MURCIA.- La Confederación Hidrográfica del Segura
(CHS) ha lamentado "nuevamente" la "deslealtad institucional" de
"determinados representantes políticos" en un tema en el que los
funcionarios del organismo de cuenca y los propios funcionarios de la
Comunidad Autónoma de Murcia "han cumplido escrupulosamente con la
legislación vigente".
La CHS ha respondido de esta forma al secretario ejecutivo de
Agricultura, Agua y Medio Ambiente del Partido Popular de la Región de
Murcia, Jesús Cano, quien ha preguntado a la Confederación "a qué está
esperando para poner en marcha el bombeo de la rambla del Albujón".
Para la CHS, estas declaraciones indican que la autorización
solicitada "era innecesaria". Si así hubiera sido, "no se habría
acometido por la Comunidad el expediente administrativo de Autorización
Ambiental Sectorial tramitado por la Dirección General de Medio
Ambiente".
Así, recuerda que este expediente precisó informes de la Dirección
General de Medio Natural, de la Dirección General del Mar Menor, de la
Dirección General de Movilidad y Litoral, del Ayuntamiento de Cartagena y
del Ayuntamiento de Los Alcázares, "y habiendo sido preciso asimismo
responder a las alegaciones presentadas por Ecologistas en Acción de la
Región de Murcia".
El estado de alarma significó que la propia Comunidad, y a
instancias de la CHS, acordara el 24 de marzo de 2020, mediante
resolución de la Dirección General de Medio Ambiente, la continuación
del procedimiento, "muestra inequívoca de la voluntad del organismo de
cuenca de resolver el expediente cuanto antes".
"Las citadas declaraciones acusan a la CHS de decir que ahora
necesita ejecutar obras", según el organismo. "No es la CHS quien ha
hecho preceptivas y previas determinadas obras, sino la propia
resolución autonómica, de fecha 8/4/2020", advierte.
Así, recuerda que esta resolución autonómica específica en su
articulado que, una vez obtenida la autorización ambiental sectorial y
concluida la instalación y montaje, antes de iniciar la explotación, el
titular de la instalación se deberá comunicar la fecha prevista para el
inicio de la fase de explotación al Órgano Ambiental Autonómico.
El Anexo de Prescripciones Técnicas recoge la documentación
obligatoria de competencia autonómica que deberá presentar ante la
Dirección General de Medio Ambiente.
"Además de lo anterior, el titular deberá acreditar en el plazo de
dos meses, a contar desde la fecha comunicada de inicio de la
actividad, el cumplimiento de las condiciones de la autorización,
aportando un informe original realizado por Entidad de Control Ambiental
(actuación ECA) para la verificación del cumplimiento de las
condiciones derivadas del anexo de Prescripciones Técnicas", tal y como
señala la CHS.
"No parece, a la vista de lo anterior, que fuese una tramitación innecesaria", añade la Confederación.
Por otra parte, ha recordado la declaración de zona vulnerable por
la contaminación por nitratos efectuada por la Comunidad en el año
2001, y que implicaba "la aplicación de una prácticas agrarias que
mejoraran la situación de la masa de agua subterránea Campo de
Cartagena, a la vista de la evolución de la analítica en estos casi
veinte años, no solo no ha mejorado sino que ha empeorado".
"Resulta pues evidente que la situación de colapso a que se
enfrenta el Mar Menor, no es consecuencia de poner o no poner la
elevación del Albujón, cuya finalidad era aportar recursos a los
usuarios de riego del campo de Cartagena, sino de unas insuficientes
medidas de buenas prácticas agrarias a implantar y controlar por la
única administración competente en ellas, es decir la Comunidad
Autónoma", aclara.
Y esta situación, añade, "es la que ha obligado a la CHS a instar
el procedimiento de declaración de la citada masa de agua en riesgo de
no alcanzar el buen estado cuantitativo y químico, vigente en la
legislación hidráulica desde el año 2012, lo que significará que la
propia Junta de Gobierno del organismo de cuenca, adopte, en su caso,
perímetros de protección y medidas cautelares en relación a la
utilización de fertilizantes y pesticidas".
Así, recuerda que esta medida "se contempla en el proyecto vertido
cero, con declaración de impacto ambiental favorable por resolución de
septiembre de 2019, así como aquellas otras recomendaciones de buenas
prácticas agrarias, que sustentaron la Resolución del Secretario de
Estado de Medio Ambiente de días pasados y que una vez más la
administración autonómica cuestiona en su aplicación".
"Esperamos, a la mayor brevedad, cumplir con las prescripciones
exigidas por la Comunidad, para poder poner en funcionamiento la citada
instalación, pero siendo conscientes que dada su capacidad solo evitará
que una mínima parte de las escorrentías naturales superficiales y
subterráneas, que ahora se producen, terminen en el Mar Menor",
concluye.
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