MURCIA.- La Consejería de Educación vulneró el derecho a la libertad sindical
al permitir solo a la CSIF utilizar, en periodo electoral, la red de
correo corporativo de la misma para el envío de un mensaje a los más de
20.000 docentes de enseñanzas no universitarias para destacar los logros
obtenidos en las negociaciones para fijar la oferta pública de empleo.
Así se declara en la sentencia dictada por la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la
Región (TSJRM) que estima el recurso que presentó el Sindicato de
Trabajadores y Trabajadoras de la Enseñanza, La Intersindical.
El tribunal, por el contrario, no accede a condenar a la Consejería a pagarle una indemnización de 12.500 euros
que reclamó por daños y perjuicios al no haber quedado acreditados los
mismos.
En ese sentido, el TSJRM comenta que la demandante no ha
acreditado que tuviera que acudir a otros medios para difundir sus
mensajes, como habría sido el correo postal. Y añade que, además,
triunfó en aquellas elecciones, celebradas en noviembre de 2018, al
conseguir doce representantes en la Junta de Personal, mientras que el
sindicato frente al que se sintió discriminada, que sí utilizó los
correos corporativos, no logró ninguno.
La sentencia indica que
CSIF utilizó el correo corporativo de la Consejería para enviar un
mensaje en el que se resaltaba que había conseguido las 1.300 plazas que
había presentado a la Administración para la oferta de empleo público
de 2019.
Además, vertía críticas contra otras fuerzas sindicales, a las
que acusaba de hacer unas ofertas «populistas» y de no saber negociar.
La Sala comenta que la propia Consejería, a las pocas horas, decidió
anular el acceso a las listas de distribución para no interferir en el
proceso electoral.
El tribunal considera que la actuación por vía de
hecho de la Consejería constituyó una vulneración del derecho a la
libertad sindical, por lo que declara la nulidad de la misma.
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