lunes, 10 de junio de 2019

Condenan al Ayto. de Totana a pagar 2,4 millones al arrendatario de La Santa

TOTANA.- El Ayuntamiento de Totana no podrá anular el acuerdo plenario que en marzo de 2014 aprobó liquidar el contrato de arrendamiento con Hoteles del Sureste del edificio de servicios, casas rurales y espacios recreativos de La Santa, que reconoció una deuda a favor de la empresa de 2,4 millones de euros. 

Así lo dispone una sentencia de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de la Región de Murcia, que desestima de esta forma el recurso municipal contra la dictada por un juzgado local.
Señala la Sala que, tras el acuerdo del Pleno y en otro celebrado en julio de 2016, se declaró que la liquidación del contrato había sido lesiva para los intereses del Ayuntamiento, por lo que se pretendió que se dejara sin efecto el acuerdo anterior. En el recurso que presentó, alegó en su favor que la sentencia apelada incurría en error en la apreciación de los hechos y en la aplicación de la ley y la jurisprudencia del Tribunal Supremo (TS).
Consideró, asimismo, que sí procedía la declaración de lesividad y la posterior impugnación en vía jurisdiccional de la resolución por la que se liquidaba el contrato, por cuanto se había dictado con omisión del procedimiento de responsabilidad patrimonial de las administraciones públicas, consideraciones a las que se opuso la empresa.
Al rechazar el recurso, la Sala expone que no procede anular el acuerdo de aquel Pleno municipal de 2014, al tratarse de un acto administrativo que no adolece de vicio determinante de anulabilidad. Así, confirma la sentencia recurrida, que estableció que el Ayuntamiento de Totana estaba obligado a pagar la suma reconocida en la liquidación del contrato y las costas judiciales, aunque limitó estas a 20.450 euros.

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