con la misma finalidad financiera), con un descenso interanual del 24%.
El número de operaciones que cambiaron de entidad (subrogaciones al acreedor) bajó un 29,5%, mientras que el número de hipotecas en las que cambió el titular del bien hipotecado (subrogaciones al deudor) descendió un 29,8%.
De las 5.355 hipotecas que cambiaron sus condiciones el pasado mes de octubre, el 46,3% se debieron a modificaciones en los tipos de interés.
Después del cambio de condiciones, el porcentaje de hipotecas a interés fijo subió desde el 10% al 15,1% y el de hipotecas a interés variable cayó del 88,7% al 83,4%.
El euríbor es el tipo al que se referencian la mayoría de las hipotecas a tipo variable tanto antes del cambio (76,4%) como después (77,5%).
Tras la modificación de condiciones, tanto el interés medio de los préstamos en las hipotecas a tipo fijo como a tipo variable bajó un punto.

domingo, 9 de diciembre de 2018

Puntos clave de la nueva ley hipotecaria que podría entrar en vigor en marzo

MADRID.- La nueva Ley Hipotecaria que hará pagar a la banca todos los gastos derivados de un crédito hipotecario, menos la tasación, y que rebaja a la mitad las comisiones de amortización por reembolso, podría entrar en vigor en marzo, una vez que sea aprobada definitivamente por el Pleno del Senado.

La mayoría de los grupos parlamentarios del Congreso ha consensuado que su entrada en vigor se produzca un mes después de su publicación en el BOE, aunque habrá al menos tres artículos que necesitan desarrollo reglamentario y que podrían entrar en vigor a los tres meses, un poco antes del verano.
De esta forma, el Parlamento atendería las reclamaciones del sector financiero que pide tiempo para poder adaptarse a la nueva norma, consecuencia de la transposición de una directiva europea.
De momento, el próximo martes la Comisión de Economía del Congreso aprobará el dictamen de ponencia y votará las enmiendas que se han quedado fuera para que la ley pase al Pleno del Congreso a finales de diciembre.

Pero, ¿cuáles son los principales cambios en la nueva Ley Hipotecaria?:
1- Los bancos que suscriban una hipoteca pagarán el impuesto de Actos Jurídicos Documentos (AJD), las primeras copias del notario, los gastos del registro y de la gestoría, mientras que el cliente pagará segundas copias del notario y los gastos de tasación.
2- Para llevar a cabo una ejecución se amplían a 12 las cuotas impagadas o el 3 % del capital principal prestado en la primera mitad de la vida del préstamo, y de 15 cuotas y el 7 % en la segunda mitad del crédito.
3- Se eliminan las cláusulas suelo y será voluntaria la dación en pago si así lo establecen las partes, aunque no se contempla la obligación de garantizar la responsabilidad patrimonial al bien hipotecado.
4- La ley establecerá una disposición adicional para que la nueva cláusula de vencimiento anticipado no afecte a los embargos actualmente suspendidos y pendientes de resoluciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea y no recoge la prohibición de los desalojos forzosos sin alternativa habitacional para colectivos vulnerables.
5- Las comisiones de amortización anticipada para hipotecas de tipo fijo bajarán a la mitad y serán del 2 % durante los 10 primeros años y del 1,5 % a partir de este período, mientras que el cliente deberá elegir el tipo de amortización a tres o cinco años cuando su hipoteca sea a tipo variable, cuyas comisiones serán del 0,25 % o del 0,15 %, respectivamente.
6- El cliente podrá contratar con otra entidad diferente a la que le concede el préstamo los seguros o pólizas de hogar, vida o protección del crédito siempre que cumpla los requisitos que marca el contrato y el prestamista no podrá cobrar comisión o gasto alguno por el análisis de estas pólizas.
7- El cliente podrá subrogar sin costes y libremente su hipoteca, y entre las entidades se establecerá un mecanismo de compensación basado en los intereses cobrados y los pendientes de cobro vinculados al coste por los gastos de constitución de la hipoteca.
8- La entidad no podrá cobrar comisiones por novación en el préstamo.
9- Las cajas rurales y las cooperativas de crédito, exentas actualmente de pagar el impuesto de Actos Jurídicos Documentados, podrían abonarlo en el caso de que concedan un préstamo.
10- El banco dará al cliente 10 días para analizar la información precontractual de los préstamos inmobiliarios antes de firmarlos.
11- El Código de Buenas Practicas bancario será permanente para que las entidades tengan que aplicarlo a todos los préstamos y no solo a los firmados antes de 2012.
12- El banco deberá ofrecer una ficha estandarizada para que el cliente pueda comparar las condiciones hipotecarias que le ofrece cada entidad.
13- Se creará una Autoridad Independiente que vele por la protección y transparencia en la contratación inmobiliaria y se reforzará la supervisión bancaria que garantice la solvencia del hipotecado.
14- La comisión por interés de demora se ha quedado en el interés remuneratorio más el 2 % frente al triple del interés legal del dinero que dictaba el proyecto de ley del PP.
15- Los tasadores serán independientes y pueden ser no sólo sociedades de tasación sino también personas físicas. Además el cliente podrá elegirlo.
16- Los trasteros, garajes u otros elementos que sin constituir vivienda como tal cumplan una función doméstica también serán considerados inmuebles.

