lunes, 11 de mayo de 2009

La UDEF busca más cohechos y el notario puede tener que dejar Lorca antes del verano

MURCIA.- La UDEF de la Policía Nacional sigue rastreando la comarca del Bajo Guadalentín en busca de otros posibles cohechos y, al efecto, no se descartan nuevos registros y detenciones como consecuencia de esas pesquisas que llevaron la semana pasada a la imputación por el Juzgado nº 3 de Murcia del todavía notario de Lorca, Sebastián Fernández Rabal, en su calidad de promotor inmobiliario, así como a uno de sus empleados.

No obstante lo anterior y a que es previsible su incorporación hoy al despacho que comparte con el notario Vicente Gil Olcina, fuentes oficiosas del Consejo General del Notariado han explicado que lo normal ahora es que, por su carácter de imputado, tenga que dejar su actual destino acudiendo a un concurso de traslado o solicitar la excedencia voluntaria por tres años, con independencia de que su imputación tenga o no que ver con su condición de fedatario público. Según esas fuentes, antes del mes de julio la situación ya debiera estar sustanciada sin menoscabo de la presunción de inocencia.

Sin embargo, una vez puesto en libertad provisional por el magistrado Alcázar, el notario pudo ser visto con amigos celebrando esta circunstancia el pasado fin de semana por las calles de Lorca en compañía de su propia esposa, en un intento de volver a la normalidad tras el éxito de su abogado, Justo Millán, aunque personas próximas ya le estén aconsejando acudir a un buen penalista para medio asegurar que pueda salir totalmente libre de los cargos que hoy se le imputan en base a supuestas pruebas testificales y documentales conseguidas por la UDEF.

También el gerente de su empresa, e igualmente imputado de cohecho, José Cáceres Olivares, se dejó ver ostensiblemente el sábado por las calles del centro de Águilas con la más absoluta normalidad, según el testimonio de testigos vecinos de su barrio, y tras la puesta en libertad conseguida por el letrado Juan de Dios Teruel.

El cohecho (coloquialmente "coima" o "soborno") es un delito que consiste en que una autoridad o funcionario público acepta o solicita una dádiva a cambio de realizar u omitir un acto.

El cohecho es simple si el funcionario público acepta una remuneración para cumplir con un acto debido por su función o calificado si recibe una dádiva para obstaculizar el cumplimiento de un acto o no llevarlo a cabo, ya sea dicho acto constitutivo o no de delito.

La persona que ofrece la dádiva o que acepta el pedido de ella comete el delito de cohecho pasivo.

En este delito se considera que el bien tutelado es la administración pública.

En un lenguaje menos técnico se utiliza la palabra soborno con un sentido más amplio ya que además del cohecho abarca la acción de pedir u ofrecer dádivas entre particulares para obtener que el sobornado realice un acto u omisión ilegítimo.

Las legislaciones pueden o no considerar esta conducta como delito penal, y si lo hacen el bien protegido sería el derecho de propiedad. Desde el punto de vista laboral la aceptación o exigencia de un soborno constituye una falta laboral grave, según 'Wikipedia'.

DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN EL CÓDIGO PENAL

CAPÍTULO V

DEL COHECHO

Artículo 419.

La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, solicitare o recibiere, por sí o por persona interpuesta, dádiva o presente o aceptare ofrecimiento o promesa para realizar en el ejercicio de su cargo una acción u omisión constitutivas de delito, incurrirá en la pena de prisión de dos a seis años, multa del tanto al triplo del valor de la dádiva e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete a doce años, sin perjuicio de la pena correspondiente al delito cometido en razón de la dádiva o promesa.

Artículo 420.

La autoridad o funcionario público que, en provecho propio o de un tercero, solicite o reciba, por sí o por persona interpuesta, dádiva o promesa por ejecutar un acto injusto relativo al ejercicio de su cargo que no constituya delito, y lo ejecute, incurrirá en la pena de prisión de uno a cuatro años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de seis a nueve años, y de prisión de uno a dos años e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de tres a seis años, si no llegara a ejecutarlo. En ambos casos se impondrá, además, la multa del tanto al triplo del valor de la dádiva.

Artículo 421.

Cuando la dádiva solicitada, recibida o prometida tenga por objeto que la autoridad o funcionario público se abstenga de un acto que debiera practicar en el ejercicio de su cargo, las penas serán de multa del tanto al duplo del valor de la dádiva e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.

Artículo 422.

