jueves, 24 de enero de 2019

Ir a 51 km/h en ciudad supondrá multa y pérdida de puntos

MADRID.- El pasado mes de diciembre, Fernando Grande-Marlaska, ministro del Interior, anunció la reducción de la velocidad máxima a 30 km/h en calles de un carril por sentido. En unos meses, posiblemente en verano, esta nueva norma se convertirá en realidad, fruto de una modificación del Reglamento General de Circulación. 

¿La principal consecuencia? El conductor que sea 'cazado' a 51 km/h en ese tipo de vías incurrirá en una infracción grave, que implicará una multa económica de 100 euros y la pérdida de dos puntos en el carné de conducir. 
Si el intervalo de velocidad se sitúa entre 61 y 70 km/h, la sanción aumentará a cuatro, mientras que, a partir de 71 km/h, serán seis puntos menos y 600 euros; un buen 'pellizco' en cualquier cuenta bancaria. 
Esta reducción de 50 a 30 km/h no será minoritaria, sino que afectará a la mayoría de las calles de las ciudades españolas. Por ejemplo, en Madrid, el descenso de velocidad será efectiva en el 80% de las vías urbanas. Por supuesto, en localidades pequeñas, ese porcentaje podría incrementarse todavía más. 
Curiosamente, los carriles especiales, como los destinados a autobuses o taxis, mantendrán la velocidad máxima de 50 km/h. 
La Dirección General de Tráfico explicó que esta medida tiene como objetivo final reducir un 50% los fallecidos en carretera para el año 2020. "El riesgo de fallecer en un atropello es entre cinco y ocho veces menor, cuando la velocidad de impacto se reduce de 50 a 30 km/h", explicó Grande-Marlaska en diciembre.
Desde luego, todo apunta a que los ayuntamientos van a recaudar más dinero en multas, a partir de la entrada en vigor de esta normativa.

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