martes, 4 de diciembre de 2018

La Región registró casi 270 ejecuciones hipotecarias sobre viviendas en el tercer trimestre

MURCIA.- La Región de Murcia registró 268 ejecuciones hipotecarias iniciadas sobre viviendas en el tercer trimestre de 2018, la séptima mayor cifra por comunidades.

Atendiendo a las ejecuciones hipotecarias de viviendas, el 0,07 por ciento de las hipotecas constituidas en la Región sobre viviendas en el periodo 2003-2017 han iniciado una ejecución hipotecaria en el tercer trimestre del año, la tercera mayor tasa por comunidades junto con Asturias y Comunidad Valenciana, por encima de la media nacional del 0,05 por ciento.
Por otro lado, la Región registró 790 ejecuciones hipotecarias iniciadas sobre el total de fincas, la sexta mayor cifra por comunidades.
Así, tomando como referencia las hipotecas constituidas en el periodo 2003-2017 sobre el total de fincas, el 0,14 por ciento de las hipotecas constituidas en la Región han iniciado una ejecución hipotecaria en el tercer trimestre de 2018, la mayor tasa por comunidades, frente a la media nacional del 0,07 por ciento.
En concreto, de las 790 ejecuciones hipotecarias iniciadas sobre el total de fincas, 47 lo fueron sobre fincas rústicas y el resto sobre fincas urbanas, correspondiendo 268 a viviendas, 6 solares y 469 otras urbanas.

viernes, 30 de noviembre de 2018

Sigue disparada la firma de hipotecas en la Región de Murcia

MADRID.- La firma de hipotecas volvió a registrar un importante aumento en la Región de Murcia durante el mes de septiembre al constituirse un total de 866 préstamos hipotecarios, lo que supone un incremento mensual del 21,5% y del 10% en términos interanuales si se compara con el mismo mes del año anterior. El capital prestado en estas nuevas hipotecas es de 75 millones de euros.

Las comunidades con mayor número de hipotecas constituidas sobre viviendas en septiembre son Comunidad de Madrid (6.530), Andalucía (6.282) y Cataluña (5.246), mientras que las comunidades que presentan las mayores tasas de variación anual son La Rioja (67,4%), Extremadura (34,4%) y Principado de Asturias (26,7%).
Las comunidades en las que se presta más capital para la constitución de hipotecas sobre viviendas son Comunidad de Madrid (1.219,5 millones de euros), Cataluña (758,9 millones) y Andalucía (654,5 millones).
Las comunidades con mayores tasas de variación mensuales en el número de hipotecas sobre viviendas son Comunitat Valenciana (32,5%), Comunidad de Madrid (30,6%) y Región de Murcia (21,5%).
Por su parte, Canarias (-23,1%), Extremadura (-15,9%) y Comunidad Foral de Navarra (-13,2%) presentan las tasas de variación mensuales más negativas.




La jueza permite reanudar las obras 
del Edificio España tras su paralización 

Por otra parte, la jueza del Juzgado de Primera Instancia número 67 de Madrid ha acordado reanudar las obras en el Edificio España de Madrid que habían sido suspendidas al estimar el recurso de la cadena hotelera Riu, propietaria del inmueble, que afirma que la seguridad del edificio "no ha estado nunca comprometida".
Fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Madrid y de la cadena hotelera Riu han confirmado hoy la información sobre el recurso que permite la reanudación de las obras.