Lo dispuesto en los artículos precedentes será también aplicable a los jurados, árbitros, peritos, o cualesquiera personas que participen en el ejercicio de la función pública.

Artículo 423.

1. Los que con dádivas, presentes, ofrecimientos o promesas corrompieren o intentaren corromper a las autoridades o funcionarios públicos serán castigados con las mismas penas de prisión y multa que éstos.

2. Los que atendieren las solicitudes de las autoridades o funcionarios públicos, serán castigados con la pena inferior en grado a la prevista en el apartado anterior.

Artículo 424.

Cuando el soborno mediare en causa criminal en favor del reo por parte de su cónyuge u otra persona a la que se halle ligado de forma estable por análoga relación de afectividad, o de algún ascendiente, descendiente o hermano, por naturaleza, por adopción o afines en los mismos grados, se impondrá al sobornador la pena de multa de tres a seis meses.

Artículo 425.

1. La autoridad o funcionario público que solicitare dádiva o presente o admitiere ofrecimiento o promesa para realizar un acto propio de su cargo o como recompensa del ya realizado, incurrirá en la pena de multa del tanto al triplo del valor de la dádiva y suspensión de empleo o cargo público por tiempo de seis meses a tres años.

2. En el caso de recompensa por el acto ya realizado, si éste fuera constitutivo de delito se impondrá, además, la pena de prisión de uno a tres años, multa de seis a diez meses e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de diez a quince años.

Artículo 426.

La autoridad o funcionario público que admitiere dádiva o regalo que le fueren ofrecidos en consideración a su función o para la consecución de un acto no prohibido legalmente, incurrirá en la pena de multa de tres a seis meses.

Artículo 427.

Quedará exento de pena por el delito de cohecho el particular que haya accedido ocasionalmente a la solicitud de dádiva o presente realizada por autoridad o funcionario público y denunciare el hecho a la autoridad que tenga el deber de proceder a su averiguación, antes de la apertura del correspondiente procedimiento, siempre que no hayan transcurrido más de diez días desde la fecha de los hechos.

10 comentarios:

Anónimo dijo...

Llueve sobre mojado y el Colegio Notarial debiera estar al corriente para actuar pronto y en consecuencia.

En Lorca ya se detuvo a un notario en noviembre, otro se fue tras ver lo que vió, ahora la imputación y previsible cirugía.

La ciudad puede estar meses con un solo notario, lo que parece poco aunque el trabajo haya bajado casi un 50 por ciento en los últimos tiempos...

Anónimo dijo...

Vamos a ver, José Cáceres. Estuvo en Aguilas con su familia de la manera que le dio la gana. Estuvo con sus buenos amigos que le dieron una sorpresa y le apoyan, porque como bien dices es un empleado que ha sido salpicado

Anónimo dijo...

Todo el pueblo de Lorca sabe que Miguel Navarro Molina se metió en política "con una mano atrás y otra delante" y actualmente posee uno de los mayores patrimonios de la región.

Parece que posee propiedades en el extranjero: en Sudafrica, en Argentina, en Bolivia, y muchísimo dinero guardado.

La forma de descubrirlo es muy sencilla. Solo es necesario pedir en el Registro de la Propiedad una nota simple de las propiedades a nombre de sus hermanos y familiares, y podrá comprobarse la enorme cantidad de propiedades, pisos, bajos comerciales, etc. que tienen para ver si pueden justificar con sus ingresos y sus Declaraciones a Hacienda como las pudieron conseguir

Y si por Fraude a Hacienda se amenaza a estos con ir a la carcel, ya se encargarán sus esposas de decir de donde han salido y a quien pertenecen de verdad esas propiedades si es que no son suyas realmente

Anónimo dijo...

¿No es un notario también funcionario público?

Anónimo dijo...

El Colegio Notarial no debe actuar ni de forma corporativista ni con un exceso de celo...aunque a buena hora

Anónimo dijo...

Al Director General de Hefame han tenido que actualizarle su tarjeta de presentación. Ahora además de Veterinario y Director General tambien es defraudador confeso.

Anónimo dijo...

Yo me pregunto que opinará sobre todo esto el delegado del gobierno en Castilla Leon, region donde tambien nacio Marques por cierto.

Cuanta coincidencia

Anónimo dijo...

