jueves, 19 de marzo de 2020

Hacienda mantiene el calendario y la campaña de la Renta comenzará el 1 de abril pese al coronavirus

MADRID.- El Ministerio de Hacienda mantiene el 1 de abril el inicio de la campaña de la Renta de 2019, que cuenta entre sus novedades con una simplificación en la consignación de los inmuebles, según publica este jueves el BOE . Hacienda ha publicado los modelos de declaración del IRPF y el impuesto de patrimonio de 2019, cuyo plazo de presentación se mantiene entre el 1 de abril y el 30 de junio, a pesar de que buena parte de los trámites administrativos y tributarios se han visto afectados por la crisis del coronavirus. 

«El plazo de presentación del borrador de declaración y de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cualquiera que sea su resultado, será el comprendido entre los días 1 de abril y 30 de junio de 2020, ambos inclusive», tal y como se ha comuniado en el BOE.
Como apuntan desde Hacienda «se ha considerado especialmente importante en las circunstancias actuales mantener la campaña en las fechas previstas para que cuanto antes los contribuyentes puedan recibir sus devoluciones». En el Ministerio insisten en que «cerca del 70% de las declaraciones salen a devolver, y que las que salen a ingresar solo se empiezan a pagar a final de campaña». «Además, cerca del 88% de las declaraciones se confeccionan por internet. Comenzando el 1 de abril, el día 3 los contribuyentes comenzarán a recibir sus devoluciones», consideran.
Entre las novedades del borrador figura la simplificación de la consignación de los inmuebles propiedad del contribuyente, que ahora figurarán en un único apartado en el que se indicará el uso que ha tenido cada uno de ellos durante el ejercicio.
Para facilitar la declaración de las rentas de inmuebles que hayan estado alquilados, el borrador desglosa los conceptos necesarios para calcular el rendimiento neto de capital, como gastos deducibles o amortización.
También se simplifica la identificación del domicilio fiscal del contribuyente, que figurará en un apartado separado, y la declaración de rendimientos de actividades económicas de estimación directa.
La exposición de motivos de la orden ministerial explica que estas modificaciones están en línea con los objetivos de reducir cargas fiscales indirectas, mejorar la asistencia al contribuyente y lograr una administración tributaria más eficiente. 

Como en la última campaña, todos los contribuyentes podrán acceder a su borrador a través del programa Renta web identificándose con certificado electrónico, cl@ve PIN o número de referencia, donde podrán modificarlo, confirmarlo y presentarlo.
Además de por internet, las declaraciones se podrán presentar por teléfono -a través del plan "Le llamamos"- o presencialmente en las oficinas de la Agencia Tributaria. 


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