Los trabajos habían sido paralizados después de que el pasado 21 de noviembre el mismo juzgado acordara suspenderlos de manera inmediata ante el riesgo alegado por el grupo murciano Baraka, que vendió en junio de 2017 el edificio a Riu después de comprárselo a la empresa china Delian Wanda por 272 millones de euros.
Además, Baraka demandó a Riu por incumplimiento de contrato ante la negativa a escriturar 5.000 metros cuadrados comerciales del inmueble comprometidos a favor de Baraka Renta SL, sociedad del Grupo Baraka.
El juzgado ha estimado ahora el recurso presentado por Riu, que asegura que la seguridad estructural del edificio "no ha estado nunca, ni está ahora comprometida" y que las obras cumplen "escrupulosamente con toda la normativa".
Riu inició en octubre de 2017 las obras en el emblemático inmueble, que lleva unos doce años cerrado, con la intención de abrir el primer hotel en España de su línea urbana Riu Plaza, previsiblemente, a mediados de 2019.

martes, 27 de noviembre de 2018

Doce jueces del Supremo se oponen por escrito al criterio del Pleno de las hipotecas


MADRID.- Doce jueces del Tribunal Supremo se oponen por escrito a que el cliente pague el impuesto hipotecario, respondiendo así a la decisión del Pleno Extraordinario de la Sala de lo Contencioso que cerró con apoyos muy justos la polémica levantada por el sujeto pasivo del impuesto de Actos Jurídicos Documentados. 

En respuesta a tres sentencias notificadas este martes en las que se defiende que el cliente debe pagar, seis de los magistrados de la Sala, entre ellos su expresidente José Manuel Sieira, han dictado votos particulares a los que se han adherido otros seis de sus compañeros. El espíritu general de los escritos coincide en destacar que la confianza en el alto tribunal ha quedado rota.
Las resoluciones y el rosario de votos adjuntos evidencian de nuevo la ruptura completa de aquella reunión maratoniana que se cerró por 15 a 13 votos a favor de mantener que debía pagar el cliente. Los escritos critican el fondo y la forma de la decisión que tumbó el criterio de la Sección Segunda que, de forma innovadora, decidió que debía ser el banco quien pagara el tributo. Y son especialmente duros....
A modo de muestra, en ellos pueden leerse frases tan contundentes como la que plantea Sieira en su voto particular: "Si el propio Tribunal Supremo pone en cuestión el valor de su jurisprudencia, ¿cómo podrá pedirse el respeto a la misma por los Juzgados y Salas de lo Contencioso de los Tribunales Superiores de Justicia y de la Audiencia Nacional?".
En su escrito, el expresidente de lo Contencioso asegura rotundamente que admitir la posibilidad de que el Pleno de la Sala pueda revisar, confirmar o modificar lo decidido por una Sección -"más aún con la inmediatez que en este caso se produjo"- "atenta no sólo contra el valor reforzado que con el nuevo recurso de casación quiere dar el legislador a la jurisprudencia, sino también contra la seguridad jurídica que las sentencias firmes del Tribunal Supremo deben llevar aparejada por su propia naturaleza y contra el principio de confianza legitima".
Así, critica el Pleno y asegura que aunque el presidente de la Sala Luis Díez-Picazo tenía legitimación para convocarlo, la reunión no se inspiró en los motivos adecuados. También se opone a la premura de esta convocatoria que se fundamentó en la enorme repercusión económica y social y avisa a Picazo: "La lealtad y confianza institucional operan en ambas direcciones".
"No estamos ante cuestiones transversales, ni ante un supuesto en el que exista contradicción con sentencias anteriores de la misma Sección o del Pleno de la Sala. Existe un cambio de criterio motivado y explícito que es justamente lo contrario a la contración", asegura. También dice que carece de "rigor jurídico" afirmar que la jurisprudencia habitual era la contraria. El Pleno carecía de interés para la administración de Justicia, advierte.
Además de Sieira, firman votos particulares Nicolás Maurandi Guillén, Pablo María Lucas Murillo de la Cueva, José Manuel Bandrés, Francisco José Navarro y Fernando Román, adhiriéndose al escrito de Lucas Murillo los magistrados María Isabel Perelló Doménech, José María del Riego Valledor y Diego Córdoba Castroverde, y al de Navarro los jueces Eduardo Calvo Rojas, Ángel Aguallo Avilés y Jesús Cudero Blas. El único que también votó en contra durante el Pleno y no se suma a los votos particulares es Antonio Díaz Delgado, quien considera que ya expresó su opinión durante el mismo.

Confianza quebrantada

El presidente de la Segunda, Nicolás Maurandi Guillén, sustenta su voto particular en tres puntos: los argumentos que apuntan a que el banco debe pagar el impuesto "son más consistentes", el principio de seguridad jurídica en el que se fundamentó el retornó a la jurisprudencia inicial "nunca puede ser por sí solo un freno para el cambio" y "la confianza social en la administración de justicia es un elemento esencial para que el modelo de convivencia que es el Estado de Derecho no sea una mera proclamación retórica".
Resulta además interesante el desarrollo que hace el magistrado de este último punto, pues sostiene que "esa confianza queda gravemente quebrantada si, después de un cambio jurisprudencial extensamente argumentado, el más alto órgano jurisdiccional del Estado lo deja sin efecto", criticando así la decisión de Díez Picazo de convocar un Pleno sin argumentar en ningún momento que las sentencias que cambiaron el criterio fuesen "un claro desacierto jurídico".
Una línea similar mantiene el magistrado Pablo María Lucas Murillo de la Cueva, quien también emite un voto particular contra la decisión del Pleno al que se adhieren además tres magistrados. "No es una novedad el abandono por esta Sala de interpretaciones mantenidas durante muchos años y no ha sido necesario para que se produjera que concurrieran acontecimientos extraordinarios ni cambios legislativos", sostiene en en su escrito a la hora de valorar las sentencias que cambiaron el criterio en un primer momento.
Una vez mostrado su apoyo a dichos fallos, el magistrado arremete entonces contra la gestión de Díez-Picazo: "Cuando la contraposición se mueva entre una solución posible y otra que se tiene por preferible, se ha de evitar que en el curso de unos pocos días el Tribunal Supremo afirme una cosa y su contraria, desdiciéndose, porque entonces no transmitirá a la sociedad la imagen de que hace justicia sino la de que siembra desconcierto".
Aunque Murillo de la Cueva reconoce en su voto particular que "la regulación legal del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados es deficiente", al mismo tiempo insiste en que fue un error dar marcha atrás en el Pleno: "El respeto a la función que se nos ha confiado, el respeto que debemos al propio Tribunal Supremo y a los ciudadanos a los que sirve debió haber llevado a la Sala, una vez que se vio en la tesitura de hacerlo, a resolver este recurso del modo en que ya lo hizo la Sección Segunda".
El otro voto particular que logra más apoyo, adhiriéndose al mismo otros tres magistrados, es el de Francisco José Navarro, quien se muestra más duro que sus compañeros. “Lo más preocupante, con mucho, es la imagen que de nosotros mismos estamos proyectando a la sociedad, muy en especial a los jueces y magistrados que integran la carrera judicial, que pueden quedar perplejos con estas actitudes belicosas”, sostiene su escrito. "Más enigmático aún resulta el empleo de ese tono despectivo o burlesco -si se refiere a nuestro criterio- o panegírico -cuando alude, bien a las atribuciones presidenciales para convocar un pleno, bien a la doctrina histórica, a la que se atribuye una especie de cualidad mística de verdad de fe intangible e inefable-", señala a la hora de criticar el papel de Díez-Picazo.

jueves, 8 de noviembre de 2018

La PAH mantiene las movilizaciones viernes y sábado en Murcia tras el 'hipotecazo' y pese al decreto del Gobierno

MURCIA.- En relación con el anuncio hecho por el presidente del Gobierno Pedro Sánchez tras la sentencia del Supremo de ayer, sobre el real decreto que ha aprobado hoy el Gobierno, para que el impuesto de actos jurídicos documentados lo pague la banca en lo sucesivo, desde la PAH considera que:

"Es una medida que intenta salvaguardar la decisión del Supremo, en el sentido de liberar a la banca de la retroactividad y de la obligación de devolver a las familias las cantidades indebidamente pagadas por éstas, estableciendo que en lo sucesivo sean los bancos quienes lo hagan, que ya encontrarán la fórmula de cobrárnoslo.

Es una medida insuficiente a la hora de proteger a los deudores hipotecarios. Nos recuerda a aquella otra sentencia del Supremo de 2013, sobre las cláusulas suelo en la que intentaron liberar de la retroactividad a la banca, y que fue corregida por el TJUE en 2016. A los bancos no les costará encontrar la fórmula de cobrárnoslo y lo pagado, pues pagado está.

Este país lo que necesita urgentemente es una legislación hipotecaria acorde con los estándares europeos, donde la parte claramente más débil, esté suficientemente protegida. Para lograr esto, Pedro Sánchez tiene la opción a aceptar en la ley de crédito las enmiendas que protegen al deudor hipotecario, como son la dación en pago, la limitación de la responsabilidad al bien hipotecado… 

Introduciendo también los criterios establecidos en la Directiva 93/13/UE, sobre los contratos entre profesionales y consumidores de forma que se reequilibre la radical desigualdad entre prestamistas y prestatarios, banqueros e hipotecados, protegiendo especialmente a la parte más débil, y no como hasta ahora, en que la sentencia del Supremo es el último ejemplo de la desigualdad existente. Hasta el momento, Pedro Sánchez se está apoyando en PP y C's para sacar adelante el proyecto del banquero De Guindos, y viene rechazando enmiendas que van en sentido contrario.

