MADRID.- FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado a
Producciones Baltimore, la promotora del festival Warm Up Estrella de
Levante, por negarse a reembolsar el dinero de las entradas tras el
aplazamiento del evento a octubre debido al estado de alarma y la crisis
del Covid-19 e incluir en las condiciones para la nueva fecha que
tampoco devolverá ningun importe en caso de cancelación.
La denuncia ha sido presentada ante la Dirección General de
Comercio, Consumo y Artesanía de la Región de Murcia, donde se celebra
el festival, tal y como explica la asociación en un comunicado.
La empresa, en la página web del evento, ha indicado que no
permite el reembolso del importe de las entradas y abonos de aquellos
usuarios que las adquirieron para su fecha de celebración original, el
primer fin de semana de mayo y que, para la nueva fecha, tiene
confirmado por ahora el 80% del cartel de artistas publicitado y que "el
20% restante se encuentra en proceso de reubicación de compromisos para
poder actuar en el festival".
Además, en las condiciones generales de venta de entradas para la
nueva fecha, ha comunicado que "una vez transcurrida más de la mitad del
espectáculo, no habrá lugar a devolución alguna" y que "no será
devuelto el importe de la entrada cuando la cancelación del festival sea
ocasionada por factores tales como las malas condiciones
climatológicas, desastres naturales, cierre del espacio aéreo español u
otras causas de fuerza mayor no dependientes de la organización del
festival, como epidemias, pandemias o similares, así como cuando sean
declarados los estados de emergencia o excepción, alarma o sitio por la
autoridad competente".
En este sentido, FACUA advierte de que el Real Decreto 2816/1982,
de 27 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General de Policía
de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, afirma en su
artículo 58 que los usuarios tienen derecho a "que el espectáculo o la
actividad se desarrolle en su integridad y en la forma y condiciones con
que haya sido anunciado" y "a obtener la devolución del importe de las
localidades adquiridas, caso de no hallarse conforme con la variación
del espectáculo o actividad o de sus condiciones o requisitos, dispuesta
por la Empresa, salvo que hubiese ya comenzado y la variación
obedeciese a causas de fuerza mayor".
Igualmente, el artículo 63 de la citada normativa recoge el
derecho de los usuarios "a la devolución del dinero que hubiesen pagado
por los espectáculos que no llegaran a celebrarse o que hubieran sido
objeto de variación con la que no estuviesen de acuerdo".
Además, el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se
adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y
económico para hacer frente al Covid-19, indica en su artículo 36 que
"si como consecuencia de las medidas adoptadas durante la vigencia del
estado de alarma los contratos suscritos por los consumidores y
usuarios, ya sean de compraventa de bienes o de prestación de servicios,
incluidos los de tracto sucesivo, resultasen de imposible cumplimiento,
el consumidor y usuario tendrán derecho a resolver el contrato durante
un plazo de 14 días desde la imposible ejecución del mismo".
Para los usuarios que hayan decidido optar por el reembolso de las
entradas, en lugar de aceptar un bono o vale, el mismo artículo 36
indica que "se entenderá que no cabe obtener propuesta de revisión -la
aceptación de otro método que no sea el reembolso- cuando haya
transcurrido un periodo de 60 días desde la solicitud de resolución
contractual por parte del consumidor o usuario sin que haya acuerdo
entre las partes sobre la propuesta de revisión".
Por tanto, la empresa estará obligada a devolver el importe de la
entrada salvo los "gastos incurridos debidamente desglosados y
facilitados al consumidor", según indica la normativa, "en el mismo modo
en que se realizó el pago en un plazo máximo de 14 días, salvo
aceptación expresa de condiciones distintas por parte del consumidor".
En caso de que la empresa no facilite desglosados estos gastos, FACUA
recomienda que se reclame a la promotora la totalidad del precio de las
entradas.
Por todo ello, FACUA considera inadmisible que Producciones
Baltimore se niegue a devolver cualquier clase de cantidad si cancela el
festival a mitad de su celebración en las nuevas fechas programadas,
pues supone que la empresa no va asumir responsabilidad alguna en caso
de que se incumpla lo contratado.
Así, la asociación incide en que el artículo 1.124 del Código
Civil establece que "la facultad de resolver las obligaciones se
entiende implícita en las recíprocas, para el caso de que uno de los
obligados no cumpliere lo que le incumbe.
El perjudicado podrá escoger entre exigir el cumplimiento o la
resolución de la obligación, con el resarcimiento de daños y abono de
intereses en ambos casos. También podrá pedir la resolución, aun después
de haber optado por el cumplimiento, cuando éste resultare imposible".
De igual forma, el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de
noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General
para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes
complementarias considera como cláusulas abusivas, entre otras, "todas
aquellas estipulaciones que causen, en perjuicio del consumidor y
usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de
las partes que se deriven del contrato", que "vinculen el contrato a la
voluntad del empresario", limiten "los derechos del consumidor y
usuario" y su facultad de "resolver el contrato por incumplimiento del
empresario", y "la posibilidad de que el empresario se quede con las
cantidades abonadas en concepto de prestaciones aún no efectuadas cuando
sea él mismo quien resuelva el contrato".
Por último, el Estatuto de los Consumidores de la Región de Murcia
considera como infracción "la inclusión o aplicación de cláusulas
abusivas en la oferta o promoción de productos o servicios, en los
contratos o en la propia ejecución de éstos".
"FACUA, por tanto, ha solicitado a la Dirección General de
Comercio, Consumo y Artesanía de la Comunidad Autónoma de Murcia que inicie el correspondiente
expediente sancionador contra Producciones Baltimore por negarse a
reembolsar el dinero de las entradas tras el aplazamiento a octubre y en
caso de nueva cancelación", concluye el comunicado.
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