El 20 de mayo de 2008 se procedió a la inauguración oficial de Águilas Plaza a las 20:30 horas de la tarde, siendo inaugurado por la consejera de Economía, Inmaculada García y el alcalde de Águilas, Juan Ramírez Soto. Este acto contó con la presencia del alcalde de Lorca, Francisco Jódar Alonso, el delegado de gobierno de Castilla y León, Miguel Alejo Vicente, y la ex miss España María José Suárez. Este día sólo se podía acceder al centro comercial con una invitación. En total asistieron 2.000 invitados.

Un día después, el 21 de mayo fue la apertura al público en general.

(De la Wikipedia)

Anónimo dijo...

"Los administradores de la inmobiliaria Cabo Cope Naturaleza que podrían haber incurrido en un supuesto delito de estafa a la Hacienda Pública son, además del socialista Miguel Miras y el ex director de Limusa Francisco Gil, el notario Sebastián Fernández Rabal, el médico Vicente Urbano Alejo y el propietario de una aseguradora murciana, Ángel Martínez Tudela. Todos ellos con una participación del 20%."

(www.lanacion.es / 5-3-2009)

Anónimo dijo...

Los datos de la "Operación Reciclaje"

La ciudadanía lorquina asiste estupefacta a los acontecimientos que estos días acaecen en la ciudad. La entrada y registro por parte de la Unidad de Drogas y Crimen Organizado (UDYCO) de la Policía Nacional en negocios de conocidísimos empresarios y profesionales lorquinos como efecto colateral de la detención del ex director de servicio de LIMUSA, está suponiendo una mezcla de nerviosismo y expectación por parte de los asombrados convecinos.

Lo que oficialmente se ha venido en llamar "Operación Reciclaje" se inició por la denuncia, en mayo de 2007, de un trabajador de LIMUSA, Jacinto Parra Arcas, hastiado de lo que estaba observando en su empresa y del trato degradante y humillante a que estaba siendo sometido por parte del hoy detenido, Francisco Gil Eguino, alias Patxi.

Parra presentó denuncia no sólo ante el juzgado sino ante la Agencia Tributaria. Ésta emitió un informe, rubricado por el delegado de la A.E.A.T. en Murcia, Antonio Merediz en el que se desprenden "posibles ilícitos contra la Hacienda Pública cometidos por la empresa Cabo Cope naturaleza, S.L."

Según ese mismo informe, "tiene su origen en diversos escritos de denuncia recibidos por la inspección de la A.E.A.T. de Murcia. No obstante, la misma denuncia se ha formulado por el denunciante ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Lorca.

El escrito, con fecha de salida 10 de octubre de 2008, afirma que "siendo una empresa capital público, se vienen utilizando recursos y personal para gestionar sociedades privadas dedicadas a la promoción inmobiliaria vinculadas a D. FRANCISCO IGNACIO GIL EGUINO, director de dicha empresa pública."



Listado de empresas implicadas



Las empresas a que hace referencia son:

CABO COPE NATURALEZA S.L.

INVERSIONES UMBE S.L.

INVERMED2002 S.L.

VÍA URBE S.L.

Todas ellas se encontraban construyendo viviendas en Calabardina y El Hornillo, en la vecina ciudad de Águilas.



Accionariado



Respecto al accionariado de la sociedad que presuntamente ha cometido un ilícito contra la Hacienda Pública, se encuentran los siguientes:

FRANCISCO IGNACIO GIL EGUINO, con una participación del 20% de la sociedad y administrador único.

MIGUEL MIRAS GARCÍA, otro 20% "ex concejal del Ayuntamiento de Lorca. Percibe retribuciones de la Comunidad Autónoma de Murcia."

Sebastián Fernández Rabal, 20%. Notario en Lorca.

Urbano Alejo Vicente, 20%. Médico.

Ángel Trinidad Martínez Tudela, 20%. Administrador de seguros.

Hay multitud de empresas participadas por los anteriores que sería muy largo de enumerar.

En las conclusiones del informe, se afirma que "en lo que respecta al posible delito cometido por CABO COPE NATURALEZA S.L., el presunto responsable sería D. Francisco Ignacio Gil Eguino (...) Sin embargo, el resto de los socios de la empresa podrían haber sido plenamente conscientes del proceder de la misma."

Continúa el informe diciendo que "De confirmarse la comisión de un delito por parte de la sociedad VIA URBE S.L., sus responsables serían D. Francisco Ignacio Gil Eguino y D. José Baños Albacete, que figuran como administradores mancomunados en el Registro Mercantil."

Así están las cosas y así se las contamos.

(De "Lorca Digital")