miércoles, 30 de diciembre de 2009

'Polaris World' reconoce la insolvencia de quince de sus empresas

TORRE PACHECO.- Polaris World ha reconocido el "estado de insolvencia actual" para cuatro de sus urbanizaciones --los resorts El Valle Golf y Alhama Golf y las haciendas Riquelme y Verde--, para dos hoteles --Mar Menor Gol y La Torre--, el centro comercial El Oasis de Alhama, así como para su división de desarrollo, hasta completar un total de 15 mercantiles integradas en el grupo.

Y es que, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia dictó ayer un auto en el que acuerda tener por presentada la comunicación "de estado de insolvencia actual" y "el inicio de negociaciones para obtener adhesiones a una propuesta anticipada de convenio" para quince de las mercantiles de Polaris World.

En concreto, el juzgado tiene por presentada la comunicación del estado de insolvencia para El Valle Golf Resort S.L., Polaris World Sports Centre S.L., Polaris Desarrollo S.L., Hacienda Riquelme S.L., Polaris World Development S.L., Polaris World Alquiler De Maquinaria Industrial S.L., Polaris World Hormigones S.L, Polaris World Real Estate S.L., Hacienda Verde S.L., Nicklaus Golf Trail S.L., Mar Menor Golf Hotel S.L., La Torre Polaris Hotel S.L., Centro Comercial El Oasis de Alhama S.L., Oasis Polaris Ciudad S.L., y Alhama Golf Resort S.L.

La deuda de todas ellas, dicen desde 'Polaris', que no supera los 100 millones de euros, según indicaron fuentes conocedoras del caso.

Estas firmas cuentan hasta el próximo 22 de marzo para negociar con sus acreedores y evitar el concurso. Según indica el auto, "transcurridos esos tres meses a contar desde el 22 de diciembre de 2009, fecha de la comunicación de insolvencia al juzgado, el deudor, haya o no alcanzado las adhesiones necesarias para la admisión a trámite de una propuesta anticipada de convenio de acreedores, deberá solicitar la declaración de concurso dentro del mes siguiente".

No obstante, y según indicaron fuentes jurídicas, "las solicitudes de concurso necesario que se presenten por los acreedores con posterioridad a dicha fecha (22 de diciembre), sólo se proveerán cuando haya vencido el referido plazo de un mes posterior a los tres meses de negociación".

En este sentido, el auto matiza que "si el deudor presenta solicitud de concurso en el citado plazo se tramitará en primer lugar", esto es, tendrá preferencia frente a un concurso necesario.

Declarado el concurso, las solicitudes presentadas previamente y las que se presenten con posterioridad "se unirán a los autos, teniendo por comparecidos a los solicitantes", concluye la resolución.

Según la parte dispositiva del auto, "transcurridos tres meses a contar desde el 22 de diciembre de 2009, fecha de dicha comunicación al juzgado, el deudor, haya o no alcanzado las adhesiones necesarias para la admisión a trámite de la propuesta anticipada de convenio, deberá solicitar la declaración de concurso dentro del mes siguiente".

Fuentes judiciales informaron, además, que la resolución prosigue indicando que "las solicitudes de concurso que se presenten por los acreedores con posterioridad a la fecha indicada de dicha comunicación, sólo se proveerán cuando haya vencido el plazo de un mes previsto en el citado artículo 5.3 Ley Concursal, si el deudor no hubiera presentado la solicitud de concurso".

En este sentido, el auto matiza que "si el deudor presenta solicitud de concurso en el citado plazo se tramitará en primer lugar conforme al artículo 14". Declarado el concurso, las solicitudes presentadas previamente y las que se presenten con posterioridad "se unirán a los autos, teniendo por comparecidos a los solicitantes", concluye la resolución.

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