Pero si como anunció hace más tiempo Pedro Sánchez, lo que desea es garantizar el Derecho a la Vivienda, dispone de un instrumento idóneo: La Ley de Vivienda PAH, actualmente en trámite suspendido por el fraude sistemático petición de prórrogas que vienen haciendo PP y C's, demostrando que la situación de emergencia habitacional que atraviesa el país no les afecta.

Por tanto, desde la PAH, no vemos otro camino que el de seguir luchando, movilizándonos, porque nada ha cambiado, todo presagia que los más de 33.000 desahucios del primer semestre de este año, van a ser ampliamente superados en el segundo. Los precios de los alquileres no dejan de subir. Las casas vacías siguen vacías sin que nadie haga nada por movilizarlas…

Por eso la PAH ha convocado y mantiene movilizaciones en todos los territorios para este viernes, y para el próximo sábado, a las 18 frente al Palacio de Justicia en Murcia, y ante el Tribunal Supremo en Madrid".

La banca pagará el impuesto de las hipotecas desde mañana y no podrá deducirlo

MADRID.- El Gobierno ha aprobado este jueves un real decreto para que sea la banca y no el cliente la que asuma el impuesto de actos jurídicos documentados de las hipotecas, tasa que las entidades no podrán deducirse ya que también se ha modificado el impuesto de sociedades.

El decreto, que entrará en vigor el sábado tras su publicación este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), modifica el artículo 29 del impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados para que la banca asuma el impuesto.
Y viene acompañado por un cambio en el artículo 15 de la ley del impuesto de sociedades, para dejar claro que el gasto no será deducible por el prestamista.
Al término de la reunión del Consejo de Ministros, la ministra portavoz, Isabel Celaá, indicó que con este real decreto el Gobierno afirma "con toda contundencia y toda claridad" que este impuesto lo pagará el banco. 
"El Gobierno muestra una vez más su responsabilidad y la rapidez en su actuación y en el momento de estar junto a la resolución de problemas de los ciudadanos, ya que es un tema que afecta a millones de personas (...). El Gobierno ha demostrado su responsabilidad y su rapidez en su respuesta actuando en 24 horas", subrayó la ministra.
Además de la modificación del artículo 29 de la ley del ITP y AJD, en el que se incluye un párrafo que aclara que cuando se trate de escrituras de préstamos con garantía hipotecaria, se considerará sujeto pasivo al prestamista, el real decreto también modifica el artículo 15 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades para establecer que las entidades financieras no podrán deducirse este pago en el Impuesto sobre Sociedades.
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, destacó que el objetivo del decreto es asegurar que los ciudadanos "no tengan que pagar más" este impuesto a la hora de escriturar una hipoteca, después de la "alarma social y la inseguridad jurídica" que creó la sentencia del Tribunal Supremo.
"Desde el respeto a la separación de poderes, lamentamos el cambio de criterio del Supremo, por lo que hoy le ha tocado hablar al poder ejecutivo, que vela por el interés general de los ciudadanos y por garantizar la seguridad jurídica del mercado hipotecario, que quedaron en entredicho en estas semanas", subrayó la ministra, tras admitir que la rectificación del alto tribunal provocó una "cierta paralización" en la suscripción de hipotecas.
Montero, que justificó la urgencia de la aprobación de los cambios a través de un real decreto por la "confusión generada" por la sentencia y por la necesidad de clarificar la normativa para que no haya dudas acerca del sujeto pasivo, afirmó que en paralelo a esta medida el Ministerio de Economía está trabajando en la creación de una Autoridad Independiente de protección de clientes financieros, que estará lista en las próximas semanas.
Esta autoridad, añadió, velará para prevenir que las entidades financieras puedan trasladar a las hipotecas el coste del pago del impuesto o que se introduzcan "cláusulas abusivas" al respecto. Además, rechazó el "mantra" de que cada vez que se introducen impuestos para las empresas o entidades financieras, se hable de repercusión de costes y de que "o paga el ciudadano o paga el ciudadano".
"Este Gobierno no cree en esa afirmación, las entidades financieras son responsables y hay competencia a la hora de ofrecer hipotecas", indicó la ministra, quien afirmó que la "elevada competencia" en el mercado hipotecario hace que las condiciones que ofrecen las entidades financieras sean "decisivas" a la hora de elegir con qué banco suscribe la hipoteca.