La Orden se fundamenta, entre otros, en el Reglamento 1967/2006 del Consejo de la Unión Europea, relativo a las medidas de gestión para la explotación sostenible de los recursos pesqueros en el Mar Mediterráneo, y marca como objetivo establecer un marco de gestión para la protección de determinadas especies marinas, así como la conservación de hábitats naturales y fauna y flora silvestres.
Así, el documento, suscrito por la titular de la Consejería, Sara Rubira, afecta a las flotas que utilicen artes de arrastre de fondo, anzuelos o enmalles dirigidas a la captura de las especies de merluza europea, gamba blanca, cigala, salmonete de fango, gamba roja del Mediterráneo y langostino moruno.
La propuesta, que entra en vigor este lunes, se ha remitido a las Cofradías de Pescadores de la Región de Murcia, que han dado su conformidad.
La Orden recuerda que los días de inactividad no incluidos en la veda temporal y para los que no existan posibilidades de pesca derivadas de limitaciones en la producción pesquera por la aplicación del Reglamento (UE) 1022/2019, por el que se establece un plan plurianual para la pesca demersal en el Mediterráneo occidental, podrán ser objeto de un expediente de regulación de empleo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario