MURCIA.- La Consejería de Empleo, Investigación y
Universidades ha ampliado de cinco a diez días el plazo de resolución de
Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) por fuerza mayor
ante "el ingente número de las solicitudes formuladas".
El consejero del ramo, Miguel Motas, ha explicado que el objetivo
es reforzar la seguridad jurídica de las empresas que han solicitado a
un ERTE, que en el caso de la Región ya son 20.049, ", informaron
fuentes de la Comunidad Autónoma en un comunicado.
La decisión consta en la Orden publicada hoy en el Boletín Oficial
de la Región de Murcia (BORM) por la que se acuerda la ampliación del
plazo máximo de resolución y notificación del procedimiento de
suspensión de contratos y reducción de jornada por causa de fuerza
mayor.
"Si hasta la fecha el plazo máximo de resolución de los ERTE era
de cinco días, el ingente número de las solicitudes formuladas en la
Comunidad y derivadas de la suspensión de actividades ha llevado a que
este plazo sea de difícil cumplimiento", ha señalado el consejero.
El volumen de las solicitudes presentadas y, sobre todo, de
aquellas que se van a seguir presentando en los próximos días, "hace
imposible" la resolución y notificación de los procedimientos en el
plazo de cinco días señalado en el Real Decreto-Ley 8/2020, de 17 de
marzo.
Además, la Comunidad Autónoma ha llevado a cabo una labor de
ampliación y reorganización de los medios personales y materiales de los
que dispone para la tramitación y resolución de estos expedientes,
adscribiendo personal funcionario de todos sus órganos administrativos y
de los de otras consejerías.
El fin es "desarrollar funciones administrativas y de tramitación
en apoyo de la Dirección General de Diálogo Social y Bienestar Laboral,
órgano competente en la materia, tanto de forma presencial como mediante
teletrabajo".
"Estamos constatando que una vez están siendo resueltos los
problemas derivados de la falta de personal y equipos técnicos, a los
que hay que sumar la complicación asociada a la modalidad de teletrabajo
y el entorno normativo cambiante, el equipo de gestión de los ERTE está
agilizando notablemente la tramitación de dichos expedientes, de modo
que se irán resolviendo en tiempo y forma".
Así, al objeto de "facilitar su trabajo y que cuente con un margen
de éxito mayor", el consejero ha considerado "necesario" dar cinco días
más de margen, "de forma que sea el mayor número de empresas las que se
beneficien y que dispongan de una mayor seguridad jurídica en las
resoluciones".
Otra de las razones en las que se apoya esta decisión es el hecho
de que los procedimientos de regulación de empleo, aunque sean
temporales, tienen un impacto negativo de carácter estructural sobre el
empleo y la economía y, en especial, sobre los trabajadores y los
empresarios.
"Así lo han considerado a su vez otras comunidades como Asturias,
Galicia, Castilla y León, Aragón o la Comunidad Valenciana, por
ejemplo", ha explicado el consejero, que ha insistido en que la
Administración "debe ser rigurosa en su aplicación".
"Es obligado que examine y constate la existencia, caso por caso,
de la fuerza mayor alegada por cada una de las empresas, requiriendo la
subsanación de deficiencias de la documentación aportada y de la
acreditación de la fuerza mayor, especialmente en aquellos casos en que
esta se motive en causas indirectas".
El titular de Empleo ha asegurado que así se evitará que se puedan
producir autorizaciones no ajustadas a la legalidad vigente, en
perjuicio de los trabajadores y del interés público.
La decisión de ampliación del plazo máximo está amparada en la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, que en su artículo 23.1 determina que, de
manera excepcional, cuando se hayan agotado los medios personales y
materiales disponibles, se podrá acordar de manera motivada la
ampliación del plazo máximo de resolución, no pudiendo ser éste superior
al establecido para la tramitación del procedimiento.
En todo caso, la Consejería "mantiene el compromiso asumido por la
Consejería de agilizar y simplificar al máximo la tramitación de todos
los ERTE recibidos en el contexto de la situación de alarma decretada
por el coronavirus".
Asimismo, la Consejería ha reiterado su petición al Ministerio de
Trabajo y Economía Social de que elimine la obligación de constatación
de la fuerza mayor por parte de la autoridad laboral, a través de la
modificación del artículo 51.7 del Estatuto de los Trabajadores, en el
caso de las actividades expresamente tipificadas en el Real Decreto
463/2020, de 14 de marzo.
En su lugar, se solicita la sustitución por una declaración
responsable de la empresa, que permita acortar los tiempos de la
tramitación.
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