sábado, 16 de junio de 2018

El Tribunal Supremo tumba el método con el que calculan el Impuesto de Transmisiones varias CC AA

MADRID.- El Tribunal Supremo ha decidido tumbar el método que usan varias comunidades autónomas de nuestro país para calcular el Impuesto de Transmisiones que, por ejemplo, debe pagar una persona en un proceso de compraventa de una casa: rechaza que una comunidad autónoma pueda calcularlo simplemente multiplicando el valor catastral del inmueble por un coeficiente genérico, y establece que en todo caso tendrá que complementar ese cálculo con un estudio directo de la casa, según la Cadena SER.

Los magistrados de lo contencioso-administrativo han resuelto el caso planteado en la localidad toledana de Seseña por cuatro contribuyentes que compraron viviendas de una de las promociones del constructor conocido como "El Pocero" en 2012: ellos declararon como valor el precio de escritura - entre 65.000 y 82.000 euros - y la Consejería de Hacienda de Castilla-La Mancha elevó el valor a más de 120.000 euros aplicando esta multiplicación que ahora tumba el Tribunal Supremo.
La nueva doctrina del alto tribunal establece que "el método de comprobación" aludido "no es idóneo, por su generalidad y falta de relación con el bien concreto" que se analiza, "salvo que tal método se complemente con la realización de una actividad estrictamente comprobadora directamente relacionada con el inmueble", y no una multiplicación en términos genéricos.
Ese método, sigue el Supremo, "exige que la Administración exprese motivadamente las ra´zones por las que, a su juicio, tal valor declarado no se corresponde con el valor real" sin que sea suficiente para empezar esta comprobación "la mera discordancia con los valores o coeficientes generales" usados hasta ahora.

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